Crean la Plataforma Regional de los pueblos indígenas u originarios del departamento de Junín para enfrentar el Cambio Climático

ORDENANZA REGIONAL

Nº 377-2023-GRJ/CR

VISTO:

El Dictamen Nº 04-2023-GRJ-CPRNyMA, de fecha 13.06.2023 formulado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 señala que: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; asimismo, el artículo 192 establece que: “Los gobiernos regionales (…). Son competentes para:

(...) 7. Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (…) medio ambiente, conforme a ley”.

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 38 señala que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (…)”; en tanto que, el artículo 53 inc. c), establece como funciones en materia ambiental: “(...) c) Formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático, dentro del marco de las estrategias nacionales respectivas”.

Que, el Decreto Supremo Nº 058-2016-RE ratifica el Acuerdo de París, en el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

Que, el inciso b) del numeral 1 del artículo 6º concordado con numeral 1 del artículo 7º del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales, reconoce el derecho de los pueblos indígenas de participar en la formulación, aplicación y evaluación de los planes de desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarlos directamente.

Que, el artículo 22º de la Ley Nº 30754, Ley Marco sobre Cambio Climático, establece que el Estado debe salvaguardar el derecho de participación de los pueblos indígenas u originarios, en la formulación, implementación, seguimiento, y evaluación de las políticas públicas y proyectos de inversión referidos al cambio climático que los afecte. Así mismo la en el Decreto Supremo Nº 013-2019-MINAM, creó la Plataforma de los Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático (PPICC).

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 189-2014-GRJ/CR se aprobó la Estrategia Regional de Cambio Climático. Instrumento de gestión ambiental que establece los lineamientos de política para la adaptación y mitigación frente al cambio climático en la región Junín.

Que, con acta de asamblea del 4 y 5.06.2022 suscrita por ONAMIAP y OMIAASEC y sus bases de organizaciones de pueblos indígenas de Selva Central, en que se decidió, en concordancia con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 197-2020-MINAM, “impulsar la creación de la Plataforma Regional de Pueblos Indígenas frente al Cambio Climático”; y la propuesta de ordenanza regional, para la creación de la plataforma regional de pueblos indígenas u originarios de Junín.

Que, con Informe Nº 015-2023-GRRNGA-GRJ/GRRNGA de fecha 08.05.2023 se remitió a la Gerencia General Regional el Informe Técnico que declara procedente el proyecto de Ordenanza Regional que “Crea la Plataforma Regional de Pueblos Indígenas u Originarios del departamento de Junín para la gestión del cambio climático”. La misma que cuenta con el Informe favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica (Informe Nº 090-2023-GRJ/ORAJ ).

Que, de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y contando con el Dictamen Nº 04 -2023-GRJ-CR/CPRNyMA de la Comisión Permanente de Recursos Naturales y Medio Ambiente, en concordancia con su Reglamento Interno, el Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de junio de 2023, ha aprobado por UNANIMIDAD, la siguiente:

“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA CREA LA PLATAFORMA REGIONAL DE PUEBLOS INDÍGENAS U ORIGINARIOS DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN PARA LA GESTIÓN DEL CAMBIO CLIMÁTICO”, SIENDO DERIVADO AL CONSEJO REGIONAL”

Artículo Primero.- Créase la Plataforma Regional de los pueblos indígenas u originarios del departamento de Junín para enfrentar el Cambio Climático, como un espacio de los pueblos indígenas u originarios encargado de gestionar, articular, intercambiar, sistematizar, difundir y hacer seguimiento de sus propuestas de políticas, planes, programas y medidas de adaptación y mitigación para enfrentar el cambio climático. Por la naturaleza de sus funciones tiene carácter permanente.

Artículo Segundo.- la Plataforma Regional de los pueblos indígenas u originarios del departamento de Junín para enfrentar el Cambio Climático, está conformada por:

a) Dos representantes del Gobierno Regional Junín – Quien lo preside.

b) Dos representantes de la Dirección Desconcentrada de Cultura.

c) Dos representantes de la Organización Nacional de Mujeres Indígenas Andinas y Amazónicas – ONAMIAP

d) Dos representantes de la Organización de Mujeres Indígenas-Amazónicas Asháninkas-Selva Central – OMIAACEC

e) Dos representantes de la Unión Asháninka Nomatsiguenga del Valle de Pangoa-KANUJA

f) Dos representantes de la Confederación Regional de Nacionalidades Amazónicas del Perú - Selva Central- ORNASEC-SC.

g) Dos representantes del Consejo de Comunidades Nomatsiguenga y Asháninka de Pangoa- CONOAP

h) Dos representantes de la Confederación Comunidades Campesinas del Perú CCP- Base Junín.

i) Dos representantes de la Federación Departamental de Campesinos e Indígenas de Junín- FEDECIJ

j) Dos representantes de la Central de Comunidades Nativas Selva Central –CECONSEC.

k) Dos representantes de la Federación de Comunidades Nativas Campa Asháninka- FECONACA

l) Dos representantes de la Organización de Comunidades Asháninkas del Rio Ene Pangoa - OCARE

m) Dos representantes de la Central Asháninka de Rio Tambo- CART

n) Dos representantes de la Central Asháninka Rio Ene-CARE.

o) Dos representantes de la Organización de Comunidades Asháninkas Rio Negro -OCAR

p) Dos representantes de la Federación Nacional de Mujeres Campesinas, Artesanas, Indígenas, Nativas y Asalariadas del Perú- FENMUCARINAP

q) Dos representantes de la Confederación Agraria de la Región Junín -FAREJ

La relación es nominativa más no limitativa, los integrantes podrán decidir el incorporar a otras organizaciones indígenas regionales representativas, según corresponda

Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental a asumir el cargo de Secretaría Técnica su función es brindar apoyo administrativo permanente a la Plataforma Regional de Pueblos Indígenas.

Artículo Cuarto.- La Plataforma Regional de Pueblos indígenas frente al cambio climático en la región Junín, tendrá las siguientes funciones:

a) Formular y proponer políticas, planes, programas, estrategias y medidas de adaptación y mitigación, frente al cambio climático desde la ciencia y tecnología ancestral de los pueblos indígenas u Originarios.

b) Sistematizar las propuestas de medidas de adaptación y mitigación frente al cambio climático de los pueblos indígenas u originarios.

c) Proponer las prioridades desde los pueblos indígenas de medidas de adaptación y mitigación para enfrentar el cambio climático para su incorporación en los proyectos de inversión.

d) Articular y gestionar propuestas de medidas de adaptación y mitigación de los pueblos indígenas u originarios con las entidades competentes en cambio climático y otras entidades a nivel regional, nacional e internacional, en función de los acuerdos adoptados por la Plataforma Regional de Pueblos indígenas del departamento de Junín frente al cambio climático, y en coordinación con el Consejo Directivo Nacional de la Plataforma de Pueblos Indígenas frente al Cambio Climático (PPICC).

e) Participar en el monitoreo y evaluación de la implementación de la Estrategia Regional de Cambio Climático ERCC.

f) Gestionar el fortalecimiento de capacidades de los pueblos indígenas u originarios de las bases regionales y locales de las organizaciones representativas de los pueblos indígenas u originarios, para la gestión integral del cambio climático, incorporando los enfoques de género, intercultural e intergeneracional.

g) Promover e impulsar modelos de gestión de proyectos de medidas de adaptación y mitigación del cambio climático, desde la ciencia y tecnología ancestral de los pueblos indígenas, incorporando los enfoques de género, interculturalidad e intergeneracional.

h) Difundir la labor que desarrolla la Plataforma Regional de Pueblos Indígenas u Originarios del departamento de Junín para enfrentar el Cambio Climático, en el marco de la Política Regional en materia de cambio climático.

i) Informar a las organizaciones regionales representativas de los pueblos indígenas y a la ciudadanía en general sobre los flujos de financiamiento provenientes de recursos públicos, privados y de la cooperación internacional, percibidos por el Gobierno Regional para la ejecución de las funciones de la Plataforma Regional de Pueblos indígenas u originarios del departamento de Junín para enfrentar el cambio climático.

Artículo Quinto.- La Plataforma Regional de Pueblos indígenas u Originarios del Departamento de Junín para enfrentar el cambio climático, elaborará su Reglamento Interno a los diez días de su instalación, según corresponda.

Artículo Sexto.- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano” y será difundida en su integralidad a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Junín.

Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 16 días del mes de junio del año 2023.

Kely Flores Mas

Consejera Delegada

Por lo tanto:

Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.

Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 22 días del mes de junio del 2023.

ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE

Gobernador Regional

2213194-1