Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 694-2023-MDJM que aprobó incentivos tributarios en el distrito de Jesús María.

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 09-2023-MDJM

Jesús María, 29 de septiembre de 2023

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

JESÚS MARÍA

VISTO: El Informe Nº 161-2023-MDJM-GAT-SGRTEC de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoria Coactiva, el Informe Nº 0007-2023-MDJM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Proveído Nº 1157-2023-MDJM/GM de la Gerencia Municipal y el Informe Nº 045-2023-MDJM-OGAJRC de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma de Constitucional, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el segundo párrafo del artículo 39 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;

Que, el artículo 29 del Texto Único del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013- EF y sus modificatorias, dispone que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, mediante Ordenanza Nº 694-2023-MDJM, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 12 de agosto de 2023, se aprobó los incentivos tributarios de carácter temporal, en el distrito de Jesús María;

Que, de acuerdo a la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final de la referida Ordenanza, el plazo para acogerse a los beneficios que concede vence el 31 de agosto del 2023 con relación a los descuentos.

Que, la Séptima de la Disposición Transitoria Complementaria y Final de la mencionada Ordenanza faculta al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la misma, así como la prórroga de su vigencia;

Qué, en ese contexto, mediante Decreto de Alcaldía Nº 06-2023-MDJM de fecha 31 de agosto del 2023, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 694-2023-MDJM, hasta el 29 de septiembre de 2023;

Qué, de acuerdo a lo informado por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva a través del Informe 161-2023-MDJM-GAT-SGRTEC, resulta necesario prorrogar el plazo de vigencia de los incentivos tributarios aprobados a través de la citada ordenanza, a fin de reducir los índices de morosidad y otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que deseen cancelar sin intereses moratorios y gastos y costas;

Estando a lo expuesto y conforme a lo informado por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Ejecutoría Coactiva, con el visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, la opinión legal procedente de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Registro Civil y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias;

DECRETA:

Artículo Primero.- Prorrogar, hasta el 31 de octubre de 2023, el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 694-2023-MDJM, ordenanza que aprueba incentivos tributarios en el distrito de Jesús María.

Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de alcaldía, a la Gerencia de Administración Tributaria y sus unidades orgánicas, así como a las demás que resulten competentes.

Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General su publicación en el diario oficial “El Peruano”, y a la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación en el portal institucional de la municipalidad distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES

Alcalde

2220353-1