Aprueban el Reglamento para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el distrito de La Perla

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 008-2023-MDLP

La Perla, 17 de octubre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA.

VISTO:

El Memorándum Nº 688-2023-GDS/MDLP emitido por la Gerencia Desarrollo Social de fecha 15 de agosto del 2023; Informe Nº 089-2023-SGPPM-GPPM/MDLP emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización con fecha 28 de agosto de 2023; Informe Nº 193-2023-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización con fecha 31 de agosto de 2023; Informe Nº 842-2023-GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica con fecha 25 de septiembre de 2023; Memorándum Nº 1114-2023-GM/MDLP emitido por la Gerencia Municipal con fecha 27 de septiembre de 2023; Memorándum Nº 607-2023-GM/MDLP emitido por Secretaria General con fecha 11 de octubre de 2023; Informe Nº 269-2023-GDS/MDLP emitido por la Gerencia de Desarrollo Social con fecha 16 de octubre de 2023; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 – “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que la autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el Artículo 1º de la Constitución Política del Perú, indica que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; y en su Artículo 2º inciso 2 señala que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole;

Que, el Artículo 2º de la Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General en su Resolución 217, señala “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”;

Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 27270 - Ley Contra Actos de Discriminación, precisa que “Se entiende por discriminación, la anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato, en los requerimientos de personal, a los requisitos para acceder a centros de educación, formación técnica y profesional, que impliquen un trato diferenciado basado en motivos de raza, sexo, religión, opinión, origen social, condición económica, estado civil, edad o de cualquier índole”;

Que, mediante Ordenanza Nº 008-2019-MDLP publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27 de julio de 2023, se aprobó la Prohibición del Racismo y la Discriminación en todos los Ámbitos y Formas en distrito de La Perla;

Que, mediante Memorándum Nº 688-2023-GDS/MDLP de fecha 15 de agosto del 2023, la Gerencia Desarrollo Social, remite un Proyecto de Reglamento de la Ordenanza Nº 008-2019-MDLP que Aprueba la Prohibición del Racismo y la Discriminación en todos los Ámbitos y Formas en el distrito de La Perla, la misma que establece sanciones contra los actos de discriminación;

Que, por medio del Informe Nº 089-2023-SGPPM-GPPM/MDLP de fecha 28 de agosto de 2023, la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable al proyecto de Reglamento de la Ordenanza que Aprueba la Prohibición del Racismo y la Discriminación en todos los Ámbitos y Formas en el distrito de La Perla, mencionando que se busca promover la igualdad, equidad y los derechos humanos, asegurando que todas las personas sean tratadas con respeto y dignidad, sin importar sus diferencias;

Que, a través de Informe Nº 193-2023-GPPM/MDLP de fecha 31 de agosto de 2023, la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable al Proyecto de Reglamento para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el cual deberá ser aprobado por Decreto de Alcaldía en atención a la primera disposición final de la Ordenanza Municipal Nº 008-2019-MDLP;

Que, mediante Informe Nº 842-2023-GAJ/MDLP de fecha 25 de septiembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia del Proyecto de Reglamento para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito de La Perla, y recomienda a Gerencia Municipal que el presente proyecto se derive a Secretaria General para su aprobación mediante Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Memorándum Nº 1114-2023-GM/MDLP de fecha 27 de septiembre de 2023, la Gerencia Municipal remite los actuados administrativos a Secretaría General para continuar con el trámite correspondiente;

Que, a través de Memorándum Nº 607-2023-GM/MDLP de fecha 11 de octubre de 2023, Secretaria General recomienda a la Gerencia de Desarrollo Social evaluar la implementación de las recomendaciones realizadas por la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y requiere la reformulación del proyecto de Reglamento adjuntado mediante Memorándum Nº 688-2023-GDS/MDLP, a fin de adecuarse a la estructura de una Reglamento de Ordenanza que debe ser aprobado mediante Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Informe Nº 269-2023-GDS/MDLP de fecha 16 de octubre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Social remite a Secretaria General el “Proyecto de Reglamento para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito de La Perla” subsanado y remite los actuados administrativos para continuar con el trámite correspondiente;

QUE, ESTANDO A LO EXPUESTO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES;

RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Distrito de La Perla, el mismo que cuenta con Dos Capítulos, 28 Artículos y Dos Disposiciones Finales y Transitorias, y forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Sub Gerencia de Control y Fiscalización, Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo Central y demás unidades orgánicas competentes, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información, tomar acciones y/o medidas técnicas necesarias para la implementación en el Sistema Integrado de Gestión Municipal; la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RODOLFO MARIANO ADRIANZEN CASTAÑEDA

Alcalde

2232257-1