Reconocen a Cónsul Honorario del Reino de Suecia en Lima, con jurisdicción en todo el Perú, con excepción de los departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios

resolución suprema

N° 134-2023-RE

Lima, 8 de setiembre de 2023

CONSIDERANDO:

Que, los numerales 1 de los artículos 2 y 11 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, disponen que el establecimiento de relaciones consulares entre Estados se efectuará por consentimiento mutuo; y, el jefe de la oficina consular será provisto por el Estado que envía de un documento que acredite su calidad, en forma de carta patente u otro instrumento similar, extendido para cada nombramiento y en el que indicará, por lo general, su nombre completo, su clase y categoría, la circunscripción consular y la sede de la oficina consular;

Que, el numeral 1 del artículo 12 de la referida Convención establece que el jefe de oficina consular será admitido al ejercicio de sus funciones por una autorización del Estado receptor llamada exequátur, cualquiera que sea la forma de esa autorización, con el cual, el Estado peruano reconoce al referido Cónsul;

Que, el literal l) del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares tiene como una de sus funciones específicas constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú;

Que, mediante Nota N° 027/2022, de 19 de julio de 2022, la Embajada de Suecia en el Perú solicitó el consentimiento del Gobierno peruano para la apertura de un Consulado de Suecia en Lima, con circunscripción en todo el país, con excepción de los departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios;

Que, a través de las Notas RE (CON) N° 6-22/7 y RE (CON) N° 10/25, de fechas 17 de agosto de 2022 y 22 de junio de 2023, respectivamente, de la Dirección de Política Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Gobierno peruano otorgó el consentimiento para el Consulado de Suecia en Lima con circunscripción en todo el Perú, con excepción de Cusco, Apurímac y Madre de Dios.

Que, mediante Nota N° 024/2022, de 13 de julio de 2022, la Embajada de Suecia en el Perú solicitó la anuencia para la designación del señor Xavier de Romaña Benson como Cónsul Honorario de Suecia en Lima;

Que, a través de la Nota RE (CON) N° 6-22/11, de 30 de setiembre de 2022, el Gobierno peruano otorgó la aceptación al nombramiento del señor Xavier de Romaña Benson como Cónsul Honorario de Suecia en Lima;

Que, el Reino de Suecia decidió cerrar su Embajada residente en el Perú durante el segundo semestre de 2022, y establecer la concurrencia desde su Embajada en la República de Chile;

Que, mediante Nota N° 03/2022, de 14 de noviembre de 2022, la Embajada de Suecia en Chile, concurrente en el Perú, remite las Cartas Patentes que acreditan al Cónsul Honorario de Suecia en Lima, señor Xavier de Romaña Benson;

Que, mediante Nota N° 07/2022, de 25 de enero de 2023, la Embajada de Suecia en Chile, concurrente en el Perú, solicita la aprobación provisional para que el señor Xavier de Romaña Benson pueda iniciar sus funciones como Cónsul Honorario de Suecia en Lima;

Que, a través de la Nota RE (CON) N° 6-22/1, de 28 de febrero de 2023, el Ministerio de Relaciones Exteriores -Dirección de Política Consular- otorga la admisión al señor Xavier Iñigo de Romaña Benson para el ejercicio provisional de sus funciones como Cónsul Honorario de Suecia en Lima, hasta que se le conceda el Exequátur correspondiente;

Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que, en tal sentido, resulta necesario otorgar con eficacia anticipada el reconocimiento del señor Xavier Iñigo de Romaña Benson, quien viene ejerciendo provisionalmente sus funciones como Cónsul Honorario del Reino de Suecia en Lima, desde el 28 de febrero de 2023;

Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el sentido de que procede el reconocimiento del señor Xavier Iñigo de Romaña Benson como Cónsul Honorario del Reino de Suecia en Lima, con jurisdicción en todo el país, con excepción de los departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo señalado en los incisos 11 y 13 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Reconocimiento

Se reconoce al señor Xavier Iñigo de Romaña Benson como Cónsul Honorario del Reino de Suecia en Lima, con jurisdicción en todo el Perú, con excepción de los departamentos de Cusco, Apurímac y Madre de Dios, con eficacia anticipada al 28 de febrero de 2023.

Artículo 2.- Extensión del Exequátur

Se extiende el Exequátur correspondiente.

Artículo 3.- Refrendo

La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ANA CECILIA GERVASI DÍAZ

Ministra de Relaciones Exteriores

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