Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Piura

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 0388-00-CMPP

San Miguel de Piura, 6 de octubre de 2023

VISTO:

El Informe Nº 151-2023-OyMI-GTySI/MPP, de fecha 04 de julio de 2023, de la Oficina de Organización y Métodos de Información; Proveído de la Gerencia de Planificación y Desarrollo, de fecha 07 de julio de 2023; Memorando Nº 0307-2023-GM/MPP, de fecha 10 de julio de 2023, de la Gerencia Municipal; Informe Nº 168-2023-OyMI-GTySI/MPP, de fecha 20 de julio de 2023, de la Oficina de Organización y Métodos de Información; Informe Nº 182-2023-OyMI-GTySI/MPP, de fecha 15 de agosto de 2023, de la Oficina de Organización y Métodos de Información; Informe N° 1434-2023-GAJ/MPP de fecha 22 de agosto de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Dictamen Nº 011-2023-CPYDEL-CEYA/MPP de fecha 13 de septiembre de 2023, de la Comisión Mixta integrada por la Comisión de Planificación y Desarrollo Económico Local y por la Comisión de Economía y Administración; y,

CONSIDERANDO:

Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972; Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 señala en el numeral 3) de su artículo 9º que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local. Asimismo, el Artículo 40º señala: “Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”;

Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado declara al Estado Peruano, en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano, estableciendo principios, mecanismos y herramientas para llevar a cabo dicho objetivo;

Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece en el numeral 2) del artículo 9º, que dentro de la autonomía administrativa se encuentra la facultad de organizarse internamente, precisando además en el literal d) del artículo 42º que es competencia exclusiva de los gobiernos locales, aprobar su organización interna;

Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública cuyo objetivo es orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacten positivamente en el bienestar del ciudadano y en el desarrollo del país;

Que, a través del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado con el objetivo de establecer los principios, criterios, y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, con la finalidad de que se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas en beneficio de la ciudadanía; derogando el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 006-2018-PCM/SGP se aprueba la Norma Técnica N° 001-2018-PCM/SGP: “Norma Técnica para la implementación de la Gestión por Procesos en las entidades de la administración pública” que establece que la Gestión por Procesos debe ser entendida como una herramienta orientada a identificar y suministrar información para el análisis de la entidad con un enfoque en sus procesos, con el propósito de satisfacer necesidades y expectativas de los ciudadanos en el marco de sus objetivos institucionales. Así pues, a través de la Resolución Gerencial N° 064-2021-GM/MPP de fecha 26 de julio de 2021, se aprobó el Mapa de Procesos Nivel 0 y 1 de la Municipalidad Provincial de Piura;

Que, a través de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM/SGP de fecha 17 de abril de 2020, se aprobaron los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”. Asimismo, con Resolución de Secretaria de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP, de fecha 14 de septiembre del 2020, se aprueban los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones – MOP;

Que, a través de la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM-SGP de fecha 28 de diciembre de 2020, se aprobó la “Norma Técnica Nº 001-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades” con la finalidad de facilitar que estas se organicen de la mejor manera y respondan a las necesidades de la población de su jurisdicción; la misma, que es de aplicación a las municipalidades provinciales y distritales, en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia;

Que, mediante Informe N° 151-2023-OyMI-GTySI/MPP de fecha 04 de julio de 2023, la Oficina de Organización y Métodos de Información alcanza la propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Piura y su respectivo Informe Técnico Sustentatorio con la finalidad de que sea elevado a la Alta Dirección y se disponga el trámite de aprobación por el Pleno del Concejo. Lo anterior a fin de: i) Formalizar una Estructura Orgánica moderna y enmarcada en el cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los “Lineamientos de Organización del Estado”, y sus modificatorias, y ii) establecer las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, y sus relaciones de dependencia; de manera que la aprobación de este documento garantice una ordenada y efectiva gestión que acerque a la entidad al logro de sus objetivos institucionales, así como logar una mejora en la atención de los servicios que demanda la población;

Que, mediante Proveído S/N de fecha 07 de julio de 2023, la Gerencia de Planificación y Desarrollo deriva a Gerencia Municipal el expediente de aprobación de la propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Piura y su respectivo Informe Técnico Sustentatorio, para continuar con el trámite correspondiente ya que cuenta con informe técnico sustentatorio de la oficina competente;

Que, mediante Informe N° 1434-2023-GAJ/MPP, de fecha 22 de agosto de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que se debe continuar con el trámite para la aprobación, para lo cual se debe remitir a la Comisión de Planificación y Desarrollo para la emisión del Dictamen que corresponda y posteriormente sea elevado al Pleno del Concejo, para que conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, determine lo pertinente;

Que, mediante Dictamen Nº 011-2023-CPYDEL-CEYA/MPP, de fecha 13 de septiembre de 2023, de la Comisión Mixta integrada por la Comisión de Planificación y Desarrollo Económico Local y por la Comisión de Economía y Administración RECOMIENDA al Concejo Municipal aprobar la Ordenanza que aprueba la propuesta de actualización del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Piura.

Que, sometido a consideración de los señores regidores la recomendación de la Comisión Mixta integrada por la Comisión de Planificación y Desarrollo Económico Local y por la Comisión de Economía y Administración, a través del Dictamen Nº 011-2023-CPYDEL-CEYA/MPP, en la Sesión Ordinaria Nº 20-2023, de fecha 06 de octubre de 2023 mereció su aprobación por Unanimidad, por lo que en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;

SE ORDENA:

Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA; que consta de tres (03) Títulos, doce (12) Capítulos, y ciento sesenta y seis (166) artículos; y que contiene como Anexo Nº 01: Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Piura y Anexo N° 02: Organigrama de la Municipalidad Provincial de Piura.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Personal la elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Municipalidad Provincial de Piura, de acuerdo a la estructura orgánica contenida en el Anexo 01; y el trámite correspondiente para su aprobación.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal aprobar el Plan de Implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Piura, en un plazo máximo de (15) días hábiles posteriores a la publicación de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- La implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Piura debe ser ejecutada en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, luego de publicación de la presente Ordenanza.

Artículo Quinto.- La implementación de la presente Ordenanza se efectúa con cargo al presupuesto institucional de la Municipalidad Provincial de Piura.

Artículo Sexto.- DEROGAR la Ordenanza Nº 362-00-CMPP, así como toda norma que se oponga a la presente Ordenanza, a partir de la implementación de esta última.

Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificación y Desarrollo, a la Oficina de Organización y Métodos de Información, a la Oficina de Personal y a las unidades de orgánicas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza, en el extremo de sus atribuciones y facultades.

Articulo Octavo.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el diario oficial de avisos judiciales de la Provincia, de acuerdo a lo prescrito en el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades: asimismo, les Anexos se publicarán en el portal institucional de la Municipalidad Provincial del Piura), de conformidad con lo establecido por los artículos 3° numerales 3.1); 3.2); y, 4” del Decreto Supremo N° 004-2008-PCM y artículo 1º de la Ley N° 29091.

Artículo Noveno.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Articulo Décimo.- DAR CUENTA al Despacho de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificación y Desarrollo, a la Gerencia de Tecnologías y Sistemas de Información, a la Gerencia de Administración, a la Oficina de Organización y Métodos de la Información, a la Oficina de Personal, y todas las unidades de organización correspondientes, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JUAN FRANCISCO CEVALLOS LÓPEZ

Alcalde (e)

2227068-1