LEY Nº 31911
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN PRIORITARIA DE COBERTIZOS EN LAS ZONAS ALTOANDINAS SUPERIORES A LOS TRES MIL METROS SOBRE EL NIVEL DEL MAR
Artículo único. Declaración de interés nacional
Se declara de interés nacional la construcción prioritaria de cobertizos en las zonas altoandinas superiores a los 3 000 metros sobre el nivel del mar, en el Perú, para mitigar y prevenir los efectos climáticos que afectan a la ganadería y a los agricultores.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
ÚNICA. Competencias y coordinaciones
En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados, en el marco de sus funciones y competencias, realizaría las coordinaciones y adoptaría las medidas necesarias para la construcción de cobertizos.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintitrés.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
YESSICA ROSSELLI AMURUZ DULANTO
Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2229184-1