Modifican el Decreto de Alcaldía N° 006, para institucionalizar los “Pasacalles de Lima”, que se realizará todos los sábados y domingos, por las distintas calles de Lima Metropolitana

DECRETO DE ALCALDÍA N° 018

Lima, 6 de octubre de 2023

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

VISTOS: El Memorando N° D000767-2023-MML-GC-SPCAEMB de la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas; el Memorando N° D000599-2023-MML-GC de la Gerencia de Cultura; el Informe N° D000672-2023-MML-OGAJ de la Oficina General de Asuntos Jurídicos; el Memorando N° D001956-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante Ley N° 27972), establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 8 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho a la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa;

Que, el artículo 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal.; asimismo, el numeral 6 del artículo 20 de la misma Ley señala que son atribuciones del alcalde: (…) 6. Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;

Que, el numeral 19 del artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dentro de sus competencias y funciones, las municipalidades en materia de educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación, entre otras, la siguiente: “Promover actividades culturales diversas”;

Que, el subnumeral 3.2 del numeral 3 del artículo 159 de la Ley N° 27972, Le Orgánica de Municipalidades establece que son competencias y funciones de la alcaldía metropolitana, en materia educativa, cultural y recreacional, promover actividades artísticas y culturales;

Que, a través del Decreto de Alcaldía N° 006 del 18 de abril de 2023, se institucionalizó el “Pasacalle Dominical”, que se viene realizando los domingos por las distintas calles de Lima Metropolitana, desde el 30 de abril del presente año;

Que, a través del Memorando N° D000767-2023-MML-GC-SPCAEMB del 20 de septiembre de 2023, la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas, remite el Informe N° D000146-2023-MML-GC-SPCAEMB-APC del 20 de septiembre de 2023, a través del cual el Área de Promoción Cultural señala que ha revisado y evaluado una propuesta de modificación del Decreto de Alcaldía N° 006-2023 y considera esencial priorizar una propuesta de modificación al decreto para poder institucionalizar los días sábados y domingos los Pasacalles de Lima, señalando además que los objetivos planteados para los “PASACALLES DE LIMA” son:

- Consolidar el acervo cultural a través de eventos artísticos culturales y celebraciones que fomenten la convivencia de paz y ciudadanía.

- Promover nuestra identidad y fortalecer nuestra ciudadanía.

- Mantener vivas las costumbres de la mano de los ciudadanos y ciudadanas.

Que, a través del Memorando N° D000599-2023-MML-GC del 20 de septiembre de 2023, la Gerencia de Cultura hace suyo el Informe N° D000167-2023-MML-GC-AL del 20 de septiembre de 2023, mediante el cual el Área Legal señala que es legalmente viable que, mediante decreto de alcaldía, se institucionalice la actividad “Pasacalles de Lima”, según la propuesta de la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas;

Que, el artículo 130 del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2537 señala que la Gerencia de Cultura es el órgano de línea responsable de formular, dirigir, administrar, promover, ejecutar y evaluar las actividades en materia de cultura, así como expresiones culturales y artísticas de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

Que, el artículo 44 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los decretos de alcaldía deben ser publicados en el Diario Oficial El Peruano en el caso de todas las municipalidades de la provincia de Lima; por lo que corresponde encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, disponer la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario El Peruano;

Que, la Oficina General de Asuntos Jurídicos a través del Informe Nº D000672-2023-MML-OGAJ, del 29 de septiembre de 2023, concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente modificar el Decreto de Alcaldía N° 006 del 18 de abril de 2023, para institucionalizar los “Pasacalles de Lima”, que se realizará todos los sábados y domingos, por las distintas calles de Lima Metropolitana;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y por las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos primero y segundo del Decreto de Alcaldía N° 006 del 18 de abril de 2023, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR los “Pasacalles de Lima”, que se realizará todos los sábados y domingos, por las distintas calles de Lima Metropolitana.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Cultura la organización de los “Pasacalles de Lima”.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación del presente Decreto Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Tercero.- Disponer que el presente Decreto de Alcaldía entre en vigencia a partir del día 13 de octubre de 2023

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2223923-1