Aprueban los Valores Arancelarios de Terrenos para fines tributarios, expresados en soles por metro cuadrado a nivel nacional, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2024

Resolución Ministerial

Nº 369-2023-EF/15

Lima, 30 de octubre del 2023

CONSIDERANDO:

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones, dispone que en el marco de lo establecido en el artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas formula y aprueba anualmente mediante Resolución Ministerial los valores arancelarios de terrenos vigentes al 31 de octubre del año anterior para fines tributarios; asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba mediante Resolución Ministerial la metodología a emplearse, para la determinación de los valores establecidos en dicha disposición;

Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 226-2023-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, establece que a efectos de formular y aprobar los valores arancelarios de terrenos vigentes para el año fiscal 2024, el Ministerio de Economía y Finanzas utilizará la metodología empleada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobando una metodología propia para el siguiente año fiscal;

Que, mediante la Resolución Directoral N’ 010-2021/VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento aprueba la Norma nacional para la determinación de los valores arancelarios y otras intervenciones a nivel nacional, la cual establece la metodología para calcular los valores arancelarios de terrenos urbanos para uso residencial, comercial y usos especiales; y, los respectivos factores de actualización para listados de valores arancelarios de terrenos urbanos y centros poblados;

Que, asimismo, el referido Ministerio, mediante la Resolución Directoral N° 010-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, modificada por las Resoluciones Directorales N° 012 y N° 015-2015-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, aprueba la Norma para la determinación de Valores Oficiales de Terrenos Rústicos a nivel nacional, la cual establece el procedimiento a seguir para la formulación de los valores arancelarios de terrenos rústicos dentro del territorio nacional;

Que, el literal n) del artículo 193 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, establece que la Dirección de Política de Descentralización Fiscal y Finanzas Subnacionales de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, tiene como función, entre otras, regular la determinación y aprobar los valores fiscales de los predios; así como supervisar su correcta aplicación;

Que, en tal sentido, corresponde que el Ministerio de Economía y Finanzas apruebe los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos y Rústicos vigentes para el Ejercicio Fiscal 2024;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; en el Decreto Legislativo N° 1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones; y, en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1557, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 226-2023-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar los Valores Arancelarios de Terrenos Urbanos y Rústicos expresados en soles por metro cuadrado a nivel nacional para fines del impuesto predial, vigentes para el Ejercicio Fiscal 2024, incluidos en los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y los Anexos 1 y 2 en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

2230140-1