Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 3105-2023-MP-FN

Lima, 10 de noviembre de 2023

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El oficio Nº 7450-2023-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, remitido por el abogado Jorge Eduardo Vergara Villanueva, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, la hoja de envío Nº 2715-2023 y proveído Nº 17648-2023-MP-FN-PJFS-SAN MARTIN, mediante los cuales, elevan la carta de renuncia, del abogado Rogelio Alberto Bendezú Torres, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín y a su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, presentada el 23 de octubre del presente año, por motivos personales y profesionales, solicitando la exoneración del plazo de ley, informando que su último día de labores será el 23 de octubre de 2023; asimismo, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal antes citada, pone en conocimiento que la abogada Gloria Natali Torres Díaz, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa-Sede Tarapoto) de San Martín, Distrito Fiscal de San Martín, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, encargada del primer Despacho Provincial antes mencionado, no otorga la conformidad y/o visto bueno a la exoneración del plazo de ley solicitado en la carta de renuncia, debido a que perjudica el normal desarrollo de las actividades fiscales que han sido programadas con la debida antelación, precisando además que en ésa semana se encuentran de turno fiscal, posición que respalda la Presidencia y que la renuncia debe hacerse efectiva a partir del 23 de noviembre del presente año.

Que, el numeral 3) del artículo 106° de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada; concordante con el literal b) del artículo 34° del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y con los artículos 182° literal b) y 185° del Decreto Supremo N°. 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, precisa que: “la renuncia será presentada con anticipación no menor de treinta (30) días calendario, siendo potestad del titular de la entidad o del funcionario que actúa por delegación, la exoneración del plazo señalado”.

Que, el artículo 183° del citado Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, señala que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma”, debiendo guardar concordancia con lo señalado en el artículo 184° del mismo cuerpo normativo.

Asimismo, el Oficio Circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022, se establecen los lineamientos para la presentación y trámite de las cartas de renuncias formuladas por los fiscales titulares y provisionales, Acuerdo Nº 6048, adoptado en la Sesión Ordinaria del 13 de abril de 2022, de la Junta de Fiscales Supremos; entre otros, precisando en el numeral 2) (…) la Coordinación Nacional correspondiente, debe asegurarse que la carta de renuncia cuente con toda la información necesaria, siendo esta: (…) las razones de su renuncia, la fecha de efectividad de la misma-teniendo presente lo establecido en el artículo 185° del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y cuente con firma legalizada (…).

En ese sentido, de la revisión de los actuados y el marco normativo antes citado, se hace necesario aceptar la renuncia del referido magistrado, debiéndose considerar como último día de labores el 22 de noviembre del presente año, teniendo como sustento los argumentos emitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Rogelio Alberto Bendezú Torres, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San Martín y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Martín, con sede en Tarapoto, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1142-2021-MP-FN, de fecha 13 de agosto de 2021; con efectividad al 23 de noviembre de 2023; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS

Fiscal de la Nación

2233955-1