Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital Santa Rosa, jurisdicción de la provincia de La Mar, departamento Ayacucho

CONSEJO REGIONAL

Acuerdo de Consejo Regional

Nº 091-2023-GRA/CR

Ayacucho, 7 de setiembre de 2023

EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL

DE AYACUCHO.

POR CUANTO:

El pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 07 de setiembre de 2023, trató y deliberó el Dictamen N° 05-2023-GRA/CR-CPPATGI suscrito por los miembros de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional, por el que propone AUTORIZAR al Gobernador Regional la transferencia financiera de una partida presupuestal de S/ 2 000,000.00 (dos millones con 00/100 soles) a favor del pliego presupuestal 300477 - Municipalidad Distrital de Santa Rosa (MDSR) jurisdicción de la Provincia de La Mar, Departamento de Ayacucho; destinado al co-financiamiento de proyecto u obra de Inversión Pública de Infraestructura de Saneamiento Básico; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modificado por la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal;

Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del máximo órgano de gobierno de la Región Ayacucho, sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo establece el artículo 39° de la citada Ley N° 27867;

Que, en este marco normativo, como resultado de las demandas más sentidas de pobladores y autoridades del distrito de Santa Rosa, jurisdicción de la provincia de La Mar del departamento Ayacucho, se realizó la 1era. Sesión Descentralizada del Consejo Regional el 04 de marzo de 2023, y por ACUERDO UNÁNIME de sus miembros, y mediante artículo tercero del Acuerdo Regional N° 018-2023-GRA/CR de fecha 06 de marzo de 2023 DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO REGIONAL el financiamiento de agua potable y saneamiento en comunidades de Camavenia y San José del distrito de Santa Rosa, provincia La Mar, cuyo expediente técnico se encuentra considerado en la Programación Multianual de Inversiones - Invierte.Pe, con Código Único de Inversión (CUI) N° 2508561 bajo la denominación de “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de agua potable y creación de Unidades Básicas de Saneamiento (UBS) en la comunidad nativa de Camavenia y localidad de San José, del distrito de Santa Rosa-provincia de La Mar-departamento de Ayacucho”;

Que, por Oficio N° 335-2023-MDSR-VRAEM/A de 10 de mayo del 2023, el Alcalde Distrital de Santa Rosa, formaliza ante el Gobernador Regional, su solicitud de cofinanciamiento por un monto de S/ 2 000,000.00 (dos millones con 00/100 soles) y el restante requerido para la conclusión del proyecto u obra de S/ 199,443.55 son asumidos íntegramente por la MDSR en su condición de Entidad Ejecutora de la Inversión (EEI), siendo competente para asumir funciones de saneamiento, salubridad y salud conforme faculta el numeral 4.1 del artículo 80° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y por el principio de subsidiariedad, es la instancia más idónea para atender directamente las necesidades de la población más vulnerable de la zona. Con dicho Oficio N° 335-2023, adjunta la documentación sustentatoria correspondiente, entre ellos el Expediente Técnico, Resolución de aprobación, Resolución de Actualización de Costos, Resumen, Ejecutivo, Plano General, formato 12B, formato 8A; en un total de 1094 folios;

Que, luego de analizados y evaluados la documentación referida en el párrafo precedente, las distintas instancias del Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Ayacucho, declaran PROCEDENTE su atención, con cargo a la anulación de crédito de dos metas habilitadoras 0074 y 0075, que corresponde a los proyectos CUI 2192959 y CUI 2192960, respectivamente; cuya denominación se detalla en la parte resolutiva de la presente norma regional; a razón de S/ 1 600,000.00 y S/ 400,000.00, cada uno; ambos con la fuente de financiamiento 5-Recursos Determinados; Rubro 18 - Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones; montos que acumulan el total de S/ 2 000,000.00 que garantiza el financiamiento de la transferencia financiera solicitada;

Que, el Pleno del Consejo Regional, con la emisión del presente Acuerdo Regional, es apoyar iniciativas que coadyuven a la redistribución de los recursos del CANON con criterio de equidad y eficiencia, que por Ley N° 28541, Ley que crea el Fondo de Desarrollo Socioeconómico del Proyecto Camisea-FOCAM, establece un fondo intangible destinado a contribuir al desarrollo sostenible de los departamentos por donde pasa los ductos principales, mejorando el bienestar de las comunidades involucradas y coadyuvando a la preservación del ambiente y de la ecología; y que precisamente el proyecto CUI N° 2508561 objeto de la presente transferencia financiera, se enmarca al logro de dichos fines y objetivos;

Que, los procedimientos administrativos iniciados, con motivos de la solicitud de cofinanciamiento planteados por la MDSR, cumplen con los requisitos establecidos en los numerales 13.1 y 13.3 del artículo 13°; acápite h) del numeral 16.1, numeral 16.2 y 16.3 del artículo 16° de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023; como es los Gobiernos Regionales pueden efectuar anulaciones con cargo a los recursos de las inversiones y proyectos que se encuentren en etapa de ejecución, para el efecto se requiere opinión favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y/o de la Oficina de Presupuesto de la entidad, o quiénes hagan sus veces; asimismo, las transferencia permitidas durante el año fiscal 2023, y que estén orientadas al financiamiento y cofinanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional (que no es el presente caso), y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias financieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2023, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional, dentro del plazo antes mencionado; y finalmente dispone que las transferencias financieras autorizadas mediante Acuerdo Regional, se requiere el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho acuerdo se publica en el diario oficial El Peruano” (lo del paréntesis, el resaltado y subrayado, es nuestro; con fines de resaltar su importancia);

Que, asimismo, en la aprobación de la presente norma regional, se tiene en cuenta el cumplimiento de lo dispuesto en las directivas y lineamientos complementarios a la Ley Anual de Presupuesto para el 2023, entre ellos la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobado por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; y el Lineamiento N° 2 “Lineamientos sobre modificaciones presupuestarias para la ejecución del gasto de inversiones y en proyectos de las entidades púbicas, con cargo al presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023”;

Que, por otro lado, por Acuerdo Regional N° 143-2022-GRA/CR de fecha 23.DIC.2022, este mismo colegiado con el voto UNÁNIME de sus miembros, aprueba con su artículo primero el Informe de Fiscalización N° 066-2022-GRA/CR-HAAO-RPV “Ejecución de la Transferencia Financiera Años 2019 y 2020, ejecutados por el Gobierno Regional de Ayacucho a favor de los Gobiernos Locales de la Provincia de La Mar”, en cuyo 1er. Considerando (numeral II.6., entre línea 102 al 116) advierte lo siguiente: “La Municipalidad Distrital de Santa Rosa ha incumplido con la liquidación física y financiera por la totalidad del monto transferido de S/ 700,000 a favor del proyecto con código CUI N° 2455802 “Renovación de Unidad de Tratamiento de Agua Potable, en la zona periurbana de Santa Rosa capital del distrito de Santa Rosa” y por el monto transferido de S/ 500,000.00 a favor del proyecto con código CUI N° 2453068 “Mejoramiento y Ampliación de los servicios municipales en la localidad de Santa Rosa, distrito de Santa Rosa-La Mar-Ayacucho”; por lo que con el artículo segundo (del Acuerdo Regional N° 143-2022) se dispone DERIVAR el informe de fiscalización al Gobernador Regional aplique las acciones que corresponda en un plazo de 30 días hábiles; situación, que a la fecha no se evidencia medidas correctivas y de absolución a las observaciones formuladas, conforme da cuenta la Sub Gerencia de Programación e Inversiones del Gobierno Regional Ayacucho;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú; por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias; y por las demás normas aplicables; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros, aprueba el siguiente:

ACUERDO REGIONAL

Artículo Primero.- AUTORIZAR al Gobernador Regional de la Región Ayacucho, la Transferencia Financiera de una partida presupuestal de S/. 2 000,000.00 (Dos millones con 00/100 Soles), a favor del pliego presupuestal 300477-Municipalidad Distrital Santa Rosa, jurisdicción de la provincia de La Mar, departamento Ayacucho; destinado al co financiamiento de la ejecución del proyecto de inversión con código único de inversión (CUI) N° 2508561 denominado: “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de agua potable y creación de Unidades Básicas de Saneamiento (UBS) en la comunidad nativa de Camavenia y localidad de San José, del distrito de Santa Rosa-provincia de La Mar-departamento de Ayacucho”.

Artículo Segundo.- PRECISAR, que la transferencia financiera aprobado por el artículo primero, se efectúa con cargo al Presupuesto de Inversiones del Pliego Presupuestal 444 - Gobierno Regional Ayacucho; con el desagregado siguiente:

DE:

SECCIÓN SEGUNDA: Instancias Descentralizadas.

PLIEGO: 444 - Gobierno Regional Ayacucho.

UNIDAD EJECUTORA: 001-770 Región Ayacucho - Sede Central.

CATEGORÍA PRESUPUESTAL: 0150 - Incremento en el acceso de la población a los servicios educativos púbicos de la educación básica.

PRODUCTO/PROYECTO: 2192959 - Instalación de los servicios de Educación Inicial Escolarizada en los centros poblados de Tahuaccocha, Chullcupampa, Ashaninka Anato, Chongos, Kapashiari, Chinchay, Choqewichqa y San Juan de Parccora; distritos de Huanta, Huamanguilla, Llochegua y Santillana, provincia de Huanta, Región Ayacucho.…………..........S/ 1 600,000.00

PRODUCTO/PROYECTO: 2192960 - Instalación de los servicios de Educación Inicial Escolarizada en las comunidades de Alto Perú, Churia Cucho, Santa Rosa de Soquia, San Martín de Hercomarca, Umaro, Huallhua Chica Inmaculada y Upiray, distritos de Vilcashuamán, Independencia, Vischongo, y Carhuanca, provincia de Vilcashuamán,RegiónAyacucho…………....S/ 400,000.00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 5 - Recursos Determinados.

Rubro: 18 - Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones.

GASTOS DE CAPITAL

Genérica de Gasto: 2.6 - Adquisición de activos no financieros.

TOTAL EGRESO: S/ 2 000,000.00

A:

SECCIÓN SEGUNDA: Instancias Descentralizadas.

PLIEGO: 300477-Municipalidad Distrital Santa Rosa.

CATEGORÍA PRESUPUESTAL: 9002 - Asignaciones Presupuestarias que no Resultan Productos.

PRODUCTO/PROYECTO: 2508561 - Mejoramiento y Ampliación de los servicios de agua potable y creación de Unidades Básicas de Saneamiento (UBS) en la comunidad nativa de Camavenia y localidad de San José, del distrito de Santa Rosa-provincia de La Mar-departamento de Ayacucho...................................................S/ 2 000,000.00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 5 - Recursos Determinados.

Rubro: 18 - Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones.

GASTOS DE CAPITAL

Genérica de Gasto: 2.4 - Donaciones y transferencias.

TOTAL INGRESO: S/ 2 000,000.00

Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, en su condición de Titular del Pliego Presupuestario, establecer mediante Resolución Ejecutiva Regional, los procedimientos de aprobación institucional para materializar la transferencia financiera en el marco de la vigencia de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, previa suscripción del convenio correspondiente con el titular de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa.

Artículo Cuarto.- EXHORTAR, que los recursos financieros transferidos a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, no deben ser destinados bajo responsabilidad, a fines distintos que lo aprobado con la presente norma regional; debiendo el despacho de la Gerencia General Regional implementar las acciones de monitoreo y seguimiento que garantice cumplimiento de los fines y objetivos de los recursos financieros transferidos.

Artículo Quinto.- RECOMENDAR, al Gobernador Regional, la inclusión en el convenio a suscribir con el titular de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, una cláusula de compromiso en el sentido que en el plazo de 120 días calendario de suscrito, dicha Municipalidad Distrital cumpla con la presentación de la liquidación física y financiera de los recursos transferidos durante el ejercicio fiscal 2020 para la ejecución de dos proyectos con Código Único de Inversión (CUI) N° 2455802 y N° 2453068, cuya descripción se precisa en el noveno considerando de la presente norma regional; conforme advierte los extremos contenidos en el Acuerdo Regional N° 143-2022-GRA/CR de fecha 23 de diciembre de 2022, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, cursar los actuados al Procurador Público Regional para que ejercite las acciones que le corresponda.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y el mismo día en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, en concordancia con lo que dispone el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023.

POR TANTO:

Mando se registre, comunique y cumpla.

TEÓFILO CUBA CONDORI

Presidente

Consejo Regional

2219992-1