Conceden la gracia presidencial de indulto por razones humanitarias a interna sentenciada, quien se encuentra recluida en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos

resolución suprema

N° 256-2023-JUS

Lima, 13 de noviembre de 2023

VISTO, el Informe del Expediente N° 00151-2023-JUS/CGP-PE, del 30 de octubre de 2023, con recomendación favorable de la Comisión de Gracias Presidenciales;

CONSIDERANDO:

Que, la señora ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL es una interna recluida en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos;

Que, los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú facultan al Presidente de la República a dictar resoluciones, conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia;

Que, el indulto es la potestad del Presidente de la República para adoptar la renuncia al ejercicio del poder punitivo del Estado respecto de los condenados, pudiendo otorgarse por razones humanitarias;

Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, son deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación;

Que, en el marco de la Emergencia Sanitaria por la COVID-19, se emitió el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 23 de abril de 2020, que fue modificado por el Decreto Supremo N° 005-2020-JUS, mediante el cual se establece supuestos especiales para la evaluación y propuesta de recomendación de gracias presidenciales, y determina su procedimiento;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2023-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de mayo de 2023, se establece que los expedientes de gracias presidenciales iniciados durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, continuarán tramitándose bajo los alcances del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA y sus modificatorias, el Ministerio de Salud aprueba el Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú, cuyo objetivo general es establecer los criterios técnicos y procedimientos para la prevención, diagnóstico y tratamiento de los pacientes con COVID-19;

Que, en el apartado 7.2 del referido documento técnico, denominado factores de riesgo para COVID-19, el Ministerio de Salud establece los factores de riesgo individual asociados al desarrollo de complicaciones relacionadas al COVID-19;

Que, la citada interna registra un expediente de indulto por razones humanitarias ingresado durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria bajo los alcances del procedimiento especial regulado en el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, por lo que, en virtud de la norma precedente, la Comisión de Gracias Presidenciales evaluó y calificó dicha solicitud y emitió el Informe del Expediente N° 00151-2023-JUS/CGP-PE, del 30 de octubre de 2023;

Que, la citada norma, en su artículo 2 establece supuestos del procedimiento especial de indulto por razones humanitarias para la evaluación y recomendación de su concesión por la Comisión de Gracias Presidenciales, respecto de aquellos internos sentenciados que: a) padecen una enfermedad crónica, en etapa avanzada, que aumente el riesgo de infección por COVID-19 y el desarrollo de complicaciones, conforme a lo señalado por el Ministerio de Salud, y b) padecen de otras enfermedades crónicas que, teniendo en cuenta las condiciones penitenciarias, se consideren vulnerables al contagio de COVID-19;

Que, aunado a ello, el artículo 4 establece el procedimiento especial de indulto por razones humanitarias, señalando en el numeral 4.1 que el Instituto Nacional Penitenciario remite el expediente a la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales, adjuntando, los siguientes documentos: a) Certificado de Antecedentes Judiciales a nivel nacional, expedido por la Dirección de Registro Penitenciario; b) Declaración Jurada simple suscrita por el interno o interna que indique su domicilio habitual, así como la persona que constituiría su soporte familiar; c) Copia de la historia clínica del interno o interna, a cargo del Instituto Nacional Penitenciario o entidad de salud, según corresponda, que contenga exámenes auxiliares realizados para confirmar diagnóstico; d) Informe Médico elaborado sobre la base de la historia clínica indicada en el literal precedente;

Que, asimismo, el numeral 4.2 del citado artículo, señala que, una vez remitido el expediente, la Secretaría Técnica se encarga de adjuntar al mismo los siguientes documentos emitidos por el Poder Judicial: a) Copia simple de la sentencia expedida por el Juez o la Sala Penal, según sea el caso, con la constancia de haber quedado consentida o ejecutoriada; b) Informe de antecedentes penales; y c) Certificado de no tener proceso pendiente con mandato de detención a nivel nacional;

Que, cabe precisar que, conforme al segundo párrafo del artículo 7 del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2020-JUS, la Comisión de Gracias Presidenciales se encuentra facultada de evaluar y/o decidir la pertinencia de suplir o prescindir de cualquier documento considerado dentro de los procedimientos especiales, que en el marco de la declaratoria de emergencia nacional no pueda ser obtenido;

Que, el 23 de abril de 2020, el Presidente de la Comisión de Gracias Presidenciales remitió el Oficio N° 034-2020-JUS/CGP, mediante el cual solicitó al Instituto Nacional Penitenciario la identificación nominal de la población penitenciaria sentenciada descrita en el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, solicitando además los documentos señalados en el numeral 4.1 del artículo 4 del referido dispositivo legal;

Que, 10 de abril de 2023, la Dirección de Gracias Presidenciales recibió el Oficio N° D000629-2023-INPE-GA, mediante el cual el coordinador de Gabinete de Asesores del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario remitió el expediente de indulto por razones humanitarias de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL, para lo cual adjuntó copia de la historia clínica e informe médico;

Que, el 11 de abril de 2023, la secretaria técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales remitió el Oficio N° 0026-2023-JUS/CGP-ST, al presidente del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, solicitando la remisión de los documentos señalados en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, para evaluación de expedientes de gracias presidenciales de dos (2) internos, dentro de los cuales se encontraba la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL, con la finalidad de continuar con el trámite de evaluación de las gracias presidenciales;

Que, el 12 de abril de 2023, mediante correo electrónico institucional, cursado al director del Establecimiento Penitenciario de Huánuco, personal de la Dirección de Gracias Presidenciales solicitó información sobre si la interna ya retornó al citado establecimiento penitenciario o continúa hospitalizada, la copia de historia clínica (atenciones durante el año 2023) e información sobre su delito, pena, inicio y vencimiento, así como, si la sentencia se encuentra consentida o ejecutoriada. Adicionalmente, en el caso que la interna haya retornado al establecimiento penitenciario, se solicitó el informe médico actualizado y la declaración jurada simple de soporte familiar suscrita por la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL. Información que fue reiterada mediante correo electrónico institucional del 5 de mayo de 2023;

Que, el 2 de mayo de 2023, la Dirección de Gracias Presidenciales recibió el Oficio N° D001047-2023-INPE-GA, mediante el cual el coordinador de Gabinete de Asesores del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario remitió el certificado de antecedentes judiciales a nivel nacional de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 11 de mayo de 2023, mediante correo electrónico institucional, el director del Establecimiento Penitenciario de Huánuco remitió la copia de la historia clínica y la hoja de antecedentes judiciales a nivel regional de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 12 de mayo de 2023, mediante correo electrónico institucional, cursado al director del Establecimiento Penitenciario de Huánuco, personal de la Dirección de Gracias Presidenciales solicitó el informe social de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 12 de mayo de 2023, la directora de la Dirección de Gracias Presidenciales remitió el Oficio N° 0147-2023-JUS/DGAC-DGP, al director general del Hospital Nacional Hipólito Unanue, mediante el cual solicitó la emisión del informe médico de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 18 de mayo de 2023, la Dirección de Gracias Presidenciales recibió el Oficio N° D001305-2023-INPE-GA, mediante el cual el coordinador de Gabinete de Asesores del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario remitió la copia de la historia clínica y la hoja de antecedentes judiciales de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 22 de mayo de 2023, mediante correo electrónico institucional, cursado al director del Establecimiento Penitenciario de Huánuco, personal de la Dirección de Gracias Presidenciales solicitó el informe social y el informe médico actualizado de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 25 de mayo de 2023, mediante correo electrónico institucional cursado por la Dirección Adjunta del Hospital Nacional Hipólito Unanue, remite el Oficio N° 730-2023-DA/HNHU del 23 de mayo de 2023, suscrito por el director adjunto del referido nosocomio, anexando el informe médico y exámenes auxiliares de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 6 de junio de 2023, mediante correo electrónico institucional, cursado a la directora del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos, personal de la Dirección de Gracias Presidenciales solicitó el informe médico actualizado e imágenes de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 7 de junio de 2023, mediante Oficio N° 0189-2023-JUS/DGAC-DGP, la directora de la Dirección de Gracias Presidenciales solicitó a la jefa del Registro Nacional Judicial del Poder Judicial, la remisión de información de acuerdo a lo señalado en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, respecto a la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL, requiriendo lo siguiente: i) copia simple de la sentencia expedida por el Juez o Sala Penal, según sea el caso, con la constancia de haber quedado consentida o ejecutoriada, ii) informe de antecedentes penales a nivel nacional, iii) información sobre procesos pendientes o la información sobre requisitorias a nivel nacional;

Que, el 13 de junio de 2023, mediante correo electrónico institucional, personal del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos remitió el Oficio N° 304-2023-INPE/18-231-ASP-J en el cual se anexó el informe médico de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 19 de junio de 2023, la Dirección de Gracias Presidenciales recibió el Oficio N° 002805-2023-RENAJU-GSJR-GG-PJ, mediante el cual, la jefa del Registro Nacional Judicial del Poder Judicial, remitió la documentación necesaria para continuar con la implementación de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, esto es: a) Copia digitalizada de sentencia condenatoria incompleta, b) Información sobre antecedentes penales, y c) Información sobre requisitorias a nivel nacional de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 21 de junio de 2023, la Dirección de Gracias Presidenciales recibió el Oficio N° D001919-2023-INPE-GA, mediante el cual el coordinador de Gabinete de Asesores del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario remitió el informe médico de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 2 de agosto de 2023, la Dirección de Gracias Presidenciales recibió el Oficio N° 001552-2023-GI-GG-PJ, mediante el cual, el Gerente de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, remitió el reporte sobre procesos judiciales en giro y/o archivados de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 21 de agosto de 2023, la Dirección de Gracias Presidenciales recibió el Oficio N° 1207-2023-DA/HNHU suscrito por el director adjunto del Hospital Nacional Hipólito Unanue, mediante el cual, remite el informe médico de la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, el 12 de septiembre de 2023, mediante Oficio N° 277-2023-JUS/DGAC-DGP, la directora de la Dirección de Gracias Presidenciales solicitó al presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, la remisión de información actualizada sobre el estado del proceso penal de tres (3) expedientes judiciales en los cuales, la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL tiene la condición de imputada. Información que fue remitida con Oficio N° 000358-2023-ADMNCPP-GAD-CSJH-PJ del 25 de septiembre de 2023, suscrito por la administradora del Módulo del NCPP de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Huánuco;

Que, en virtud a las atribuciones previstas en el literal a) del numeral 2 del artículo 6 del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, modificado por los Decretos Supremos N° 005-2020-JUS y N° 004-2023-JUS, la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales se encuentra facultada a realizar entrevistas a los internos, familiares y a los profesionales del área de salud y de asistencia social del Establecimiento Penitenciario; ello, con la finalidad de obtener mayor información que acredite el estado de salud del interno, así como del acompañamiento y soporte familiar durante y luego de su tratamiento penitenciario. Por tal motivo se realizó entrevistas a la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL, y al personal médico del área de salud del Hospital Nacional Hipólito Unanue, así como a la profesional del área social del Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos;

Que, durante el trámite del expediente se han recibido los documentos establecidos en el procedimiento especial del indulto por razones humanitarias, que evidencian el delicado estado actual de salud de la interna y su situación jurídica;

Que, mediante Informe del Expediente N° 00151-2023-JUS/CGP-PE, del 30 de octubre de 2023, la Comisión de Gracias Presidenciales considera que es aplicable al presente caso lo señalado en el supuesto especial previsto en el literal a), del artículo 2 del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS;

Que, en tal sentido, considerando las condiciones de hacinamiento en los establecimientos penitenciarios a nivel nacional, que genera a su vez deficientes condiciones sanitarias a las que está expuesta la población penitenciaria considerada como vulnerable, y la gravedad de las enfermedades de la interna, se justifica la culminación de la ejecución penal que conlleva la gracia, sin sacrificar los fines de la pena constitucionalmente reconocidos, toda vez que se trata de un caso excepcional relacionado a una persona que padece una enfermedad crónica, en etapa avanzada, por lo que se considera necesario que el Estado renuncie al ejercicio de su poder punitivo, a fin de prevenir otras complicaciones que puedan afectar la salud, vida e integridad de la interna, derechos consagrados en la Constitución Política del Perú, lo que determina que la continuidad de la persecución penal pierda sentido jurídico y sancionador; en consecuencia, la Comisión de Gracias Presidenciales acuerda recomendar la concesión del indulto por razones humanitarias a la interna ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL;

Que, de los documentos que forman parte del expediente, se colige que la interna se encuentra comprendida en el supuesto señalado en el literal a) del artículo 2 del Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, pues se trata de una persona que padece una enfermedad crónica en etapa avanzada, que aumenta el riesgo del desarrollo de complicaciones, conforme a lo señalado por el Ministerio de Salud;

De conformidad con los incisos 8 y 21 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Supremo N° 004-2020-JUS, Decreto Supremo que establece supuestos especiales para la evaluación y propuesta de recomendación de Gracias presidenciales, y determina su procedimiento, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2020-JUS y el Decreto Supremo N° 004-2023-JUS; el Decreto Supremo N° 004-2007-JUS, modificado por el artículo 5 del Decreto Supremo N° 008-2010-JUS, norma de creación de la Comisión de Gracias Presidenciales; y, la Resolución Ministerial N° 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comisión de Gracias Presidenciales;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Conceder la gracia presidencial de INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a la interna sentenciada ALIAGA REYES, SILVIA MARIBEL, quien se encuentra recluida en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos.

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

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