LEY Nº 31905

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL

EL DESARROLLO TURÍSTICO DEL

CENTRO HISTÓRICO DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO

Artículo único. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional el desarrollo y ejecución del plan estratégico para la puesta en valor del Centro Histórico de la Provincia Constitucional del Callao, declarado y delimitado en la Resolución Jefatural 159-90-INC/J, con el objeto de promover y fomentar su desarrollo turístico y el mejoramiento de su infraestructura pública.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Entes competentes

En el marco de la declaración de interés nacional establecida en el artículo único, los ministerios de Comercio Exterior y Turismo, de Cultura y de Vivienda y Construcción, en coordinación con el Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Provincial del Callao, coordinarán la elaboración del plan estratégico.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los cuatro días del mes de octubre de dos mil veintitrés.

ALEJANDRO SOTO REYES

Presidente del Congreso de la República

YESSICA ROSSELLI AMURUZ DULANTO

Tercera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

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