Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 483/MDSM que aprueba incentivos tributarios en el distrito de San Miguel por el pago del Impuesto Predial 2023 y la presentación de la actualización de la declaración tributaria

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 010-2023/MDSM

San Miguel, 15 de septiembre de 2023.

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL

VISTOS, el Memorando Nº 1258-2023-GM/MSDM emitido por Gerencia Municipal, el Informe Nº 324-2023-OAJ/MDSM emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 984-2023-OATF/MDSM emitido por la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú y modificatorias, señala que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, en el artículo 195º otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, al disponer que estos tienen competencia para administrar sus bienes y rentas;

Que, el artículo Segundo del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que, mediante Decreto de Alcaldía se establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, entre otras;

Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modificatorias, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria;

Que, mediante Ordenanza Nº 483/MDSM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 02 de septiembre de 2023, se aprueban los incentivos tributarios en el distrito de San Miguel por el pago del Impuesto Predial 2023 y la presentación de la actualización de la Declaración Tributaria, fijando en la primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final, que la ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación hasta el 29 de septiembre de 2023, facultándose al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para establecer su prorroga y su adecuada aplicación;

Que, mediante memorando de vistos, la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización propone prorrogar la fecha de vigencia de Ordenanza Nº483/MDSM, Ordenanza que aprueba incentivos tributarios en el distrito de San Miguel por el pago del Impuesto Predial 2023 y la presentación de la actualización de la declaración tributaria, hasta el 31 de octubre de 2023, con la finalidad de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias;

Que, a través del Informe Nº 324-2023-OAJ/MDSM, la Oficina de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable respecto a la prórroga antes señalada, precisando que la misma se ajusta a derecho;

Que, estando a lo expuesto y contando con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo 1º.- PRORROGAR hasta el 31 de octubre de 2023, la fecha de vigencia de la Ordenanza Nº 483/MDSM, Ordenanza que aprueba incentivos tributarios en el distrito de San Miguel por el pago del Impuesto Predial 2023 y la presentación de la actualización de la declaración tributaria;

Artículo 2º.- ENCARGAR a la Oficina de Administración Tributaria y Fiscalización, a través de la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda, Oficina de Administración y Finanzas, a través de la Unidad de Tesorería, Oficina de Ejecución Coactiva y a la Unidad de Calidad de Servicios el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía.

Artículo 3º.- ENCARGAR la publicación del presente Decreto a la Secretaria General en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe)

Regístrese, publíquese y cúmplase.

EDUARDO BLESS CABREJAS

Alcalde

2217516-1