Ordenanza que instituye actos celebratorios y conmemorativos por el “Día de la Familia” y promueve el fortalecimiento de la familia en Lima Metropolitana

ORDENANZA N° 2568

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima;

VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen N° 007-2023-MML-CMSPDS de la Comisión Metropolitana de Salud Pública y Desarrollo Social y el Dictamen N° 087-2023-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales;

En uso de las facultades señaladas en el artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE INSTITUYE ACTOS CELEBRATORIOS Y CONMEMORATIVOS POR EL “DÍA DE LA FAMILIA” Y PROMUEVE EL FORTALECIMIENTO DE LA FAMILIA EN LIMA METROPOLITANA

Artículo 1.- Objetivo

Instituir en Lima Metropolitana los actos celebratorios y conmemorativos por el “Día de la Familia”, durante la segunda semana de setiembre de cada año, cuya fecha central es el segundo domingo de setiembre, en el marco de la celebración nacional del Día de la Familia, la cual tiene carácter oficial por la Ley N° 23466 desde 1982.

La presente ordenanza está orientada a promover la generación de espacios de sinergia y articulación entre la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus órganos desconcentrados y empresas municipales, con las organizaciones sociales, instituciones públicas y privadas y los vecinos de la ciudad en general, con el propósito de fortalecer la conformación, protección y reconocimiento de las familias de Lima Metropolitana como primeros espacios de transmisión de normas y valores, tomando en cuenta los intereses y necesidades de sus integrantes, para lograr el bienestar general de las familias de Lima Metropolitana.

Artículo 2.- Ámbito de aplicación

Las disposiciones contenidas en la presente ordenanza son de obligatorio cumplimiento para los órganos y unidades orgánicas, órganos desconcentrados, órganos desconcentrados especializados y empresas municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Las municipalidades distritales, dentro del ámbito de Lima Metropolitana, podrán acogerse a lo dispuesto en la presente norma, así como facultadas para el uso parcial o total de las disposiciones de esta.

Artículo 3. Finalidad

Informar y concientizar a la familia en Lima Metropolitana sobre la vigencia de la Ley N° 23466 que celebra el “Día de la Familia”, su importancia para la valorización del papel de la familia en la sociedad e incentivar actividades que fortalezcan la convivencia sana de sus integrantes.

Asimismo, coadyuvar al desarrollo y bienestar de la familia en Lima Metropolitana y la valoración de los roles de cada uno de sus miembros, en perfecta armonía con la institución familiar y de su reconocimiento constitucional y legal, de manera que se consideren sus intereses y necesidades, propiciando la corresponsabilidad familiar, relaciones sanas y libres de violencia, así como el desarrollo pacífico y armónico de cada familia y por ende de la sociedad.

Artículo 4. Acciones para los actos celebratorios y conmemorativos

Respecto de la realización de los actos celebratorios y conmemorativos por el “Día de la Familia” que contribuyan a la valorización del papel de la familia en la sociedad, se establecen las siguientes acciones cuyo cumplimiento están a cargo del órgano u órganos competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en articulación con otras entidades públicas o privadas, de ser necesario:

4.1 Campaña de servicios de atención, protección y asistencia social a favor de la familia y sus integrantes, con atención prioritaria en aquellas en situación de extrema pobreza, pobreza o riesgo social, así como en hogares con un solo progenitor en las zonas urbanas y periurbanas pobres de Lima Metropolitana.

4.2 Conversatorios, foros, mesas de diálogo, conferencias, exposiciones culturales y/o artísticas dirigidos al público en general, para tratar temas relacionados a la corresponsabilidad familiar, virtudes y valores dentro de la familia, dinámicas familiares, comunicación asertiva e inteligencia emocional, la identificación y prevención de la violencia familiar, y demás temas de interés para la ciudadanía, con especialistas en la materia.

4.3 Concursos a través de redes sociales, promovidos en alianza con entidades públicas y/o privadas, que reconozcan iniciativas ciudadanas que contribuyan a la visibilidad y sensibilización sobre el valor de la familia con base en su conceptualización como institución natural con relaciones sanas, que promuevan la corresponsabilidad familiar y la convivencia pacífica, armoniosa y libre de violencia en Lima Metropolitana.

4.4 Acuerdos y alianzas con asociaciones de empresarios y emprendedores para promover e implementar estrategias y medidas que incentiven el consumo de bienes y servicios en los rubros de comercio, entretenimiento, restaurantes y turismo de Lima Metropolitana, coadyuvando al tiempo en familia y favoreciendo el dinamismo económico de la ciudad, con especial énfasis en los negocios liderados por mujeres como único sustento del hogar.

4.5 Actividades culturales y/o recreativo-deportivas en instituciones educativas (públicas o privadas), promovidos en alianza con entidades públicas y/o privadas, que estimulen iniciativas escolares que fomenten el valor de la familia con base en su conceptualización como institución natural, con relaciones sanas y la corresponsabilidad familiar, y que incentiven la integración familiar y la adopción de hábitos saludables para la prevención de la violencia en su institución y comunidad.

4.6 Campañas educativas orientadas a promover e inculcar en niños, niñas y adolescentes, valores y capacidades asociadas al respeto mutuo, la igualdad de oportunidades y la comunicación asertiva en las relaciones intergeneracionales e interpersonales, la corresponsabilidad familiar, así como la identificación y prevención de violencia familiar, con la participación de padres, madres de familia, responsables de crianza (tíos, abuelos, etc.) y demás actores de la comunidad educativa.

4.7 Difusión de contenido a través de las redes sociales de la Municipalidad Metropolitana de Lima (TikTok, Instagram, Facebook, etc.) orientado a sensibilizar a la ciudadanía, especialmente a la niñez y juventud, sobre el valor de la familia con base a relaciones sanas, la corresponsabilidad familiar y la convivencia libre de violencia en Lima Metropolitana.

4.8 Evento central celebratorio del “Día de la Familia”, promovido en alianza con entidades públicas y/o privadas, que promueva el encuentro y esparcimiento familiar, acompañado de actividades y juegos para todas las edades, en espacios públicos accesibles -inclusivos para las personas con habilidades diversas- y seguros (mercados, parques y clubes metropolitanos, plazas, centros comerciales, escuelas, entre otros) que estimulen vínculos afectivos entre los miembros de la familia.

4.9 Otras acciones que sean necesarias para el cumplimiento del objetivo y finalidad de la presente Ordenanza.

Artículo 5. Lineamientos para el fortalecimiento de la familia

Respecto de la conformación, protección y reconocimiento de la familia que contribuyan a su desarrollo y bienestar en Lima Metropolitana, se establecen los siguientes lineamientos cuyo cumplimiento están a cargo del órgano u órganos competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en articulación con otras entidades públicas o privadas, de ser necesario:

5.1. Fortalecimiento de la unión y bienestar familiar con base a una cultura de respeto mutuo y sana convivencia para la solución de conflictos y la prevención de la violencia en las relaciones intrafamiliares.

5.1.1. Promover medidas para que las uniones de hecho puedan formalizar su situación legal mediante el matrimonio, así como brindar consejería y/o capacitaciones a los cónyuges para el fomento de relaciones sanas, el respeto mutuo, el incentivo de la igualdad de oportunidades, la corresponsabilidad familiar y otros aspectos favorables para la convivencia libre de violencia, con el apoyo de las diferentes entidades públicas y privadas competentes.

5.1.2. Brindar acompañamiento, consejería y/o capacitaciones a la familia para promover la corresponsabilidad familiar, paternidad responsable, la estructuración de dinámicas familiares sanas, identificación y prevención de la violencia familiar y otros aspectos favorables para las relaciones entre sus integrantes, con el apoyo de diferentes entidades públicas y privadas competentes.

5.1.3. Promover medidas en las instituciones educativas que incentiven la adopción de hábitos saludables en los niños, niñas y adolescentes y estimulen la integración familiar para el fortalecimiento de una convivencia sana y la prevención de la violencia juvenil, con participación de la comunidad escolar.

5.1.4. Generar y fomentar espacios públicos y privados accesibles y seguros que promueven el desarrollo de actividades familiares de encuentro y esparcimiento, involucrando a las propias familias y vecinos en la organización y ejecución, con el apoyo de las diferentes entidades públicas y privadas competentes.

5.1.5. Brindar y promover servicios accesibles y descentralizados de atención, protección, recuperación y asistencia social a la familia y sus integrantes, con atención prioritaria de aquellas en situación de extrema pobreza, pobreza o riesgo social, así como en hogares con un solo progenitor y que cuentan con miembros en situación de dependencia (niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores).

5.2. Fortalecimiento de la promoción de los principios y valores familiares y las funciones que cumple la familia para el desarrollo social en la población.

5.2.1. Implementar una estrategia comunicacional que incorpore mensajes y prácticas orientadas a la valorización de la familia y el rol de cada uno de sus miembros, en perfecta armonía con la institución familiar y de su reconocimiento constitucional y legal, en las comunicaciones orales, escritas y gráficas, para su difusión al interior y exterior de la institución.

5.2.2. Promover la difusión de principios y valores familiares a través de materiales educativos y alentar el compromiso de los medios de comunicación, en articulación con instituciones educativas, escuelas de padres y demás entidades públicas y privadas competentes.

5.2.3. Implementar medidas de promoción y difusión comunitaria que incorporen la transmisión de mensajes y prácticas orientadas a la valorización de la familia y el rol de cada uno de sus miembros, en perfecta armonía con la institución familiar y de su reconocimiento constitucional y legal, a través de espacios que fomenten la participación de la ciudadanía e incentiven el voluntariado municipal.

5.3. Fortalecer una cultura organizacional favorable a la conciliación de la vida familiar y laboral que contribuya a compatibilizar la actividad económica y la convivencia familiar.

5.3.1. Implementar una estrategia integral de medidas para promover la conciliación de la vida familiar y laboral en el ámbito territorial de la Municipalidad Metropolitana de Lima que coadyuven a la convivencia familiar, y fomentar su réplica progresiva en centros laborales públicos y privados de Lima Metropolitana.

5.3.2. Capacitar a servidores y funcionarios en temas vinculados a la corresponsabilidad familiar, paternidad responsable y temas de cuidado, identificación y prevención de la violencia familiar y otros aspectos favorables para las relaciones familiares sanas, acorde con cada dinámica familiar, así como brindar información de utilidad sobre políticas de la institución favorables a la conciliación familiar y laboral de acuerdo a Ley (licencias, descansos, lactarios, etc.).

5.3.3. Generar información estadística actualizada desagregada por sexo, edad, condición de discapacidad y otras variables de interés sobre aquellas familias beneficiarias de los servicios de atención integral y especializada (Cuna-Guardería) a la primera infancia de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la realización de análisis que contribuyan al funcionamiento y mejoramiento de dichos servicios.

Artículo 6.- Reconocimiento municipal

Promuévase, mediante reconocimientos, ceremonias y/o diplomas al mérito para entidades, tanto públicas como privadas de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que aseguren y resguarden el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo con lo establecido en las políticas nacionales.

Artículo 7.- Órganos competentes.

La Gerencia de Desarrollo Humano, o quien haga sus veces, es el órgano de línea encargado de liderar la implementación de la presente ordenanza y de articular con los órganos y unidades orgánicas, órganos desconcentrados, órganos desconcentrados especializados y empresas municipales de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como con organizaciones sociales, entidades públicas y privadas, para el cumplimiento de la misma.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- Facúltese al alcalde metropolitano de Lima para que, a través de decreto de alcaldía, emita las disposiciones reglamentarias respectivas para mejorar el cumplimiento de la presente ordenanza.

Segunda.- Deróguese la Ordenanza N° 2355-2021 publicada el 14 de junio de 2021

Tercera.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Cuarta.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Lima, 15 de setiembre de 2023

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2218988-1