Precisan que para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024, resulta de aplicación el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, y dictan otras disposiciones

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000755-2023-JN/ONPE

Lima, 5 de septiembre de 2023

VISTOS: El Decreto Supremo N° 097-2023-PCM de la Presidencia de la República; la Resolución N° 0134-2023-JNE del Jurado Nacional de Elecciones; el Informe N° 000310-2023-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000101-2023-GG/ONPE de la Gerencia General; así como el Informe N° 001022-2023-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Con Resolución N° 0122-2023-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de julio de 2023, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró concluido el proceso de Elecciones Municipales Complementarias (EMC) 2023, convocado mediante Decreto Supremo N° 001-2023-PCM. Asimismo, solicitó a la Presidencia de la República convocar a EMC en el distrito de Pion, provincia de Chota, departamento de Cajamarca, y en el distrito de Ninabamba, provincia de Santa Cruz, departamento de Cajamarca;

Mediante Decreto Supremo N° 097-2023-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 16 de agosto de 2023, la Presidencia de la República convocó a EMC 2024, para el 26 de mayo de 2024, con la finalidad de elegir a alcaldes y regidores de los concejos municipales pertenecientes a las circunscripciones señaladas en el párrafo previo;

Con Resolución N° 0134-2023-JNE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de agosto de 2023, el JNE resolvió entre otros asuntos: i) aprobar el cronograma electoral para el proceso de EMC 2024; ii) fijar el 25 de agosto de 2023 como fecha del cierre del padrón electoral para el proceso de EMC 2024; iii) precisar que pueden participar en las EMC 2024 los partidos políticos y organizaciones políticas de alcance regional con ámbito de acción en el departamento de Cajamarca con inscripción vigente en el Registro de Organizaciones Políticas; iv) establecer que es requisito obligatorio intervenir en las elecciones internas organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, conforme al cronograma aprobado para las EMC 2024; v) precisar que para las elecciones internas de las EMC 2024 es de aplicación, entre otros reglamentos, el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, aprobado por Resolución N° 0927-2021-JNE;

Sobre la base de la normativa descrita, se tiene que el JNE, además de establecer el cronograma para el proceso de EMC 2024, ha dispuesto como requisito obligatorio que la determinación de las candidaturas que serán inscritas deban generarse en elecciones internas organizadas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales;

Ahora bien, para la celebración de las elecciones internas para el proceso de EMC 2024, corresponde a este organismo habilitar la vigencia del Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de noviembre de 2021. Esto conforme al considerando 5 de la Resolución N° 0134-2023-JNE, donde el JNE expone que las elecciones internas deben de realizarse bajo las mismas reglas que rigieron en las ERM 2022, por cuanto de este proceso derivan las elecciones complementarias;

Sin perjuicio de lo anterior, lo previsto en el mencionado Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 deberá interpretarse según lo dispuesto por el JNE para este proceso electoral;

En relación con lo anterior, es oportuno puntualizar que, mediante el informe de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto comunica que, en la primera sesión del Comité de Coordinación Electoral correspondiente a las EMC 2024, el JNE solicitó la línea de tiempo para las elecciones internas de las EMC 2024, precisando que su fecha de convocatoria debe ser anterior a la fecha límite para que la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas remita al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil las fichas de afiliados para su verificación, es decir, debe ser anterior al 18 de septiembre de 2023. Por tal razón, solicita la emisión de la resolución jefatural que establezca la línea de tiempo aplicable conforme a lo detallado en el referido informe;

Para finalizar, cabe precisar que, a través de la modalidad de notificación en la casilla electrónica, se pondrá en conocimiento de las organizaciones políticas las decisiones que adopte este organismo electoral en la organización de las elecciones internas para el proceso de EMC 2024; por lo que las notificaciones se realizarán de conformidad con el Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – SISEN – ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000726-2023-JN/ONPE. A tal efecto, la Oficina Nacional de Procesos Electorales extiende la vigencia de las casillas electrónicas generadas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022; de no contarse con las mismas, estas deberán ser solicitadas a esta entidad;

En atención a lo antes expuesto, corresponde a la Jefatura Nacional expedir la resolución jefatural que explicite la normativa que resulta aplicable a las elecciones internas para el proceso de EMC 2024, cuya organización se encuentra bajo competencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como que establezca la línea de tiempo que le es aplicable;

En uso de las facultades conferidas en los literales c) y g) del artículo 5 y en el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; artículo 3 del Decreto Supremo N° 097-2023-PCM de la Presidencia de la República; de los literales r) y s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, adecuado por Resolución Jefatural N° 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias; así como teniendo en cuenta las disposiciones del Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – SISEN – ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000726-2023-JN/ONPE;

Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia General, así como de las Gerencias de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- PRECISAR que, para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024, resulta de aplicación el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 29 de noviembre de 2021.

Artículo Segundo.- PRECISAR que lo previsto en el Reglamento de Elecciones Internas de las organizaciones políticas en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 deberá interpretarse según lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones para este proceso electoral.

Artículo Tercero.- ESTABLECER la línea de tiempo aplicable para las Elecciones Internas en el ámbito del proceso de Elecciones Municipales Complementarias 2024, conforme al siguiente detalle:

Fecha o periodo

Descripción

Responsable

1

12 al 15 de septiembre de 2023

Convocatoria a Elecciones Internas

Organización Política

2

16 de septiembre de 2023

Plazo máximo para comunicar convocatoria a la ONPE

Organización Política

3

20 de noviembre de 2023

Plazo máximo para inscripción de candidatos a delegados

Organización Política

4

3 de diciembre de 2023

Entrega de listas de precandidatos presentadas por las Organizaciones Políticas

Jurando Nacional de Elecciones

5

4 al 6 de diciembre de 2023

Plazo máximo para el registro de miembros de mesa designados

Organización Política

6

31 de diciembre de 2023

Plazo máximo para el registro de la relación de personeros

Organización Política

Artículo Cuarto.- ESTABLECER que, para efectos de notificar a la organización política las decisiones que adopte la Oficina Nacional de Procesos Electorales en el marco de las Elecciones Internas, aquella deberá contar con casilla electrónica actualizada. Las comunicaciones remitidas a la casilla electrónica se rigen por el Reglamento del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – SISEN – ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000726-2023-JN/ONPE.

Artículo Quinto.- PONER EN CONOCIMIENTO del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil la presente resolución.

Artículo Sexto- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en la Plataforma Única ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la Oficina Nacional de Procesos Electorales.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

2212190-1