Disponen expedir duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrícola de la Universidad Nacional Agraria La Molina

UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA

CONSEJO UNIVERSITARIO

RESOLUCIÓN N° 0261-2023-CU-UNALM

La Molina, 13 de julio de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante Formulario Único de Trámite – FUT, de fecha 04 de julio del 2023, el señor Jorge Arturo Matos Recavarren, ex alumno de la Facultad de Ingeniería Agrícola, solicita el Duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrícola, por motivo de pérdida;

Que, el señor Jorge Arturo Matos Recavarren, obtuvo el diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrícola, mediante Resolución N° 52580-UNA, de fecha 24 de abril de 1992, encontrándose inscrito en el Libro Nº 17, Folio Nº 328 y Registro N° 4634 de esta Casa de Estudios;

Que, revisada la solicitud, ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 5° del TUO del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado, debiendo expedirse el duplicado correspondiente;

Por lo expuesto, estando a las normas legales glosadas, Ley N° 28626 y artículo 310°, literal p), del Reglamento General de la UNALM; artículo 14°, del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos – SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 009-2015- SUNEDU/CD y, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria de la fecha;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Anular el diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrícola del señor Jorge Arturo Matos Recavarren, expedido el 24 de abril de 1992.

Artículo 2°.- Expedir el duplicado de diploma de Título Profesional de Ingeniero Agrícola a favor del señor Jorge Arturo Matos Recavarren, por motivo de pérdida del original e inscribir en el libro oficial de registro.

Artículo 3°.- Dar cuenta de la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria.

Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y archívese.

AMÉRICO GUEVARA PÉREZ

Rector

JORGE PEDRO CALDERÓN VELÁSQUEZ

Secretario General

2235522-1