Ordenanza que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 163-2023-MDMM

ORDENANZA Nº 194-2023-MDMM

Magdalena del Mar, 20 de octubre de 2023

POR CUANTO:

El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N°20 de la fecha en mención;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N°30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 79, numeral 3.6.4 de la Ley N°27972, establece como competencia exclusiva de las municipalidades distritales, entre otras, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y fiscalizar la apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales de acuerdo con la zonificación;

Que, a través de la Ordenanza N°163-2023-MDMM se suspende, por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, las nuevas solicitudes para el otorgamiento de licencias de funcionamiento de bares, licorerías, y ampliaciones de giro de bodegas para la comercialización y expendio de bebidas alcohólicas, entre otros relacionados, en el distrito de Magdalena del Mar, a fin de determinar la situación jurídica de los administrados, erradicando aquellos giros que contravengan las normas reglamentarias;

Que, la señora regidora ENA KARINA OCAÑA ARANIBAR, mediante pedido, solicita prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 163-2023-MDMM, por un plazo de ciento ochenta (180) días hábiles adicionales, con la finalidad de permitir a los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad continuar con el procedimiento de evaluación y verificación de cumplimiento dispuesto en el artículo segundo de aquella;

Que, de conformidad con el artículo 40 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas de las municipalidades distritales, en materia de su competencia, “son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos, y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”;

Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con dispensa del trámite de comisiones, del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N°163-2023-MDMM

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza N°163-2023-MDMM, por ciento ochenta (180) días hábiles computados a partir del término de vigencia de la misma.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y a la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones, el cabal cumplimiento del presente dispositivo.

Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda norma o disposición de la misma o inferior jerarquía que se oponga al presente dispositivo.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente dispositivo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE

Alcalde

2232319-1