LEY Nº 31911

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN PRIORITARIA DE COBERTIZOS EN LAS ZONAS ALTOANDINAS SUPERIORES A LOS TRES MIL METROS SOBRE EL NIVEL DEL MAR

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional la construcción prioritaria de cobertizos en las zonas altoandinas superiores a los 3 000 metros sobre el nivel del mar, en el Perú, para mitigar y prevenir los efectos climáticos que afectan a la ganadería y a los agricultores.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Competencias y coordinaciones

En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único y en caso de ejecutarse el objeto de dicha declaración, el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego en coordinación con los gobiernos regionales y gobiernos locales involucrados, en el marco de sus funciones y competencias, realizaría las coordinaciones y adoptaría las medidas necesarias para la construcción de cobertizos.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintitrés.

ALEJANDRO SOTO REYES

Presidente del Congreso de la República

YESSICA ROSSELLI AMURUZ DULANTO

Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

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