Ordenanza Municipal que aprueba procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Paracas
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 017-2022-MDP-CM
Paracas, 24 de noviembre del 2022
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PARACAS
POR CUANTO:
El concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Paracas en Sesión Ordinaria de fecha 23 de noviembre del 2022; y
VISTO:
El, informe N° 423-2022-MDP/GM, emitido por la Gerencia Municipal, Informe N° 428-2022-AL/MDP de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Informe N° 179-2022-OPM-OGPP/MDP e Informe N° 185-2022-OPM-OGPP/MDP de la Oficina de Planeamiento y Modernización, respecto a la aprobación del texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, de la Municipalidad Distrital de Paracas y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional-Ley N° 27680, los gobiernos locales tienen la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, conforme a Ley;
Que, el marco jurídico que regula, la formulación, aprobación, difusión y aplicación del TUPA, está constituido, principalmente, por la Ley de Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444 y los Lineamientos para Elaboración y aprobación del TUPA, aprobado con Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 005-2018-PCM-SGP;
Que, el numeral 40.1 del Artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General-Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA;
Que, en los numerales 44.2 y 44.3 del Artículo 44° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, establecen la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el Diario Oficial El Peruano, y el TUPA así como la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario oficial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal institucional;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 005-2018-PCMSGP, el órgano responsable de la elaboración de los instrumentos de gestión o el que haga sus veces, se encuentra a cargo del proceso de elaboración y formulación del TUPA, correspondido a la Oficina de Asesoría Jurídica de la entidad o quien haga sus veces, garantizar que en el TUPA se consigne la base legal de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la entidad;
Que, mediante Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 004-2018-PCM/SGP se aprueban los nuevos formatos del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aplicable a todas las entidades de la administración pública;
Que, la Ley 27972-Ley Orgánica de Municipalidades - en su artículo 40° establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria de las municipalidades distritales, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificadas por la respectiva Municipalidad Provincial.
Que, con el Informe N° 179-2022-OPM-OGPP/MDP de la Oficina de Planeamiento y Modernización, remite el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, de la Municipalidad Distrital de Paracas.
Que, mediante Informe N° 428-2022-AL/MDP de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Opinión Favorable sobre el Proyecto de TUPA, presentado por la Oficina de Planeamiento, debiendo cumplir con la aprobación del Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Paracas, y ser presentada por la Municipalidad Provincial de Pisco, para iniciar el procedimiento de ratificación;
Que, a través del Informe N° 423-2022-MDP/GM, emitido por la Gerencia Municipal, emite su conformidad respecto a los procedimientos administrativos, los servicios prestados en exclusividad, costos y derechos determinados, sustentados en las estructuras de costos correspondientes, contenidos en el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos, remitido de conformidad con lo establecido en el Artículo 17° numeral 17.2.1 de los lineamientos para la Elaboración y Aprobación del TUPA aprobado por Resolución de Secretaria de Gestión Publica N° 005-2018-PCM-SGP.
Que, con el Informe N° 185-2022-OPM-OGPP/MDP, de la Oficina de Planeamiento y Modernización, recomienda la aprobación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Distrital de Paracas, así como los derechos de tramite propuestos en dicho proyecto. En tal sentido, remite adjunto el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos y el Informe Técnico de Texto Único de Procedimientos Administrativos y el Informe Técnico del Texto Único de Procedimientos Administrativos, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas aprobadas por la Secretaria de Gestión Publica de la Presidencia del Concejo de Ministros; para que sea elevado del Pleno de Concejo Municipal para su aprobación;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9° y el Articulo 40° de la Ley N° 27972 — Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de comisiones y del trámite lectura y Aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACION CONTENIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS-TUPA DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PARACAS
Artículo Primero.- Aprobación de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad
APRUÉBENSE los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y costos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA que figura en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Aprobación de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA.
APRUÉBENSE los 178 derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, conforme a la relación que se detalla a continuación:
Artículo Tercero.- Aprobación del TUPA
APRUÉBESE el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Paracas, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación aprobados, y que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- Exigibilidad de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad contenido en el TUPA.
DISPÓNGASE que los derechos de tramitación a lo que se hace referencia al artículo segundo, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo que los ratifique y de la presente ordenanza.
Artículo Quinto.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley N° 29090.
Los procedimientos vinculados a autorizaciones y licencias para realización de habilitaciones urbanas y edificaciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones-Ley N° 29090, y modificatorias, así como el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA.
Artículo Sexto.- Adecuación de los procedimientos administrativos estandarizados.
PRECÍSESE que los procedimientos administrativos vinculados con Licencia de Funcionamiento, se encuentran adecuados al Decreto Supremo N° 200-2020-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y Licencia Provisional de Funcionamiento para Bodegas.
Asimismo, los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vinculados a Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, se encuentran adecuados al Decreto Supremo N° 043-2021-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones de competencia de gobiernos locales.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional de las estructuras de los costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zonificación e índice de usos (compatibilidad de usos), esto último con la finalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento.
Artículo Sétimo.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley N° 29022.
PRECÍSESE que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para instalación de infraestructura de telecomunicaciones se encuentren adecuados a la Ley N° 29022, su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MTC, y modificatorias.
En cumplimiento de las formalidades previstas en las citadas normas, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional o en el Diario Oficial El Peruano y/o uno de mayor circulación nacional, las estructuras de costos que sustenten la determinación del importe de las tasas que cobren de los procedimientos de telecomunicaciones.
Artículo Octavo.- Adecuación al Decreto Supremo N° 164-2020-PCM
PRECÍSESE que el procedimiento administrativo “Acceso a la Información Publica creada u obtenida por la Entidad, que se encuentre en posesión o bajo su control” se encuentra adecuado a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, “que aprueba el proceso de procedimiento administrativo estandarizado de Acceso a la Información Publica creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control”, en lo referido a los requisitos, plazos, derechos de tramitación y demás aspectos.
Artículo Noveno.- Disponibilidad de la Información
La presente Ordenanza, el anexo TUPA y el Acuerdo ratificatorio estarán disponibles en el portal web de la municipalidad.
Artículo Décimo.- Publicidad
La presente Ordenanza y el Acuerdo ratificatorio serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario Oficial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el portal Institucional de la Municipalidad.
Artículo Décimo Primero.- Vigencia
La presente Ordenanza y las partes que la integran, entraran en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo que la ratifique y de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes.
Artículo Décimo Segundo.- DERÓGUESE toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo Décimo Tercero.- FACÚLTESE a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Paracas, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe los formatos y formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, los mismos que serán de distribución gratuita o de libre reproducción.
Artículo Décimo Cuarto.- ENCARGAR el fiel cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Paracas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ROSARIO RAMIREZ GAMBOA
Alcaldesa
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
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