Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash

consejo regional

Ordenanza Regional

Nº 004-2023-GRA/CR

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH;

POR CUANTO:

En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de Ancash, realizada en la Sala de Sesiones del Consejo Regional el día jueves 24 de agosto de 2023, en mérito a la CONVOCATORIA Nº 10-2023-SE-GRA-CR/CD, de fecha 14 de agosto de 2023 y la REPROGRAMACIÓN DE SESIÓN EXTRAORDINARIA N° 10-2023, de fecha 15 de agosto de 2023; visto y debatido el DICTAMEN N° 06-2023-GRA-CR/COAL, de fecha 31 de julio de 2023, dictaminado por la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, sobre: “Aprobación del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash”, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que debe ser ejercida con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; de acuerdo a lo establecido en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú y sus modificatorias, dispositivo legal concordante con los artículos 8º, 9º y 31º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, el literal c) del artículo 35º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales y Locales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las Leyes Anuales de Presupuesto; dispositivo legal concordante con lo señalado en el literal c) del numeral 1 del Artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, los artículos 11° y 13° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, establece que el Consejo Regional integra la estructura básica de los Gobiernos Regionales, constituyendo Órgano Normativo y Fiscalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las atribuciones y funciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas, dispositivo legal concordante, con el artículo 13° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash aprobado con Ordenanza Regional N° 002-2015-GRA/CR y el artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, aprobado con Ordenanza Regional N° 008-2017-GRA/CR, y sus modificatorias;

Que, los literales a) y e) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional: “a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…) e) Aprobar su Reglamento Interno. (…)”; dispositivo legal concordante con los literales a) y e) del artículo 15° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash y los literales a) y e) del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF; para tal efecto dictan Ordenanzas Regionales, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 37º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales;

Que, es competencia del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 38º de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precepto normativo que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”, dispositivo legal concordante con el numeral 1) del artículo 5° y con los artículos 120º, 121°, 122°, 123° y 124° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash, que regulan la definición, aprobación, observación, promulgación, publicación y vigencia de las Ordenanzas Regionales;

Que, la Ordenanza Regional Nº 009-2005-REGION ÁNCASH/CR, dispone el acceso a la información de los Consejeros Regionales; la misma que, a la fecha, contraviene la normatividad vigente en cuanto a plazos y procedimientos, por lo que corresponde sea derogada;

Que, con Ordenanza Regional Nº 002-2015-GRA/CR, de fecha el 24 de abril de 2015, se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash y mediante la Ordenanza Regional N° 001-2020-GRA/CR, se aprobó la modificación del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, con la finalidad de fortalecer el ejercicio de la función fiscalizadora de los Consejeros Regionales, ha sido modificado con la Ley N° 31433 y la Ley N° 31812; en ese sentido es imperativo que el Consejo Regional cuente con un marco normativo reglamentario actualizado y acorde con las modificaciones legales vigentes que, regule su organización, ejercicio de sus funciones, atribuciones, prerrogativas, responsabilidades, incompatibilidades, deberes, derechos, sanciones y comisiones, uniformizando su régimen interno y fortaleciendo su dinámica consensual;

Que, en ese marco la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales del Consejo Regional de Ancash, conforme a sus legales atribuciones emiten el DICTAMEN Nº 06-2023-GRA-CR/COAL, de fecha 31 de julio de 2023, en el que concluyen y por unanimidad recomiendan al Pleno de Consejo Regional de Ancash, previa deliberación en sesión extraordinaria, APROBAR mediante ORDENANZA REGIONAL el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, dispositivo legal que contendrá los artículos señalados en el numeral V.- RECOMENDACIONES del Dictamen en comento;

Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional realizada el 24 de agosto de 2023, el Consejero Delegado da cuenta del Dictamen N° 06-2023-GRA-CR/COAL, emitido por la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales, inmediatamente, su Presidente procede con el sustento correspondiente, produciéndose acto seguido la revisión del contenido del Proyecto de Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash y la deliberación correspondiente por parte de los Consejeros Regionales asistentes a la presente sesión extraordinaria; así como la absolución de consultas y precisiones sobre el tema a cargo de los asesores legales del Consejo Regional; concluida ésta, el Consejero Delegado da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada las recomendaciones (artículos) signadas en el DICTAMEN N° 06-2023-GRA-CR/COAL, de fecha 31 de julio de 2023, siendo APROBADA por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;

Que, estado a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, y al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783- Ley de Bases del Descentralización, Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH

Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; que consta de seis (6) Títulos, veinticinco (25) Capítulos, ciento diecisiete (117) artículos y Tres (3) Disposiciones Complementarias y Finales, que como anexo se acompaña a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Segundo.- DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 009-2005-REGION ÁNCASH/CR, la Ordenanza Regional Nº 002-2015-GRA/CR y la Ordenanza Regional Nº 001-2020-GRA/CR; así como, todas las normas que se opongan a las disposiciones de la presente Ordenanza Regional.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información, su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe).

Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que la vigencia de la presente Ordenanza Regional rige a partir del día siguiente de su publicación.

Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Áncash para su Promulgación.

Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.

WALTER MEDRANO ACUÑA

Consejero Delegado

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los 31 días del mes de agosto de 2023.

FABIAN KOKI NORIEGA BRITO

Gobernador Regional

2215220-1