Otorgan a favor de ELECTRONOROESTE S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos - S.E. Tumbes II Terna”, ubicada en el departamento de Tumbes

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 365-2023-MINEM/DM

Lima, 18 de setiembre de 2023

VISTOS: El Expediente Nº 14406423 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos– S.E. Tumbes II Terna”, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad – ELECTRONOROESTE S.A.; el Informe Nº 672-2023-MINEM/DGE-DCE y el Memorando Nº 02313-2023-MINEM/DGE, de la Dirección General de Electricidad; el Memorando Nº 00547-2023/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe Nº 0948-2023-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con Registro Nº 3454331, de fecha 21 de febrero de 2023, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad – ELECTRONOROESTE S.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos– S.E. Tumbes II Terna”, ubicado en los distritos de Tumbes, Corrales, La Cruz, San Juan de la Virgen y Zorritos, provincias de Tumbes y Contralmirante Villar y departamento de Tumbes;

Que, de acuerdo a la memoria descriptiva del proyecto, este consiste en la construcción de una línea eléctrica en 60 kV de aproximadamente 23,585 km de longitud, compuesta por dos (02) tramos: Un tramo aéreo con cable AAAC-240mm2 (23,10 km) y un tramo subterráneo con cable de energía CU XLPE-240 mm2 (0,485 km), los cuales componen la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos– S.E. Tumbes II Terna; la cual tiene la finalidad de garantizar la confiabilidad del suministro eléctrico en la zona norte del departamento de Tumbes;

Que, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la solicitud de concesión que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 25, debe resolverse en un plazo máximo de sesenta días hábiles a partir de la fecha de su presentación, sin considerar la presentación de los incidentes que se promuevan, los cuales suspenderán el plazo hasta que queden resueltos; asimismo, el referido artículo establece que la concesión definitiva será otorgada por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece los requisitos para el otorgamiento de una concesión definitiva, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la solicitud de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad – ELECTRONOROESTE S.A. cumple con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, así como con el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modificatorias; y por tanto, consideran procedente otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos – S.E. Tumbes II Terna”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2014-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad – ELECTRONOROESTE S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Zorritos – S.E. Tumbes II Terna”, ubicada en los distritos de Tumbes, Corrales, La Cruz, San Juan de la Virgen y Zorritos, provincias de Tumbes y Contralmirante Villar del departamento de Tumbes; en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial, y los que se detallan en la Minuta que contiene el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la

Línea de Transmisión

Tensión

(kV)

Nº de

Ternas

Longitud

(km)

Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)

S.E. Zorritos – S.E. Tumbes II Terna

60

01

23,585*

16

* Incluye tramo subterráneo de 0,485 km

Artículo 3.- Aprobar la Minuta que contiene el Contrato de Concesión Nº 603-2023 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad ─ ELECTRONOROESTE S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, la Minuta que contiene el Contrato de Concesión Nº 603-2023, aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Minuta del Contrato de Concesión Nº 603-2023, referido en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad ─ ELECTRONOROESTE S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2217005-1