ley nº 31897

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DEROGA LA LEY 31876, LEY QUE REGULA EL PROCESO DE EJECUCIÓN

DE OBRAS POR ADMINISTRACIÓN

DIRECTA A NIVEL NACIONAL

Artículo único. Derogación de la Ley 31876, Ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional

Se deroga la Ley 31876, Ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional, y se deja sin efecto toda norma que esté en concordancia con dicha ley.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA

Única. Aplicación transitoria de la Resolución de Contraloría 195-88-CG

A partir de la entrada en vigor de la presente ley, se aplica de forma transitoria la Resolución de Contraloría 195-88-CG, referida a normas que regulan la ejecución de obras públicas por administración directa.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los diez días del mes de octubre de dos mil veintitrés.

ALEJANDRO SOTO REYES

Presidente del Congreso de la República

ARTURO ALEGRÍA GARCÍA

Primer Vicepresidente del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2225694-1