Aprueban la Ordenanza que regula los requisitos y procedimientos para atender las solicitudes de licencia de edificación modalidad C: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad C aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad D: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica- remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad D: aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos - remodelación y/o ampliación
ORDENANZA N° 617-2023-MDB
Barranco, 30 de octubre de 2023
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha y;
VISTOS:
El informe N°466-2023-MDB-GDU/SGOPCC emitido por la Subgerencia de Obras Privada, Catastro y Control Urbano; el informe Nº 0136-2023-GDU-MDB emitido por la Gerencia Desarrollo Urbano; el memorándum Nº 0805 y 0818-2023-GM-MDB emitido por la Gerencia Municipal; el informe N° 0524-2023-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local que autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el inciso 1) del numeral 1) del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenando de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.”; asimismo, el numeral 1.15 del artículo IV de la cita norma, regula que: “La autoridad administrativa brinda a los administrados o sus representantes información veraz, completa y confiable sobre cada procedimiento a su cargo, de modo tal que, en todo momento, el administrado pueda tener una comprensión cierta sobre los requisitos, trámites, duración estimada y resultados posibles que se podrían obtener.”;
Que, el artículo X del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que: “Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. (…)”;
Que, el literal d) del tercer párrafo del artículo 73º de la citada norma, regula que: “(…) Dentro del marco de las competencias y funciones específicas establecidas en la presente ley, el rol de las municipalidades provinciales comprende: (…) d) Emitir las normas técnicas generales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente.”;
Que, el inciso 3) del numeral 3) del artículo 79º del mismo cuerpo normativo, establece que: “Funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales: (…) Elaborar y mantener el catastro distrital.”,
Que, mediante informe de vistos, emitido por la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control Urbano presenta a la Gerencia de Desarrollo Urbano el proyecto de ordenanza que regula los requisitos y procedimientos para la solicitudes de licencia de edificación modalidad c: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad c aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad d: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica- remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad d: aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos - remodelación y/o ampliación, con la finalidad de brindar un mejor servicio público a favor de la ciudadanía.
Que, mediante informe de vistos, la Gerencia de Desarrollo Urbano, concluye que la propuesta de ordenanza, permitirá establecer con mayor precisión los plazos y requisitos para la atención de las solicitudes de licencia de edificación modalidad C: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad C aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad D: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica- remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad D: aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos - remodelación y/o ampliación, por lo que, señala que resulta necesaria su aprobación.
Que, mediante informe de vistos, la Gerencia Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al proyecto de “Ordenanza que regula los requisitos y procedimientos para atender las solicitudes de licencia de edificación modalidad c: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad c aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad d: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica- remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad d: aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos - remodelación y/o ampliación”.
Que, en ese contexto, resulta necesario regular el procedimiento y los requisitos, para la atención de las solicitudes de licencia de edificación modalidad c: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad c aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad d: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica- remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad d: aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos - remodelación y/o ampliación;
En uso de las facultades conferidas por artículos 9º, numeral 9), 39º y 40º la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Pleno del Concejo Municipal, luego del debate correspondiente; con los votos de los regidores; A FAVOR de la aprobación: Chihuan León, Santa Cruz Padilla, Montes de Oca Sánchez, Muñoz Zevallos, Vásquez Hernández y Mariluz Montoya; ABSTENCION de la aprobación: Tataje Díaz de Francia, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta se aprobó por MAYORÍA el siguiente:
Artículo Primero.– APROBAR la Ordenanza que regula los requisitos y procedimientos para atender las solicitudes de licencia de edificación modalidad C: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad C aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos – remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad D: aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica- remodelación y/o ampliación, licencia de edificación modalidad D: aprobación de proyecto con evaluación previa por los revisores urbanos - remodelación y/o ampliación, el cual consta de 11 artículos y 6 disposiciones finales.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.– PRECISAR que la presente ordenanza entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo Cuarto.– ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información publicar el integro de la presente ordenanza en el Portal del Estado Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ
Alcaldesa
2234240-1