Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 605-MDA que establece Beneficios Tributarios en el distrito de Ate
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 011
Ate, 20 de octubre de 2023
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE;
VISTO: El Informe N° 0339-2023-MDA/GAT-SGRC de la Subgerencia de Recaudación y Control; el Memorándum N° 965-2023-MDA/GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 197-2023-MDA/GPE-SGMI de la Subgerencia de Modernización Institucional; el Informe Nº 415-2023-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 2012-2023-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú establece en su artículo 74º que los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; por su parte el artículo 194° de la referida norma establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modificatorias, señala que: “los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;
Que, la acotada Ley, en su artículo 42º señala que: “los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;
Que, mediante Ordenanza N° 605-MDA, del 31 de agosto de 2023, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 14 de setiembre de 2023, se dispuso establecer beneficios tributarios en el Distrito de Ate – “Beneficio GánATE”, estableciéndose como plazo de vigencia hasta el 30 de setiembre de 2023;
Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 010, publicado en el diario oficial “El Peruano” con fecha 30 de setiembre de 2023, se aprobó la prórroga de los beneficios tributarios “Beneficio GánATE”, aprobado por la Ordenanza N° 605-MDA, hasta el 31 de octubre de 2023;
Que, la Segunda Disposición Complementaria de la citada Ordenanza, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la mencionada Ordenanza, así como establecer prórrogas de la vigencia de la misma;
Que, mediante Memorándum N° 965-2023-MDA/GAT, la Gerencia de Administración Tributaria en atención al Informe N° 0339-2023-MDA/GAT-SGRC de la Subgerencia de Recaudación y Control y conforme a las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Ordenanza N° 491-MDA y estando por vencer la fecha de vigencia de la Ordenanza N° 605-MDA, Ordenanza que establece beneficios tributarios en el Distrito de Ate – “Beneficio GánATE”, propone prorrogar la vigencia de la referida Ordenanza, con la finalidad que los vecinos del Distrito de Ate puedan regularizar el pago de sus obligaciones tributarias pendientes hasta el 30 de noviembre de 2023; por lo que, solicita a la Subgerencia de Modernización Institucional emitir opinión técnica respecto a lo antes citado;
Que, mediante Informe N° 197-2023-MDA/GPE-SGMI, la Subgerencia de Modernización Institucional brinda opinión técnica favorable sobre la viabilidad de aprobar la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 605-MDA, documento visado por el Gerente de Planificación Estratégica en señal de conformidad y derivado a la Gerencia de Asesoría Jurídica a efectos emita su opinión legal;
Que, mediante Informe Nº 415-2023-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica en base a las consideraciones antes expuestas, opina favorablemente respecto a la propuesta formulada por la Gerencia de Administración Tributaria, por intermedio de la Subgerencia de Recaudación y Control, quien sustenta la necesidad de extender los beneficios tributarios otorgados por la Ordenanza N° 605-MDA, Ordenanza que establece beneficios tributarios en el Distrito de Ate – “Beneficio GánATE”, hasta el 30 de noviembre de 2023, resultando viable continuar con el trámite respectivo para su aprobación mediante la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Memorándum Nº 2012-2023-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía de acuerdo a los documentos adjuntos y conforme a Ley;
Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre de 2023 la vigencia de la Ordenanza N° 605-MDA, Ordenanza que establece Beneficios Tributarios en el Distrito de Ate – “Beneficio GánATE”; en mérito a los considerandos antes expuestos.
Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal; asimismo, a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones su respectiva difusión y publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), y a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCO VIDAL MORALES
Alcalde
2227608-1