Aprueban la “Nomenclatura de Vías en el Asentamiento Humano Los Licenciados”, conforme a la propuesta presentada por la Municipalidad Distrital de Ventanilla

Ordenanza Municipal

Nº 026-2023/MPC

Callao, 25 de octubre de 2023

El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO,

VISTO, en Sesión Extraordinaria, celebrada en la fecha, el Dictamen N° 039-2023-MPC-SR-COPODUN de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura; el Dictamen N° 002-2023-MPC-CN de fecha 26 de setiembre de 2023 y el Oficio N° 003-2023-MPC-CN de fecha 03 de octubre de 2023, emitidos por la Comisión de Nomenclatura; el Oficio N° 278-2023-MPC/SGCM de fecha 19 de setiembre de 2023, emitido por la Secretaría General del Concejo Municipal; el Memorándum N° 2464-2023-MPC/GM de fecha 14 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 393-2023-MPC/OGAJ de fecha 14 de setiembre de 2023, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 1602-2023-MPC/GDU de fecha 08 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 568-2023-MPC-GDU-SGPUC de fecha 29 de agosto de 2023, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; el Memorando N° 015-2023-MPC/SG-GACMA de fecha 16 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía; el Expediente N° 2021-01-0000013669 de fecha 29 de enero de 2021, remitido por la Municipalidad Distrital de Ventanilla, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 9° numeral 8) de la Ley N° 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;

Que, el numeral 1.4 del inciso 1) del artículo 79° de la Ley N° 27972, establece que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, aprobar la regulación provincial respecto del otorgamiento de licencias y las labores de control y fiscalización, así como del saneamiento de la propiedad predial, de cumplimiento de las municipalidades distritales, en las materias reguladas por los planes antes mencionados, de acuerdo con las normas técnicas de la materia, sobre nomenclatura de calles, parques y vías;

Que, el artículo 1° del Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas de Recreación Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 004-95-MTC, establece que la nomenclatura de las vías públicas de las áreas urbanas del país es competencia de los Gobiernos Locales, y se regirán por las normas del citado Reglamento. En ese sentido, el artículo 2° del citado cuerpo normativo señala que los Concejos Distritales serán las entidades encargadas de proponer a la Municipalidad Provincial correspondiente la denominación de las vías públicas en sus jurisdicciones. Asimismo, el artículo 3° del citado reglamento establece que la aprobación de la nomenclatura propuesta por las Municipalidades Distritales la realizará la Municipalidad Provincial por intermedio de la Comisión de Nomenclatura que para tal efecto se constituirá en cada provincia;

Que, el artículo 5° del precitado cuerpo normativo señala que son atribuciones de la Comisión de Nomenclatura, pronunciarse sobre las propuestas de nomenclatura presentadas por los vecinos, urbanizaciones e instituciones diversas a través de las Municipalidades Distritales, así como pronunciarse respecto a propuestas de nomenclatura originadas en las Municipalidades Distritales o en la misma Municipalidad Provincial;

Que, mediante Resolución Directoral N°011-2021-VIVIENDA-VMVU-DGPRVU se aprueban los “Lineamientos para la Nomenclatura Vial y Numeración Municipal”, el cual establece, en su numeral 6.2, que las Municipalidades Provinciales son las encargadas de nombrar la Comisión de Nomenclatura, quien aprueba o ratifica los nombres propuestos por las Municipalidades Distritales, en el marco del Decreto Supremo N° 004-95-MTC;

Que, la Ordenanza Municipal N° 003-2021/MDV de fecha 11 de enero de 2021, expedida por la Municipalidad Distrital de Ventanilla, aprobó la Propuesta de Nomenclatura Vial del Asentamiento Humano Los Licenciados, el cual comprende los siguientes documentos:

• Anexo N°1-Relación de nombres de las vías actuales y los nombres propuestos.

• Anexo N° 2-Plano Base del Asentamiento Humano Los Licenciados Plano (P-01).

• Anexo N°3-Plano de la Propuesta de Nomenclatura Vial del Asentamiento Humano Los Licenciados Plano (P-02).

Que, mediante Expediente N° 2021-01-0000013669 de fecha 29 de enero de 2021, la Municipalidad Distrital de Ventanilla remite a la Municipalidad Provincial del Callao copia certificada de la Ordenanza Municipal N°003-2021/MDV de fecha 11 de enero de 2021 que aprueba la nomenclatura vial del Asentamiento Humano Los Licenciados, a fin de que la Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao proceda de acuerdo a sus competencias, funciones y atribuciones conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-95-MTC;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 013-2021/MDV de fecha 10 de setiembre de 2021, la Municipalidad Distrital de Ventanilla aprobó la modificación de los artículos 1° y 2° de la Ordenanza Municipal N°003-2021/MDV, la cual contiene la propuesta de nomenclatura vial del Asentamiento Humano Los Licenciados y la designación del regidor representante ante la Comisión de Nomenclatura;

Que, a través del Memorando N° 015-2023-MPC/SG-GACMA de fecha 16 de enero de 2023, la Gerencia de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía remite el Expediente N° 2021-01-0000013669 de fecha 29 de enero de 2021 a la Gerencia General de Desarrollo Urbano a fin de que se evalúe su viabilidad y de ser procedente la actualización de la propuesta de nomenclatura;

Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 421-2023-ALC/MPC de fecha 17 de agosto de 2023 se conforma la Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao;

Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, mediante Informe N° 568-2023-MPC-GDU-SGPUC de fecha 29 de agosto de 2023, traslada el Informe N° 072-2023-MPC-GDU-SGPUC/CEDP e Informe Legal N° 200-2023-MPC-GDU-SGPUC-AABC, en los cuales se emite opinión técnica y legal favorable al Proyecto de Ordenanza que aprueba la nomenclatura vial en el Asentamiento Humano Los Licenciados del Distrito de Ventanilla, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Directoral N° 11-2021-VIVIENDA /VMVU-DGPRVU de fecha 23 de julio de 2021 que aprueba los “Lineamientos para Nomenclatura Vial y Numeración Municipal”. Asimismo, comunican que se deberá contar con la aprobación por parte de la Comisión de Nomenclatura, conforme a lo establecido en el artículo 3° del Decreto Supremo N° 004-95-MTC que aprueba el “Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas de Recreación Pública”. En ese sentido, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro emite opinión técnica favorable;

Que, mediante Memorando N° 1602-2023-MPC/GDU de fecha 08 de setiembre de 2023, la Gerencia de Desarrollo Urbano, a razón del Informe N° 568-2023-MPC-GDU-SGPUC, emite opinión técnica favorable al Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la Nomenclatura Vial en el Asentamiento Humano Los Licenciados del Distrito de Ventanilla, propuesta mediante la Ordenanza Municipal N° 003-2021/MDV de fecha 11 de enero de 2021 y modificada por la Ordenanza N° 013-2021/MDV de fecha 10 de setiembre de 2021 de la Municipalidad Distrital de Ventanilla;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe N° 393-2023-MPC/OGAJ de fecha 14 de setiembre de 2023, emite opinión legal favorable para la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba la nomenclatura vial en el Asentamiento Humano Los Licenciados del Distrito de Ventanilla, cuya propuesta fue aprobada mediante Ordenanza Municipal N° 003-2021/MDV de fecha 11 de enero de 2021 y modificada por la Ordenanza N° 013-2021/MDV de fecha 10 de setiembre de 2021; para cuyo efecto, se deberá contar con la opinión técnica previa de la Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao;

Que, mediante Oficio N° 003-2023-MPC-CN de fecha 03 de octubre de 2023, la Comisión de Nomenclatura remite el Dictamen N° 002-2023-MPC-CN de fecha 26 de setiembre de 2023, mediante el cual se recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao, aprobar la “Ordenanza Municipal que aprueba la nomenclatura vial en el Asentamiento Humano Los Licenciados” del distrito de Ventanilla;

Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Oficina General de Asesoría Jurídica y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao por unanimidad, ha dado la siguiente:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA NOMENCLATURA VIAL EN EL ASENTAMIENTO HUMANO LOS LICENCIADOS DEL DISTRITO DE VENTANILLA, PROPUESTA MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL N° 003-2021/MDV, DE FECHA 11 DE ENERO DE 2021 Y MODIFICADA MEDIANTE ORDENANZA MUNICIPAL N° 013-2021/MDV, DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DEL 2021, DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

Artículo 1°.- APROBAR la “Nomenclatura de Vías en el Asentamiento Humano Los Licenciados”, conforme a la propuesta presentada por la Municipalidad Distrital de Ventanilla, mediante Ordenanza Municipal N° 003-2021/MDV de fecha 11 de enero de 2021, modificada mediante Ordenanza Municipal N° 013-2021/MDV de fecha 10 de septiembre del 2021; y sus anexos, que forman parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 2°.- NOTIFICAR a la Municipalidad Distrital de Ventanilla, la presente ordenanza municipal.

Artículo 3°.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Oficina General de Tecnologías de la Información y Telecomunicación, la publicación de los anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao).

Regístrese, publíquese y cúmplase.

PEDRO SPADARO PHILIPPS

Alcalde

2230588-1