Otorgan a favor de Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C. concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”, ubicado en los departamentos de Tumbes y Piura

RESOLUCIóN MINISTERIAL

Nº 453-2023-MINEM/DM

Lima, 13 de noviembre de 2023

VISTOS: El Expediente N° 14407223 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”, presentada por Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C.; el Informe Nº 837-2023-MINEM/DGE-DCE y el Memorando N° 2751-2023-MINEM/DGE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 0651-2023/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 1146-2023-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C. y el Ministerio de Energía y Minas suscriben el Contrato de Concesión Sistema Garantizado de Transmisión “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”, cuya fecha de cierre se efectuó el 28 de febrero de 2020, mediante el cual, la Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C. se obliga a diseñar, financiar, suministrar los bienes y servicios requeridos, construir, operar y mantener la referida línea;

Que, mediante documento con Registro N° 3480632, de fecha 5 de abril de 2023, la Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”, ubicado en los distritos de Tumbes, Pampas de Hospital, San Jacinto, San Juan de la Virgen, Zorritos, Casitas, Canoa de Punta Sal, Papayal, Marcavelica, Pariñas y El Alto, provincias de Tumbes, Contralmirante Villar, Zarumilla, Sullana y Talara, departamentos de Tumbes y Piura;

Que, de acuerdo a la memoria descriptiva del proyecto, este consiste en la construcción de una línea de transmisión en 220 kV de 162,00 km, en simple terna, que va desde la S.E. Pariñas hasta la S.E. Alipio Rosales (también llamada Nueva Tumbes), así como la construcción de un (1) enlace de 220 kV, como resultado del seccionamiento de la Línea de Transmisión 220 kV SE Zorritos ─ SE Machala, cuya longitud es de 6,348 km y de esta manera repotenciar la energía en el sector Norte del Perú;

Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos; asimismo, el referido artículo establece que la concesión definitiva será otorgada por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece los requisitos para el otorgamiento de una concesión definitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la solicitud de la Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C., cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, así como con el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias; y por tanto, consideran procedente otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Enlace 220 kV Pariñas – Nueva Tumbes, Subestaciones y Ampliaciones Asociadas”, ubicado en los distritos de Tumbes, Pampas de Hospital, San Jacinto, San Juan de la Virgen, Zorritos, Casitas, Canoa de Punta Sal, Papayal, Marcavelica, Pariñas y El Alto, provincias de Tumbes, Contralmirante Villar, Zarumilla, Sullana y Talara, departamentos de Tumbes y Piura; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial, y los que se detallan en la Minuta que contiene el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la

Línea de Transmisión

Tensión

(kV)

N° de

Ternas

Longitud

(km)

Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)

S.E. Pariñas – S.E. Alipio Rosales (Nueva Tumbes)

Enlace S.E. Alipio Rosales (Nueva Tumbes) – T1A (de la LT 220 kV Zorritos – Machala)

220

220

01

02

162,00

6,348

25

25

Subestaciones

Descripción de características técnicas

S.E. Alipio Rosales (Nueva Tumbes)

La nueva subestación será del tipo convencional aislada en aire (AIS) y tendrá una configuración de doble barra con seccionar de transferencia, conformado por cinco (5) celdas, debidamente equipadas electromecánicamente, de las cuales tres (3) son de línea, uno (1) del reactor de 20 MVAr y uno (1) de acoplamiento. Además, contará con espacio suficiente para la implementación de siete (7) celdas futuras

Asimismo, contará con sistemas complementarios: sistemas de protección, control, medición, comunicaciones, puesta a tierra, servicios auxiliares, pórticos y barras, obras civiles, etc.

Ampliación de la S.E. Pariñas 220 kV

La ampliación consiste en implementar una (01) celda de línea para la conexión hacia la S.E. Alipio Rosales (Nueva Tumbes) de 220 kV; así como implementación de sistemas complementarios: sistemas de protección, control, medición, comunicaciones, puesta a tierra, servicios auxiliares, ampliación del sistema de barras 220 kV.

Artículo 3.- Aprobar la Minuta que contiene el Contrato de Concesión N° 606-2023 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C., el cual consta de 19 cláusulas y 3 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Minuta que contiene el Contrato de Concesión N° 606-2023, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que origine la Minuta del Contrato de Concesión N° 606-2023, referido en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Concesionaria Línea de Transmisión La Niña S.A.C., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2234767-1