Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 486-MDC, que otorgó beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 15-2023-A/MDC

Carabayllo, 27 de setiembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO

VISTOS: el Informe Nº470-2023-SGREC-GATR-MDC de fecha 14 de setiembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva; El Informe Nº 102-2023-GATR-MDC, de fecha 15 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal N°472-2023-GAJ/MDC, de fecha 26 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorando N°1924-2023-GM/MDC, de fecha 26 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº486-MDC; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº486-MDC, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de agosto de 2023, se otorgaron beneficios para el pago de las deudas tributarias y multas administrativas en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo, estableciéndose como fecha de término de la misma, el 30 de setiembre de 2023;

Que, la Sexta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº486-MDC, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para disponer su prórroga;

Que, con Informe Nº 102-2023-GATR-MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, indica que es política de la actual gestión otorgar a los vecinos del distrito las facilidades que corresponden para lograr el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la finalidad de reducir la alta tasa de morosidad y que permita a la administración sostener lo recursos a fin de lograr mejoras para el Distrito de
Carabayllo;

Que, mediante Informe Legal N°472-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N°486-MDC, por encontrarse conforme a ley; y, mediante el Memorando N° 1924-2023-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para la emisión del Decreto correspondiente;

Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de noviembre de 2023, la vigencia de la Ordenanza Nº486-MDC, que otorgó beneficios tributarios y administrativos en el distrito de Carabayllo.

Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, conforme a ley.

Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, respectivamente; asimismo, encargar a la Secretaria General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el diario Oficial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PABLO MENDOZA CUEVA

Alcalde

2221313-1