Prorrogan vigencia del “Grupo de Trabajo Sectorial encargado de facilitar la ejecución de los proyectos de tránsito terrestre e infraestructura de transporte en la Provincia Constitucional del Callao”

resolución ministerial

N° 1607-2023-MTC/01

Lima, 2 de noviembre de 2023

VISTOS: Los Informes N° 503-2023-MTC/18 y N° 504-2023-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, y el Memorando N° 2882-2023-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio es competente de manera exclusiva en las materias de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional; asimismo, ejerce competencias compartidas con los gobiernos regionales y gobiernos locales, entre otras, en las materias de infraestructura y servicios de transporte de alcance regional y local, así como en circulación y tránsito terrestre;

Que, de acuerdo con el artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, los grupos de trabajo son un tipo de órgano colegiado de naturaleza temporal, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos; careciendo sus conclusiones de efectos jurídicos sobre terceros; extinguiéndose automáticamente cumplidos sus objetivos y su periodo de vigencia; asimismo, señala que los Grupos de Trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual depende;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 382-2023-MTC/01, se crea el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial encargado de facilitar la ejecución de los proyectos de tránsito terrestre e infraestructura de transporte en la Provincia Constitucional del Callao”, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, Grupo de Trabajo Sectorial), que tiene por objeto elaborar un plan de trabajo para el desarrollo de los proyectos de infraestructura de transporte y tránsito terrestre en la Provincia Constitucional del Callao; asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 1079-2023-MTC/01 se prorroga por sesenta (60) días calendario, a partir del 17 de agosto de 2023, el plazo de vigencia del referido Grupo de Trabajo;

Que, el Grupo de Trabajo Sectorial, en la Sesión Extraordinaria N° 6, acuerda por unanimidad la prórroga de su vigencia por un periodo de sesenta (60) días calendario; con la finalidad cumplir con las funciones del Grupo de Trabajo en línea con el objetivo del mismo;

Que, mediante los Informes N° 503-2023-MTC/18 y N° 504-2023-MTC/18, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, en calidad de Secretaria Técnica del Grupo de Trabajo Sectorial, sustenta la necesidad de prorrogar su vigencia, a efectos de proponer la implementación de medidas articuladas regulatorias y no regulatorias, así como estrategias y/o mecanismos orientados a solucionar la problemática actual y garantizar el desarrollo organizado de los proyectos de infraestructura en el Callao; asimismo, sustenta la necesidad de que el acto administrativo correspondiente sea emitido con eficacia anticipada, señalando que cumple con las condiciones establecidas en el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, en ese sentido, es necesario disponer la prórroga del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, creado por Resolución Ministerial N° 382-2023-MTC/01, con eficacia anticipada; por el plazo de sesenta (60) días calendario, a partir del 17 de octubre de 2023;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial

Prorrogar, con eficacia anticipada a partir del 17 de octubre de 2023, la vigencia del Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial encargado de facilitar la ejecución de los proyectos de tránsito terrestre e infraestructura de transporte en la Provincia Constitucional del Callao”, creado por Resolución Ministerial N° 382-2023-MTC/01, por un plazo de sesenta (60) días calendario.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

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