Designan funcionario responsable de la actualización de la información Institucional que se difunda a través del Portal de Transparencia Estándar del Osinergmin, conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN N° 130-2023-OS/PRES
Lima, 20 de octubre de 2023
VISTA:
La Resolución de Presidencia del Consejo Directivo de Osinergmin N° 020-2003-OS/PRES, de fecha 25 de marzo de 2003;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 26734 - Ley del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – Osinergmin, creó al Osinergmin como organismo regulador, supervisor y fiscalizador de las actividades que desarrollan las personas jurídicas de derecho público interno o privado y las personas naturales, en los subsectores de electricidad, hidrocarburos y minería;
Que, la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;
Que, el artículo 5 del mencionado Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 señala que las entidades públicas deben identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet. Por su parte, el artículo 3 de esta norma legal prevé que las entidades deben designar al funcionario responsable de entregar información;
Que, en línea con lo anterior, los literales a), b) y c) del artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, precisa que la máxima autoridad de la Entidad, bajo responsabilidad debe adoptar las medidas necesarias, dentro de su ámbito funcional, que permitan garantizar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia de la Entidad; así como designar tanto al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, como al funcionario responsable de entregar la información de acceso pública;
Que, en este contexto, el artículo 4 del referido Reglamento, establece que la designación del funcionario responsable de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el diario oficial El Peruano, así como en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas;
Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM, el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de la Entidad;
Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo de Osinergmin N° 020-2003-OS/PRES, de fecha 25 de marzo de 2003, se designó al Jefe de la Oficina de Informática como el funcionario responsable de la elaboración y actualización de la información Institucional que se difunda a través del portal de Internet de Osinergmin, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27806;
Que, de acuerdo con los artículos 28 y 29 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales es el órgano de apoyo encargado, entre otros, de planificar y gestionar la imagen dentro y fuera de la institución y administrar los elementos de la identidad corporativa de la institución, que tiene entre sus funciones, desarrollar las actividades de comunicación externa de Osinergmin;
Que, al mismo tiempo el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin ha considerado dentro de la estructura orgánica de Osinergmin a la Gerencia de Administración y Finanzas, cuyo funcionamiento se rige por los artículos 22 y 23 de la citada norma legal;
Que, en atención a las funciones propias de la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales, se ve conveniente que se le asigne a dicho órgano la administración del Portal de Transparencia Estándar de Osinergmin;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM;
Con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia General;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designar al Gerente de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales como el funcionario responsable de la actualización de la información Institucional que se difunda a través del Portal de Transparencia Estándar del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Artículo 2°.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en el portal institucional de Osinergmin (https://www.gob.pe/osinergmin) y el Portal de Transparencia Estándar de Osinergmin.
Artículo 3°.- Encargar a la Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales la publicación de la presente resolución en cada una de las sedes de Osinergmin a nivel nacional.
OMAR CHAMBERGO RODRIGUEZ
Presidente del Consejo Directivo
2228582-1