Autorizan viaje de personal del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 0623-2023-RE
Lima, 26 de setiembre de 2023
VISTOS:
El Memorándum (DSL) N° DSL00922/2023, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 21 de setiembre de 2023; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3997 del Despacho Viceministerial, de 22 de setiembre de 2023; el Memorándum (OPP) N° OPP02245/2023, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 25 de setiembre de 2023, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) N° OAP02709/2023 de la Oficina de Administración de Personal, de 25 de setiembre de 2023;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Encuentro Presidencial y XIV Gabinete Binacional Perú-Ecuador, los señores Presidentes del Perú y del Ecuador suscribieron la Declaración Presidencial de Loja 2022, en cuyo párrafo 16, ambos mandatarios celebraron la entrada en vigor del “Acuerdo que establece la Comisión Binacional para la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos de las Cuencas Hidrográficas (GIRH) Transfronterizas entre la República del Perú y la República del Ecuador”, e instruyeron a las instituciones responsables a culminar y aprobar el Reglamento de la Comisión Binacional GIRH Perú -Ecuador e iniciar el establecimiento de los Comités de Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH) por Cuencas;
Que, en la Reunión de la Comisión Técnica Binacional de Asuntos Ambientales, Energéticos y Mineros Perú-Ecuador, se acordó realizar la reunión de la Secretaría Técnica Binacional de la Comisión Binacional GIRH Perú Ecuador (CB9C), en setiembre de 2023, con el objetivo de retomar las negociaciones para concluir la revisión y aprobación del Reglamento de la Comisión Binacional GIRH Perú-Ecuador;
Que, el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica del Ecuador transmitió sus comentarios al Reglamento, a través de la Embajada del Ecuador en el Perú, así como la posibilidad de que la reunión binacional se realice la semana del 25 al 29 de setiembre en la ciudad de Quito, República del Ecuador;
Que, el citado Reglamento del aludido Acuerdo constituye un valioso instrumento para la gestión integrada de las cuencas transfronterizas que comparten el Perú y el Ecuador, por lo que la reunión de la Secretaría Técnica Binacional de la CB9C tiene como objetivo la pronta adopción de este instrumento que habilitará un espacio institucional para la adecuada gestión de los recursos hídricos compartidos que están crecientemente afectados por la contaminación;
Que, el Perú transmitió su disposición de celebrar la reunión de la Secretaría Técnica Binacional de la CB9C, del 28 al 29 de setiembre de 2023, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, en formato híbrido, a fin de retomar los trabajos conducentes para la adopción del Reglamento en la mencionada Comisión Binacional, conforme a lo establecido en el Compromiso 6 del Eje III: Asuntos Ambientales, Energéticos y Mineros del Plan de Acción de Loja 2022;
Que, los sectores participantes en esta temática, como la Autoridad Nacional del Agua y el Ministerio del Ambiente, han expresado su disposición para acompañar la negociación, en modo no presencial, y accederán de manera remota a la negociación del Reglamento, a fin de apoyar a los miembros de la delegación peruana que asistirán presencialmente;
Que, en ese sentido, se estima conveniente que el Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Gerardo Briceño Salazar, Director de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; la señora Silvia María Victoria Zapata Vargas, Contratada Administrativa de Servicios, especialista legal de la Dirección de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y, el señor Fernando Reátegui Villegas, Contratado Administrativo de Servicios, especialista en manejo de aguas y medio ambiente, de la Subdirección de Aguas Internacionales Transfronterizas, de la Dirección de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, participen en la citada reunión, a fin de dar debida atención político-diplomática, legal y técnica al referido tema;
Que, por razones de itinerario, el viaje del citado personal a la ciudad de Quito, República del Ecuador, se realizará del 27 al 29 de setiembre de 2023; y,
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del siguiente personal a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 27 al 29 de setiembre de 2023, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:
• Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Gerardo Briceño Salazar, Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos;
• Señora Silvia María Victoria Zapata Vargas, Contratada Administrativa de Servicios, especialista legal de la Dirección de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos; y,
• Señor Fernando Reátegui Villegas, Contratado Administrativo de Servicios, especialista en manejo de aguas y medio ambiente, de la Subdirección de Aguas Internacionales Transfronterizas, de la Dirección de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 (76) Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior; y, Código POI AOI00004500230 Preservación y Defensa de la Soberanía Marítima, así como Resguardo de los Intereses del Perú vinculados a Aguas Internacionales Transfronterizas, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Carlos Gerardo Briceño Salazar |
707.83 |
370.00 |
2+1 |
1,110.00 |
Silvia María Victoria Zapata Vargas |
707.83 |
370.00 |
2+1 |
1,110.00 |
Fernando Reátegui Villegas |
707.83 |
370.00 |
2+1 |
1,110.00 |
Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Quito, República del Ecuador, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA CECILIA GERVASI DÍAZ
Ministra de Relaciones Exteriores
2219302-1