Prorrogan nombramientos y/o designaciones de personal fiscal que ocupan provisionalmente plazas fiscales materia de diversas resoluciones

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

N° 2457-2023-MP-FN

Lima, 28 de setiembre de 2023

VISTO Y CONSIDERANDO:

Mediante Resoluciones de la Junta de Fiscales Supremos Nos. 175 al 187-2022-MP-FN-JFS, todas de fecha 16 de diciembre de 2022, se prorrogaron las vigencias de las plazas fiscales transitorias existentes, a partir del 01 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2023.

La Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno.

El oficio N° 361-2023-MP-FN-1°FSUPR.P, cursado por la Primera Fiscalía Suprema Penal, oficio N° 668-2023-MP-FN-2°FSUPR.P, remitido por la Segunda Fiscalía Suprema Penal, oficio N° 382-2023-MP-FN-FSTEDCFP, suscrito por la Primera Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, oficio N° 508-2023-MP-FN-2°FSTEDCFP, cursado por la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos, oficio N° 316-2023-MP-FN-DC, cursado por la Coordinación del Área Especializada en Denuncias Constitucionales, oficios Nos. 4077 y 4234-2023-ANC-MP-J, remitidos por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, oficio N° 1695-2023-MP-FN-FSCNFEED, suscrito por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Extinción de Dominio, oficio N° 4125-2023-MP-FN-CN-FEVCMYGF, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, oficio N° 777(A)-2023-MP-FN-FSCN-FECCO, suscrito por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, oficios Nros. 739 y 825-2023-MP-FN-UFEC, remitidos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, oficios Nos. 2495 y 2501-2023-FSCEE-MP-FN, suscritos por la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales, conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 5050-2016-MP-FN, de fecha 26 de diciembre de 2016, informe N° 265-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, remitido por la Coordinación del Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, informe Nos. 260 y 278-2023-MP-FN-CFSN-FPS-DHI, suscritos por la Coordinación de la Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos e Interculturalidad, oficios Nros. 1640 y 1644-2023-MP-FN-FSCN-FEDTP, remitidos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, oficio N° 258-2023-MP-FN-CFSPN-FPS-DTC, cursado por la Coordinación Nacional de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Delitos de Terrorismo y delitos conexos, oficios Nos. 13430, 13438, 13755 y 14053-2023-MP-FN-FSNCEDCF, remitidos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, oficios Nos. 4411, 4412 y 4661-2023-FSCN-FISLAA-MP-FN, suscritos por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, oficios Nros. 1043 y 1058-2023-FSC-EFICCOP-MP-FN, cursados por el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción del Poder, oficios Nos. 313-2023-MP-FN-DC y 468-2023-MP-FN-AEIYDC, remitidos por el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, oficio N° 2427-2023-MP-FN-CN-FEMA, suscrito por la Coordinación de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental a nivel nacional, oficio N° 2701-2023-MP-FN-CN-FISPREV, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, oficios Nos. 3372 y 3413-2023-MP-FN-OCE-FEDTID, suscrito por la Oficina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico Ilícito de Drogas, oficio N° 1827-2023-MP-FN-PJFSAMAZONAS, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas; oficio N° 2163-2023-MP-FN-PJFSANCASH, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash, oficios Nos. 1082 y 1085-2023-MP-FN-PJFSAPURIMAC, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, oficios Nos. 651 y 652-2023-MP-FN-PJFS AREQUIPA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, oficio N° 2775-2023-MP-FN-PJFSAYACUCHO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, oficio N° 1071-2023-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, oficio N° 2524-2023-MP-FN-PJFSCALLAO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, oficio N° 1623-2023-MP-FN-PJFSCAÑETE, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cañete, oficio N° 2113-2023-MP-FN-PJFSCUSCO, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, oficio N° 1557-2023-MP-FN-PJFSHUANCAVELICA, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huancavelica, oficio N° 5020-2023-MP-FN-PJFSHUANUCO, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, oficios Nos. 3091 y 3101-2023-MP-FN-PJFSHUAURA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huaura, oficio N° 1770-2023-MP-FN-PJFSICA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, oficio N° 2976-2023-MP-FN-PJFSJUNIN, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Junín, oficio N° 3092-2023-MP-FN-PJFSLALIBERTAD, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, oficio N° 3447-2023-MP-FN-PJFS-LAMBAYEQUE, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lambayeque, oficio N° 8863-2023-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, oficio N° 5325-2023-MP-FN-PJFSLIMANORTE, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, oficio N° 4025-2023-MP-FN-PJFSLIMASUR, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, oficio N° 5701-2023-MP-FN-PJFS-DFLE, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, oficio N° 2412-2023-MP-FN-PJFSLIMANOROESTE, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, oficios Nos. 4961 y 5010-2023-MP-FN-PJFSLORETO, remitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, oficios N° 2252-2023-MP-FN-PJFSMADREDEDIOS, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Madre de Dios, oficios Nos. 1517 y 1519-2023-MP-FN-PJFSMOQUEGUA, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Moquegua, oficio N° 1520-2023-MP-FN-PJFSPASCO, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco; oficio Nos. 2194 y 2477-2023-MP-FN-PJFSPIURA, suscritos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura; oficios Nos. 2721, 2722 y 2810-2023-MP-FN-PJFSPUNO, remitidos por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno; oficios Nos. 5616 y 5668-2023-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, cursados por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín; oficio N° 2907-2023-MP-FN-PJFSSANTA, suscrito por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal Del Santa; oficio N° 1763-2023-MP-FN-PJFSSELVACENTRAL, oficio N° 1609-2023-MP-FN-PJFSSU, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Sullana, el oficio N° 2086-2023-MP-FN-PJFSTACNA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, oficio N° 854-2023-MP-FN-PJFSTUMBES, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tumbes, oficio N° 1377-2023-MP-FN-PJFSUCAYALI, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ucayali, mediante los cuales solicitan la prórroga de nombramientos y/o designaciones del personal fiscal de los diferentes Distritos Fiscales a nivel nacional.

El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley N° 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo o plaza específica sobre la base del desempeño, experiencia y otros.

Según el numeral 64.2 de la ley N° 30483, también modificada mediante Ley N° 31718, establece que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fiscales tiene naturaleza temporal.

La Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal; se hace oportuno, en mérito al marco normativo señalado y en virtud a los requerimientos señalados en el tercer párrafo, prorrogar los nombramientos y/o designaciones del personal fiscal que ocupan provisionalmente plazas fiscales materia de las Resoluciones citadas en el primer párrafo, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023; y, del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2023, según corresponda; salvo que algún magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por la Ley N° 31718.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de los nombramientos y/o designaciones de los Fiscales Adjuntos Supremos, que a continuación se detallan, a partir del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla:

• JAVIER WILFREDO HUAMANI MUÑOZ

• CAROL ROSA CUBA PERALTA

Artículo Segundo.- Prorrogar la vigencia de los nombramientos y/o designaciones de la Fiscal Superior, que a continuación se detalla, a partir del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla:

• LUCIA ROSARIO DIAZ CARRANZA

Artículo Tercero.- Prorrogar la vigencia de los nombramientos y/o designaciones de los Fiscales Adjuntos Superiores, que a continuación se detallan, a partir del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla:

• GISELA ASTOCONDOR SALAZAR

• SEVERO RICARDO SILVA VASQUEZ

• MICAELA EDITH YUPANQUI ADUVIRI

• ETHEL CAROLINA GOMEZ PAUCAR

• HENRY RAMIRO TORRES DIANDERAS

Artículo Cuarto.- Prorrogar la vigencia de los nombramientos y/o designaciones de los Fiscales Provinciales, que a continuación se detallan, a partir del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla:

• VICKY MILAGROS CAICHIHUA CASTRO

• ANA KARINA NUÑEZ IZAGUIRRE

• EDGARDO GRANADA OQUENDO

• OSCAR RAFAEL GUEVARA VILLAJUANA

• CARMEN GABRIELA LAGOS FAYDEL

• IVAN SOTO PAREJA

• CARLOS MARCIAL CASTAÑEDA CORREA

• JOSE LUIS COMPA QUISPE

• JUAN ANDRES CHIRINOS CASTRO

Artículo Quinto.- Prorrogar la vigencia de los nombramientos y/o designaciones de los Fiscales Adjuntos Provinciales, que a continuación se detallan, a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla:

• ALEJANDRO ROBERTO CRUZ CONDEMARIN

• MARINA ISABEL PORTILLA DE LA PEÑA

Artículo Sexto.- Prorrogar la vigencia de los nombramientos y/o designaciones de los Fiscales Adjuntos Provinciales, que a continuación se detallan, a partir del 01 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fiscales o se presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de acuerdo con la normatividad vigente, conforme se detalla:

• RUBEN JUAN GUTIERREZ HUAMAN

• KATTY MARINA LANAZCA VARGAS

• ISABEL DEL AGUILA RUIZ

• URIEL JUNIOR ABARCA OLAZABAL

• MANUEL EDUARDO APOLO CASARIEGO

• EDITH LUZ HOLGADO VERA

• PATRICIA JOSSELYN ESPEJO CRUZ

• CHRISTIAN IVAN PEREZ MENDIZABAL

• KAREN JOSELYN TORRES GODOY

• JUAN FRANCISCO QUISPE SOTELO

• REYNALDO ALMONACID ZAMUDIO

• CAROLINA JAZMIN HUAMAN CLIMACO

• JULIO ARTURO CUPE GONZALES

• ROCIO MILAGROS QUISPE APAZA

• GABRIELA ROXANA PEÑA CALDERÓN

• DACIO RUBEN FELLES ISIDRO

• JOSE ANDRE CASTILLO SALCEDO

• CESAR ALEXANDER ALVAREZ CASTILLO

• MARILYN  SAMANIEGO JIMENEZ

• MERY OFELIA BELLIDO MARROQUIN

• JOSE FEDERICO CIRIACO BUSTILLOS

• ANA KARINA MANRIQUE FARFAN

• JORGE ALEXANDER SALCEDO GUERRERO

• JIMY ALBERTO VARGAS LAVADO

• JUAN MANUEL MONDALGO ROMAN

• ARACELI GUILLERMINA PINARES RICAPA

• SNAYBER AUGUSTO AIRTON LOZADA YAMUNAQUE

• ERIKA MEZA DAMIAN

• KELLY WENDY CABEZAS VILCA

• LINDA PRISSCILLA BOLIVAR DE LA CRUZ

• MARLON EYNER CABRERA PINEDO

• GARY AUGUSTO VELASQUEZ CONDORI

• MEDALY CRISTINA CASTRO BLANCAS

• MARIA DE LOS SANTOS CACERES RODRIGUEZ

• KATHERINE RAMAL GUTIERREZ

• JENNY MERCEDES LOPEZ ROJAS

• ROSA ANTONIA RIVASPLATA ALCA

• TAMARA VERUSHKA TELLO VERDE

• RAMIRO LUCIO RIVEROS GARCIA

• ELIANA GALINDO CAMPOS

• EDDIE MISHAEL VELASQUEZ FLORES

• YANETH YASLIN SOLER SCHULER

• EDISON JESUS MEJIA RIVAS

• GABRIELA FLOR ROSAS SANCHEZ

• MERCEDES KATHERINE IPANAQUE CHOZO

• ROGER ARMAS SANCHEZ

• SONIA HILDA ZEVALLOS MATEO

• GABRIELA SILVA ZAFRA

• SARA MERCEDES RODRIGUEZ HUARACA

• MARCO ANTONIO CARBAJAL VALENCIA

• LILIAN MARTINEZ ILLANES

• JESUS ENGELS DURAN ASPARRIN

• MIGUEL ANGEL BALOIS CRISPIN

• FELICITA MOLINA CORONADO

• DOMINGO CARLOS FLORES CACERES

• PEDRO VEGA RODRIGUEZ

Artículo Séptimo.- Disponer, de ser el caso, las reservas de plazas del personal administrativo y las retenciones de cargo de carrera del personal fiscal cuyo nombramiento fue prorrogado en la presente resolución, conforme la normativa vigente para dicha materia.

Artículo Octavo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalías Supremas, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, Coordinaciones Nacionales, Coordinación general del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1550-2019-MP-FN, Coordinación del Equipo Especial de Fiscales que se avoquen a dedicación exclusiva al conocimiento de las investigaciones con delitos de corrupción de funcionarios y conexos, en los que habría incurrido la empresa ODEBRECHT y otros, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público, Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder, Equipo Especial de Fiscales para casos con víctimas durante las protestas sociales, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y a los fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS

Fiscal de la Nación

2220056-1