Establecen que el Primer y Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Flagrancia, realicen turno especial sucesivo y semanal entre ellos, desde el 18 de setiembre de 2023 y como parte de su funcionamiento en la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Lima

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia de Lima

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000592-2023-P-CSJLI-PJ

Lima, 15 de septiembre del 2023

VISTO:

Con las Resoluciones Administrativas N° 123-2023-CE-PJ y 370-2023-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Resolución Administrativa N° 000561-2023-P- CSJLI-PJ, Oficio N° 001112-2023-ADM-UAF-GAD-CSJLI-PJ de la Administración del Módulo Corporativo Penal y;

CONSIDERANDO:

Primero: Es atribución de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia, dirigir la política interna de su distrito judicial de acuerdo a la política institucional en coordinación con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cautelar la pronta administración de justicia dictando para ello las medidas pertinentes para el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos de la Corte Superior de Justicia, así como ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos, entre otras obligaciones, ello con la finalidad de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los usuarios, tal como se encuentra previsto en el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Segundo: Mediante Resolución Administrativa N° 123-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la implementación de la Unidad de Flagrancia en el Distrito Judicial de Lima para conocimiento exclusivo de procesos de delitos flagrantes, estableciendose que para el inicio de su funcionamiento los nuevos Juzgados que integren la Unidad de Flagrancia Delictiva, deberán conocer sólo los procesos de delitos flagrantes; para lo cual, los actuales Juzgados de Investigación Preparatoria y los Juzgados Penales Unipersonales que conocen procesos inmediatos, deberán cerrar su turno sólo para procesos de delitos flagrantes y continuar con el trámite y resolución de todos sus procesos con que cuentan.

Tercero: Por Resolución Administrativa N° 370-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso el funcionamiento de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 18 de setiembre de 2023, conformada por dos Juzgados de Investigación Preparatoria y un Juzgado Penal Unipersonal; para lo cual, se dispuso la conversión del 2° y 19° Juzgado Penal Liquidador en 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Flagrancia, respectivamente y, del 32° Juzgado Penal Liquidador en Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Flagrancia; los cuales tendrán competencia en todo el Distrito Judicial de Lima y serán exclusivos para el conocimiento de los procesos en flagrancia delictiva.

Cuarto: En el artículo décimo primero de la citada Resolución Administrativa N° 370- 2023-CE-PJ, se dispuso encargar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima que adopte las medidas administrativas necesarias, a fin de garantizar la implementación de la unidad de flagrancia; así como el cumplimiento de las medidas administrativas dispuestas por el órgano de gobierno.

Quinto: En ese sentido, mediante Resolución Administrativa N° 000561-2023-P-CSJLI- PJ del 04 de setiembre de 2023, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima cumplió con adoptar las medidas administrativas internas a fin de garantizar la adecuada implementación de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva en el distrito judicial de Lima Centro, disponiendo entre otros que, desde el 18 de setiembre de 2023 y cuando corresponda, el Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Flagrancia y el 11° y 17° Juzgado Penal Unipersonal, conformarán el Juzgado Penal Colegiado Especializado de Flagrancia, así como que las apelaciones de procesos por flagrancia delictiva serán conocidos por la 1°, 2° y 3° Sala Penal de Apelaciones. Del mismo modo, se dispuso que la administración de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte de Lima estará a cargo del Administrador del Módulo Corporativo Penal.

Sexto: Ahora bien, por oficio de visto el Administrador del Módulo Corporativo Penal informa a esta Presidencia que, es necesaria la formalización del acto resolutivo que permita la asignación del turno especial correspondiente entre el 1° y 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Flagrancia.

Sétimo: Al respecto, mediante Resolución Administrativa N° 255-2013-CE-PJ, cuyo artículo segundo fue aclarado por Resolución Administrativa N° 064-2014-CE-PJ, se estableció la nueva estructura de turno para los Juzgados de especialidad penal, consistentes en periodos semanales, siendo que los mismos inician el día lunes de la semana asignada, a partir del minuto siguiente de culminada la jornada laboral ordinaria, hasta un minuto antes del horario de ingreso del día lunes de la semana siguiente.

Octavo: Por consiguiente, corresponde a esta Presidencia de Corte, como parte de las medidas internas que garanticen la adecuada implementación de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva en el distrito judicial de Lima Centro, emitir el acto administrativo respectivo que establezca el rol de turno especial para los Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Flagrancia, y con ello asegurarse la continuidad del servicio de administración de justicia en el nuevo modelo integrado y coordinado con las entidades involucradas en el sistema de justicia penal, de acuerdo a la estructura de turnos prevista para la especialidad penal, debiéndose por ende proceder en conformidad con lo establecido en el artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de las Cortes Superiores de Justicia que operan como Unidades Ejecutoras, aprobado por Resolución Administrativa N° 090-2018-CE-PJ1.

Consecuentemente, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- ESTABLECER que el Primer y Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Flagrancia, realicen turno especial sucesivo y semanal entre ellos, desde el 18 de setiembre de 2023 y como parte de su funcionamiento en la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Administración de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte se encargue de supervisar y adopte las medidas administrativas necesaria para el debido cumplimiento del Rol de Turno Especial para los Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Lima, bajo responsabilidad.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Imagen y Comunicaciones de la Corte la debida difusión de la presente resolución a través de la página web, correo institucional, redes sociales oficiales y demás canales de transparencia.

Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Presidente de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Ministerio Público del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia de Administración Distrital, Oficina de Imagen y Comunicaciones, Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de Lima-ODANC LIMA, Secretaria General y Administración del Módulo Corporativo Penal para la puesta en conocimiento de los Juzgados comprendidos, así como de los demás interesados para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MARIA DELFINA VIDAL LA ROSA SANCHEZ

Presidente de la CSJLima

1 Vigente a la fecha, de acuerdo a los artículos sexto y octavo de la Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ.

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