Aprueban modificación al “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos”
Resolución Directoral
Nº 014-2023-EF/51.01
Lima, 10 de noviembre de 2023
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los incisos 1, 2 y 5 del numeral 5.2 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 057-2022-EF, la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, y tiene entre sus funciones, ejercer la máxima autoridad técnico-normativa de dicho Sistema; emitir normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en las entidades del Sector Público, así como elaborar la Cuenta General de la República y las Estadísticas de las Finanzas Públicas, procesando las rendiciones de cuentas remitidas por las entidades del Sector Público, de acuerdo a estándares internacionales vigentes;
Que, el numeral 4.3 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, dispone que el marco para la preparación de la información financiera en las entidades del Sector Público son las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), conforme a las disposiciones que establezca la Dirección General de Contabilidad Pública;
Que, la implementación gradual de las NICSP, se realiza conforme a las disposiciones que emite la Dirección General de Contabilidad Pública, a fin que las Oficinas de Contabilidad de las entidades públicas y otras formas organizativas no financieras que administren recursos públicos, efectúen las acciones conducentes al análisis, reconocimiento, medición y presentación de las transacciones y otros hechos económicos de la entidad, determinando su adecuado tratamiento contable, en aplicación a lo establecido en los incisos 2 y 3 del numeral 7.2 del artículo 7 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438;
Que, para la implementación gradual de las NICSP se aprobó mediante Resolución Directoral Nº 011-2021-EF/51.01, la Directiva N° 003-2021-EF/51.01 “Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos”, modificada por la Resolución Directoral Nº 014-2021- EF/51.01 y Resolución Directoral Nº 004-2023-EF/51.01, con el objeto de establecer lineamientos administrativos para el proceso de depuración y sinceramiento contable, el cual constituye la etapa preparatoria de la implementación de las NICSP;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 009-2023-EF/51.01, se aprobó el “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos”, cuyo numeral 6.2.2. estable los plazos para la presentación de los avances del proceso de depuración y sinceramiento contable a la Dirección General de Contabilidad Pública;
Que, como resultado de las actividades de seguimiento y monitoreo del citado proceso realizadas por las direcciones competentes de la Dirección General de Contabilidad Pública, se determina la necesidad de modificar el plazo para la presentación de resultados de avance del tercer período del presente año en el aplicativo de Depuración y Sinceramiento (ADS);
Que, de conformidad con el literal h) del artículo 128 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41, la Dirección General de Contabilidad Pública mantiene actualizada y sistematizada la normativa del Sistema Nacional de Contabilidad, por lo que incorpora las modificaciones necesarias a la normativa vigente;
Que, resulta necesario aprobar la modificación del plazo para la presentación de resultados de avance del tercer período del presente año en el aplicativo de Depuración y Sinceramiento (ADS), modificando el inciso 6.2.2. del numeral 6.2 del “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos” a fin de contribuir en los resultados del avance del proceso de depuración y sinceramiento contable, los mismos que han sido consensuados con las direcciones competentes de la Dirección General de Contabilidad Pública;
De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF; y en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Objeto
Modifícase el numeral 6.2.2. del “Instructivo para el Registro, Cierre y Presentación del Plan de Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que Administren Recursos Públicos” aprobado por la Resolución Directoral N° 009-2023-EF/51.01, en los siguientes términos:
(…)
6. DISPOSICIONES PARA LA PRESENTACIÓN DEL PDS
(…)
6.2. Plazos para la presentación
(…)
6.2.2. El/la titular de la entidad aprueba mediante resolución, los entregables “Presentación de resultados de avance del PDS”. La CU o la CC presentan a la DGCP los entregables “Presentación de resultados de avances del PDS”, conforme se establece en el cronograma siguiente:
Entregable |
Fecha máxima de aprobación por el/la titular de la Entidad |
Fecha máxima de presentación de la DGCP |
Presentación de resultados de avance del período 1-2022 |
25/05/2022 |
30/10/2023 |
Presentación de resultados de avance del período 2-2022 |
08/08/2022 |
|
Presentación de resultados de avance del período 3-2022 |
07/11/2022 |
|
Presentación de resultados de avance del período 4-2022 |
13/02/2023 |
|
Presentación de resultados de avance del período 1-2023 |
08/05/2023 |
|
Presentación de resultados de avance del período 2-2023 |
07/08/2023 |
|
Presentación de resultados de avance del período 3-2023 |
06/11/2023 |
30/11/2023 |
Presentación de resultados de avance del período 4-2023 |
12/02/2024 |
16/02/2024 |
(…)”
Articulo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA
Director General
Dirección General de Contabilidad Pública
2234169-1