Nombran notario del distrito de Pueblo Libre, provincia de Lima, Distrito Notarial de Lima

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0337-2023-JUS

Lima, 23 de octubre de 2023

VISTOS, los Informes N° 227-2023-JUS/CN/ST-CP y N° 230-2023-JUS/CN/ST-CP y el Memorando N° 488-2023-JUS/CN/ST, de la Secretaría Técnica del Consejo del Notariado; y, el Informe N° 1106-2023-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 387-2004-JUS, de fecha 18 de agosto de 2004, se nombró al señor abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS como notario público del distrito de San Jerónimo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, Distrito Notarial de Apurímac;

Que, el señor abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS presenta al Decano del Colegio de Notarios de Apurímac su renuncia al cargo de notario del distrito de San Jerónimo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, Distrito Notarial de Apurímac, al haber sido declarado ganador de la plaza notarial en el distrito de Pueblo Libre, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima en el Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial N° 001-2021-CNL/LIMA;

Que, mediante Oficio N° 009-2023-VD-CNA, de fecha 2 de setiembre de 2023, el decano del Colegio de Notarios de Apurímac informa que se aceptó la renuncia condicionada del abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS a la plaza notarial del distrito San Jerónimo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, Distrito Notarial de Apurímac;

Que, conforme consta de las actas del Jurado Calificador del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial en el Distrito Notarial de Lima N° 001-2021-CNL/LIMA, el señor abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Pueblo Libre, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima;

Que, el artículo 21-A del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, señala el procedimiento a seguir por los colegios de notarios para proceder con la cancelación del título de un notario, siendo estos actos o procedimientos materiales condicionantes para la cancelación del título de notario, más aún cuando ésta obedece a un hecho objetivo como ocurre en el caso del señor abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS, que ha resultado ganador de otra plaza notarial en la que debe ejercer la función notarial;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal b) del artículo 21 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, el notario cesa por causal de renuncia, por lo que habiendo operado dicha causal y conforme a los documentos que obran en el expediente administrativo, resulta necesario expedir la Resolución Ministerial de cancelación de título de notario con eficacia a partir del día siguiente de su juramentación e incorporación como notario del distrito de Pueblo Libre, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima;

Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, y el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS y normas conexas, el señor abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS ha resultado ganador de la plaza notarial correspondiente al distrito de Pueblo Libre, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima; conforme consta del Acta de Adjudicación de plaza notarial del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial N° 001-2021-CNL/LIMA de fecha 15 de agosto de 2023;

Que, el artículo 12 del citado Decreto Legislativo N° 1049, dispone que, concluido el concurso público de méritos de ingreso a la función notarial, el jurado comunicará el resultado al Consejo del Notariado, para la expedición simultanea de las resoluciones ministeriales a todos los postulantes aprobados y la expedición de títulos por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos;

Que, el artículo 23 del Reglamento del Concurso Público de Méritos para el ingreso a la Función Notarial aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS, establece que el proceso de concurso público de méritos concluye con la proclamación de ganadores y/o declaración de plazas desiertas por parte del jurado en caso de no existir postulantes aprobados en las respectivas plazas; por lo que habiéndose cubierto en el concurso mencionado la plaza notarial convocada, es procedente emitir la correspondiente resolución de nombramiento del notario;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado; el Reglamento del Concurso Público de Méritos para el Ingreso a la Función Notarial, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2022-JUS; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Cancelar por causal de renuncia, el título de notario del distrito de San Jerónimo, provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac, Distrito Notarial de Apurímac, otorgado al señor abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS, con eficacia a partir del día siguiente a su juramentación como notario del distrito de Pueblo Libre, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima. 

Artículo 2.- Nombrar al señor abogado LUIS ARNULFO LUNA VARGAS como notario del distrito de Pueblo Libre, provincia de Lima, departamento de Lima, Distrito Notarial de Lima, debiendo expedirse para tal efecto el título correspondiente.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución al Consejo del Notariado, al Colegio de Notarios de Apurímac, al Colegio de Notarios de Lima y al interesado para los fines de ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO MELCHOR ARANA YSA

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2227941-1