Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a Colombia, en comisión de servicios
Universidad Nacional
del Altiplano – Puno
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 2420-2023-R-UNA
Puno, 15 de setiembre del 2023
VISTOS:
El OFICIO Nº 1159-2023-D-FCCA-UNA (04-09-2023), cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas; y, el MEMORANDUM Nº 834-2023-SG-UNA-PUNO (15-09-2023) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje a BOYACA - COLOMBIA, de los docentes: Dra. PAULA ANDREA AROHUANCA PERCCA, Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE y M.Sc. LITZBEL CHARAJA FERNANDEZ; con fines de capacitación;
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales;
Que, la Ley Nº 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público, cuerpo normativo que entre otros, indica que la autorización de viaje debe publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; en razón a ello, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad. También es de consideración mencionar, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
Que, mediante OFICIO Nº 1159-2023-D-FCCA-UNA, el Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, hace alcance las RESOLUCIONES DECANALES Nros.: 424, 431 y 432-2023-D-FCCA-UNA fechados el 25-08-2023, que autorizan licencia con goce remuneraciones por Capacitación desde el 02 hasta el 06 de octubre de 2023 a favor de los docentes: Dra. PAULA ANDREA AROHUANCA PERCCA, Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE y M.Sc. LITZBEL CHARAJA FERNANDEZ, respectivamente, con fines de participación en calidad de PONENTES en el II CONGRESO INTERNACIONAL Y VII NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL EN EL MARCO DE LA ESTANCIA ACADÉMICA-UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA, FACULTAD SECCIONAL DUITAMA, que se realizará en Duitama – Boyacá Colombia, con los temas: “EMPRESAS FAMILIARES: UNA MIRADA DESDE LA INNOVACIÓN Y LA SUSTENTABILIDAD”, “LAS TIC Y EL ANALISIS DE DATOS PARA LA INVESTIGACIÓN” y “COMPETENCIAS PERSONALES Y LA CULTURA EMPRENDEDORA EN ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS EN LA CIUDAD DE PUNO”, respectivamente;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL Nº 788-2023-OAJ-UNA-PUNO, de cuya conclusión se tiene que es procedente conceder licencia por capacitación con goce de haber a favor de los docentes que realizarán viaje al exterior, materia de la presente; precisando que el presente acto administrativo deberá ser publicado en el diario oficial El Peruano;
Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA-PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y,
De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Ordinaria de fecha 14 de setiembre del presente año;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a la ciudad de BOYACÁ COLOMBIA, concediéndoles Licencia por Capacitación con goce de haber a partir del 02 al 06 de octubre del 2023, a favor de los docentes de la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú: Dra. PAULA ANDREA AROHUANCA PERCCA, Dr. EDGAR VILLAHERMOSA QUISPE y M.Sc. LITZBEL CHARAJA FERNANDEZ, con fines de participación en calidad de PONENTES en el II CONGRESO INTERNACIONAL Y VII NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN INDUSTRIAL EN EL MARCO DE LA ESTANCIA ACADÉMICA-UNIVERSIDAD PEDAGOGICA Y TECNOLOGICA DE COLOMBIA, FACULTAD SECCIONAL DUITAMA, que se realizará en Duitama – Boyacá Colombia, con los temas: “EMPRESAS FAMILIARES: UNA MIRADA DESDE LA INNOVACIÓN Y LA SUSTENTABILIDAD”, “LAS TIC Y EL ANALISIS DE DATOS PARA LA INVESTIGACIÓN” y “COMPETENCIAS PERSONALES Y LA CULTURA EMPRENDEDORA EN ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS EN LA CIUDAD DE PUNO”, respectivamente; de conformidad con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo y RESOLUCIONES DECANALES Nros.: 424, 431 y 432-2023-D-FCCA-UNA.
Artículo Segundo.- El Vicerrectorado Académico, la respectiva Facultad, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2218943-1