Autorizan a Profuturo AFP el cambio de dirección de agencia ubicada en el distrito de San Isidro provincia y departamento de Lima

RESOLUCIÓN SBS Nº 03029-2023

Lima, 14 de septiembre de 2023

La Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

VISTA:

La comunicación de Profuturo AFP Nº LEG-SBS-Nro. 036-2023 registrada con Expediente Nº 2023-080653 con fecha 07 de septiembre de 2023, y el Informe Nº 302-2023-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales.

CONSIDERANDO:

Que, mediante comunicación de vistos, Profuturo AFP solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección de su agencia ubicada en Avenida Ricardo Rivera Navarrete Nº 737 en el distrito de San Isidro provincia y departamento de Lima; hacia la nueva dirección ubicada en calle Coronel Andrés Reyes Nº 495 en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima;

Que, mediante Resolución SBS Nº 1171-2003 y Certificado Nº PR069 del 11 de agosto de 2003 se autorizó a Profuturo AFP el funcionamiento de la agencia ubicada en Avenida Ricardo Rivera Navarrete Nº 737 en el distrito de San Isidro provincia y departamento de Lima;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº 302-2023-DSIP de fecha 14 de setiembre de 2023;

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 842-2012;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a Profuturo AFP el cambio de dirección de su agencia ubicada en Avenida Ricardo Rivera Navarrete Nº 737 en el distrito de San Isidro provincia y departamento de Lima; hacia la nueva dirección ubicada en calle Coronel Andrés Reyes Nº 495 en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº PR069, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución SBS Nº 1171-2003.

Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo Nº PR091, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Profuturo AFP, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP.

Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILAGROS ISABEL RIVADENEYRA BACA

Intendente de Supervisión de

Instituciones Previsionales

2216428-1