Modifican la R.M. N° 206-2021-PCM, sobre periodo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial “Apoyo a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto”
Resolución ministerial
Nº 191-2023-PCM
Lima, 10 de setiembre de 2023
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 206-2021-PCM, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Apoyo a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto proponer las medidas necesarias para la implementación de la propuesta de desarrollo integral de los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto;
Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 206-2021-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 321-2021-PCM, Nº 235-2022-PCM y Nº 051-2023-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 10 de setiembre de 2023, plazo en el cual debe presentar un Informe Final a la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, bajo ese contexto, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que el Grupo de Trabajo, en el marco de su función de proponer acciones orientadas a la implementación de la propuesta de desarrollo integral para los pueblos indígenas u originarios, comunidades rurales y centros poblados de los distritos de Manseriche y de Morona de la provincia de Datem del Marañón del departamento de Loreto, ha identificado la necesidad de proponer nuevas acciones que coadyuven a la implementación y ejecución de los proyectos contemplados en la referida propuesta de desarrollo integral;
Que, en este sentido, la referida Secretaría, en su condición de Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 206-2021-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 321-2021-PCM, Nº 235-2022-PCM y Nº 051-2023-PCM, a fin de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 10 de setiembre de 2024; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 206-2021-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 321-2021-PCM, Nº 235-2022-PCM y Nº 051-2023-PCM
Modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 206-2021-PCM, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 321-2021-PCM, Nº 235-2022-PCM y Nº 051-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 11.- Período de vigencia e Informe Final
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 10 de setiembre de 2024, plazo en el cual debe presentar un Informe Final a la Presidencia del Consejo de Ministros.”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2214700-1