Otorgan a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. - HIDRANDINA, la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en 134 zonas comprendidas en diversas obras en el departamento de Ancash
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 373-2023-MINEM/DM
Lima, 21 de setiembre de 2023
VISTOS: El Expediente Nº 15405022 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. (en adelante, HIDRANDINA); el Informe Nº 693-2023-MEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 541-2023/MINEM-VME del Viceministerio de Electricidad; el Informe Nº 949-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento con registro Nº 3388708, de fecha 23 de noviembre de 2022, complementado con documento con registro Nº 3409652 de fecha 05 de enero de 2023, HIDRANDINA solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en 134 zonas comprendidas en las obras: “ELECTRIFICACIONES EN LAS PROVINCIAS DE SANTA, PALLASCA, CORONGO, SIHUAS, HUAYLAS, YUNGAY, POMABAMBA, MARISCAL LUZURIAGA, CARLOS FERMÍN FITZCARRALD Y ASUNCIÓN”, ubicadas en los distritos de Cáceres del Perú, Chimbote, Coishco, Moro, Nepeña, Nuevo Chimbote, Samanco y Santa, provincia de Santa; Bolognesi, Cabana, Conchucos, Huacaschuque, Huandoval, Lacabamba, Llapo, Pallasca, Pampas, Santa Rosa y Tauca, provincia de Pallasca; Aco, Corongo, Cusca, La Pampa y Yanac, provincia de Corongo; Alfonso Ugarte, Cashapampa, Huayllabamba, Ragash, San Juan, Sicsibamba y Sihuas, provincia de Sihuas; Caraz, Huallanca, Huata, Huaylas, Mato, Pueblo Libre, Santa Cruz y Yuracmarca, provincia de Huaylas; Cascapara, Mancos, Matacoto, Quillo, Ranrahirca, Shupluy, Yanama y Yungay, provincia de Yungay; Huayllan, Parobamba, Pomabamba y Quinuabamba, provincia de Pomabamba; Eleazar Guzmán Barrón, Fidel Olivas Escudero, Lucma, Musga y Piscobamba, provincia de Mariscal Luzuriaga; y, San Nicolás, provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash;
Que, el literal c) del artículo 3 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas (en adelante, LCE) establece que se requiere concesión definitiva para el desarrollo de la distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad, cuando la demanda supere los 500 kW;
Que, el artículo 25 de la referida LCE establece los datos y requisitos que deben presentarse para la obtención de la concesión definitiva, y el artículo 30 de la LCE precisa que la distribución del Servicio Público de Electricidad en una zona determinada, sólo puede ser desarrollada por un titular con carácter exclusivo, no pudiendo ser reducida la concesión de distribución sin autorización del Ministerio de Energía y Minas (MINEM);
Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM (en adelante, RLCE), establece que la solicitud de la concesión definitiva será presentada observando lo establecido en el artículo 25 de la LCE;
Que, el artículo 60 del RLCE establece que la concesión de distribución puede comprender una o más zonas, debiendo estar identificadas y delimitadas en el Contrato de Concesión con coordenadas UTM (WGS84), precisando que las solicitudes de concesión de distribución comprenderán el área geográfica ocupada por habilitaciones o centros urbanos y/o donde existan o se prevea implantar redes de distribución, más una franja de un ancho mínimo de doscientos (200) metros en torno a las referidas áreas geográficas;
Que, en el Informe Nº 693-2023-MEM/DGE-DCE, la Dirección General de Electricidad, en el marco de sus competencias, ha verificado que HIDRANDINA ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en la LCE y el RLCE, por lo que corresponde emitir la respectiva Resolución Ministerial;
Que, en el Informe Nº 949-2023-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, señala que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Ministerial que otorga a favor de HIDRANDINA la concesión de distribución de energía eléctrica y aprueba la Minuta que contiene el Contrato de Concesión Nº 597-2023 a suscribirse entre la empresa HIDRANDINA y el MINEM;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Contrato de Concesión Nº 597-2023, en los términos y condiciones que se encuentran contenidos en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del RLCE;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. – HIDRANDINA la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público de Electricidad en 134 zonas comprendidas en las obras: “ELECTRIFICACIONES EN LAS PROVINCIAS DE SANTA, PALLASCA, CORONGO, SIHUAS, HUAYLAS, YUNGAY, POMABAMBA, MARISCAL LUZURIAGA, CARLOS FERMÍN FITZCARRALD Y ASUNCIÓN”, ubicadas en los distritos de Cáceres del Perú, Chimbote, Coishco, Moro, Nepeña, Nuevo Chimbote, Samanco y Santa, provincia de Santa; Bolognesi, Cabana, Conchucos, Huacaschuque, Huandoval, Lacabamba, Llapo, Pallasca, Pampas, Santa Rosa y Tauca, provincia de Pallasca; Aco, Corongo, Cusca, La Pampa y Yanac, provincia de Corongo; Alfonso Ugarte, Cashapampa, Huayllabamba, Ragash, San Juan, Sicsibamba y Sihuas, provincia de Sihuas; Caraz, Huallanca, Huata, Huaylas, Mato, Pueblo Libre, Santa Cruz y Yuracmarca, provincia de Huaylas; Cascapara, Mancos, Matacoto, Quillo, Ranrahirca, Shupluy, Yanama y Yungay, provincia de Yungay; Huayllan, Parobamba, Pomabamba y Quinuabamba, provincia de Pomabamba; Eleazar Guzmán Barrón, Fidel Olivas Escudero, Lucma, Musga y Piscobamba, provincia de Mariscal Luzuriaga; San Nicolás, provincia de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash; que se encuentran señaladas en el Anexo adjunto a la presente Resolución Ministerial, de acuerdo a las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, y en los términos y condiciones que se detallan en la Minuta que contiene el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Aprobar la Minuta que contiene el Contrato de Concesión Nº 597-2023, a suscribirse entre la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. –HIDRANDINA y el Estado, representado por el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 18 Cláusulas y 03 Anexos, por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, representado por el Ministerio de Energía y Minas, la Minuta que contiene el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen la Minuta que contiene el Contrato de Concesión referido en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Norte Medio S.A. – HIDRANDINA, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas
2219208-1