ley nº 31897
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DEROGA LA LEY 31876, LEY QUE REGULA EL PROCESO DE EJECUCIÓN
DE OBRAS POR ADMINISTRACIÓN
DIRECTA A NIVEL NACIONAL
Artículo único. Derogación de la Ley 31876, Ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional
Se deroga la Ley 31876, Ley que regula el proceso de ejecución de obras por administración directa a nivel nacional, y se deja sin efecto toda norma que esté en concordancia con dicha ley.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única. Aplicación transitoria de la Resolución de Contraloría 195-88-CG
A partir de la entrada en vigor de la presente ley, se aplica de forma transitoria la Resolución de Contraloría 195-88-CG, referida a normas que regulan la ejecución de obras públicas por administración directa.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los diez días del mes de octubre de dos mil veintitrés.
ALEJANDRO SOTO REYES
Presidente del Congreso de la República
ARTURO ALEGRÍA GARCÍA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2225694-1