Declaran el tercer domingo del mes de octubre de cada año, como “El Día del Chancho al Palo”

resolución ministerial

N° 0336-2023-MIDAGRI

Lima, 5 de octubre de 2023

VISTOS:

El Oficio Nº 406-2023-MIDAGRI-DVDAFIR-DGDG, de fecha 07 de agosto de 2023, el Informe Legal Nº 47-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-ROMR de la Dirección General de Desarrollo Ganadero, por el cual se propone establecer el “Día del Chancho al Palo”; y el Informe Nº1640-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, es el organismo del Poder Ejecutivo que diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, la población de cerdos en el Perú al 2020 fue de 3.26 millones (MIDAGRI, 2020); siendo las regiones con mayor población Lima (14.4%), Huánuco (12.3%) y Cajamarca (8.8%). La producción nacional de cerdos al 2020 fue 169,805 toneladas, la cual creció a una tasa promedio anual de 4.2%, en el último decenio. Teniendo como un aporte al Valor Bruto de la Producción Agropecuaria de 2.1%. Las regiones más productoras son Lima (43.2%), La Libertad (11.2%) y Arequipa (6.7%);

Que, en el Perú, la carne de cerdo es la tercera más consumida después del pollo y el vacuno. Durante el 2020, el consumo per cápita de carne de porcino alcanzó a 5.6 kg/hab/año; y durante los últimos 10 años, el consumo de carne de cerdo ha tenido un crecimiento a una tasa anual de 3.9%. Adicionalmente a lo expuesto, existen seiscientos mil pequeños productores rurales que representan el 80% de las unidades agropecuarias que se dedican a la crianza porcina en el país;

Que, el Plan Estratégico Sectorial Multianual Actualizado - PESEM 2015-2021 (Diciembre 2016) del Sector Agricultura y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0602-2016-MINAGRI, ampliado al 2027 por Resolución Ministerial N° 0166-2022- MINAGRI, define como Objetivo Estratégico 2: “Incrementar la productividad agraria y la inserción competitiva a los mercados nacionales e internacionales”;

Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 91 de la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - ROF MIDAGRI, la Dirección General de Desarrollo Ganadero - DGDG, es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos ganaderos, su acceso al mercado nacional e internacional, así como promover la oferta de productos ganaderos nacional con valor agregado, competitiva y sostenible, incluyendo la reconversión productiva, en concordancia con la normativa vigente y en coordinación con los Sectores e Instituciones competentes en la materia;

Que, mediante Carta N° 010-2023-AH, la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afines de la provincia de Huaral – AHORA HUARAL, solicita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establecer el tercer domingo del mes de octubre de cada año, como “El Día del Chancho al Palo”, para lo cual adjunta antecedentes normativos de alcance local y regional, que ya han establecido la celebración de dicho plato peruano en la referida fecha;

Que, mediante el documento del Visto, la citada Dirección General remite el Informe Legal Nº 47-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/DGDG-ROMR, el cual señala que la mencionada solicitud constituye un mecanismo de promoción de las cadenas productivas asociadas a la crianza y comercialización de la carne de cerdo, al vincular dicho plato al patrimonio inmaterial de nuestro país, constituido también por nuestra gastronomía;

Que, el referido Informe, destaca también el fomento a las pequeñas, medianas y grandes empresas, ya que existe un segmento específico, en la cadena de negocios asociados a la culinaria nacional, dedicada a la venta de este plato, resultando necesario destacar de acuerdo a los antecedentes que acompañan la solicitud, que el mismo viene ocupando el primer lugar en ventas, y por lo tanto en las preferencias, de los comensales peruanos en eventos culinarios de prestigio, como es el caso de las ferias culinarias de prestigio internacional MISTURA y PERÚ MUCHO GUSTO;

Que, la referida declaratoria, no solo incide de manera favorable en el ámbito del Sector Desarrollo Agrario y Riego, pues favorece también a las cadenas productivas vinculadas a los sectores Cultura, Comercio Exterior y Turismo, Producción, así como Trabajo y Promoción del Empleo, por el nivel de empleabilidad laboral y creación de fuentes de trabajo asociadas, que parten desde la cadena primaria de la carne de cerdo hasta la puesta en la mesa del referido plato, a partir de lo cual establecer el “Día del Chancho al Palo”, resulta meritorio;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Secretario General, del Director General de la Dirección General de Desarrollo Ganadero y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar el tercer domingo del mes de octubre de cada año, como “El Día del Chancho al Palo”, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Notifíquese la presente Resolución Ministerial a la Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afines de la provincia de Huaral - AHORA HUARAL.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (https://www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ

Ministra de Desarrollo Agrario y Riego

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