Disponen la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)” y su Exposición de Motivos

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 217-2023-PCM

Lima, 11 de octubre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14 de la Constitución Política del Perú señala que es deber del Estado promover el desarrollo científico y tecnológico del país;

Que, la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI), tiene por objeto crear y normar el SINACTI y regular los fines, funciones y organización del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC); para impulsar, promover, fortalecer y consolidar las capacidades de ciencia, tecnología e innovación del país, para contribuir a su desarrollo sustentable y al bienestar de su población;

Que, mediante el artículo 3 de la Ley Nº 31250, se crea el SINACTI como un sistema funcional del Poder Ejecutivo, con el objeto de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de ciencia, tecnología e innovación (CTI), articulando las diversas actividades e intervenciones de las entidades de la administración pública; y, para promover las actividades de las empresas, organizaciones de la sociedad civil, la academia y los ciudadanos, orientadas a alcanzar los objetivos del país en el ámbito de la CTI;

Que, el artículo 4, concordante con el artículo 14 de la Ley Nº 31250, dispone que el CONCYTEC, organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, es el ente rector del SINACTI, constituyéndose en la autoridad técnico-normativa, en el ámbito nacional, sobre la materia;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31250, dispone que el Poder Ejecutivo aprueba y publica el reglamento de dicha ley, a propuesta del CONCYTEC;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, regula el principio de participación y transparencia, según el cual, las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley. Para ello, las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley;

Que, asimismo, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, prescribe que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; precisando que, dichas entidades permitirán que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

Que, bajo dicho marco normativo, el CONCYTEC ha elaborado el proyecto de “Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)” y propone su publicación;

Que, en ese sentido, resulta necesario disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)” y de su respectiva Exposición de Motivos, por un plazo de diez (10) días calendario, con la finalidad de recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI); el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de la Ley Nº 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SINACTI)” y de su respectiva Exposición de Motivos, en la sede digital del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC (https://www.gob.pe/institucion/concytec/normas-y-documentos).

Artículo 2.- Establecer el plazo de diez (10) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, para recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas y/o privadas y de la ciudadanía en general; las mismas que deben ser presentadas en la Mesa de Partes del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC (mesadepartes@concytec.gob.pe) o remitidas a la dirección electrónica comentariossinacti@concytec.gob.pe.

Artículo 3.- Encargar al Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones que se presenten.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2224196-1