Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y los Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO
Nº 202-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Salud a efectuar, durante el Año Fiscal 2023, modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Instituto Nacional de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de los gobiernos regionales, según corresponda, hasta por la suma de S/ 78 343 069,00 (SETENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SESENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para financiar el pago de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempleo y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2022 en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº1153, Decreto Legislativo que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del personal de salud al servicio del Estado;
Que, los numerales 28.2 y 28.3 del artículo 28 de la Ley Nº 31638 señalan que, para la aplicación de lo dispuesto en el referido numeral 28.1, es requisito que las plazas se encuentren registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, para efectos de la implementación de las acciones del Decreto Legislativo Nº 1153, durante el Año Fiscal 2023, el Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos, los gobiernos regionales y las entidades comprendidas en el ámbito del citado Decreto Legislativo, quedan exonerados de lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 31638;
Que, el numeral 28.4 del artículo 28 de la Ley Nº 31638 señalan que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas por el presente artículo se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último.
Que, a través del Oficio Nº D002749-2023-SG-MINSA el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de los gobiernos regionales, para financiar el pago de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempleo y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2022, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1153, adjuntando para dicho efecto, el Informe Nº D000027-2023-DIGEP-DIPLAN-JLA-MINSA de la Dirección de Planificación del Personal de la Salud, el Informe Nº D000466-2023-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con los sustentos respectivos;
Que, mediante Memorando Nº 1138-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas señala el costo estimado para financiar el pago de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2022, el mismo que corresponde a 56 060 beneficiarios del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de los gobiernos regionales;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 77 465 803,00 (SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y los gobiernos regionales para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto
1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 77 465 803,00 (SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TRES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de los gobiernos regionales para financiar el pago de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2022, en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo Nº1153, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, de conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 011 : Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 426 584,00
2.4 Donaciones y Transferencias 73 039 219,00
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TOTAL EGRESOS 77 465 803,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 995 841,00
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SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Regionales
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales
ACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 74 469 962,00
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TOTAL EGRESOS 77 465 803,00
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1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas por pliegos y unidades ejecutoras, se consignan en el Anexo “Asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2022”, que forma parte del presente decreto supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
1.3 La lista de los beneficiarios de la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2022, financiada con la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se publica en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional
2.1. El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente decreto supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a sus Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente decreto supremo.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA
Ministra de Cultura
Encargada del despacho del
Ministerio de Economía y Finanzas
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
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