Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 255-2023-MINCETUR
Lima, 4 de setiembre de 2023
VISTO, el Oficio N° 001242-2023-CG/SGE y Oficio N° 003095-2023-CG/SESNC de la Contraloría General de la República; el Informe N° 0092-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UP de la Unidad de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 0040-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UEO/EO-PMD del Área de Ejecución de Obras; el Informe N° 0401-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UEO y el Informe N° 1947-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE/UEO/EO de la Unidad de Ejecución de Obras; el Memorándum N° 748-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE del Plan COPESCO Nacional; el Informe N° 0324-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 0097-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OCTIP de la Oficina de Cooperación Técnica e Inversión Pública; y el Memorándum N° 919-2023-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 367-2022-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, modificado por la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, cuyos montos de inversión superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República”;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la citada Ley Nº 31358 establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones públicas, se destina para su financiamiento hasta el 2% de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental;
Que, asimismo, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31358 autoriza a los pliegos involucrados a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; asimismo, el numeral 4.2 del citado artículo dispone que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego del gobierno nacional, la cual se publica en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, mediante el Oficio N° 001242-2023-CG/SGE y el Oficio N° 003095-2023-CG/SESNC, la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, gestionar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por el monto de S/ 419 257,68 (Cuatrocientos Diecinueve Mil Doscientos Cincuenta y Siete con 68/100 Soles); para la realización de las acciones de control concurrente al proyecto de inversión con CUI 2571631 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN EL ÁMBITO DE LAS ISLAS DE GUAÑAPE DISTRITO DE VIRU - PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
Que, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, mediante el Informe N° 0324-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma de S/ 419 257,68 (Cuatrocientos Diecinueve Mil Doscientos Cincuenta y Siete con 68/100 Soles), para financiar los servicios de control concurrente al proyecto de inversión a que se hace referencia en el considerando anterior, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y, la Directiva Nº 005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 419 257,68 (Cuatrocientos Diecinueve Mil Doscientos Cincuenta y Siete con 68/100 Soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para que ejecute las acciones de control concurrente del proyecto de inversión con CUI 2571631 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN EL ÁMBITO DE LAS ISLAS DE GUAÑAPE DISTRITO DE VIRU - PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2023 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora N° 004: Plan COPESCO Nacional, Categoría Presupuestal 0127: “Mejora de la competitividad de los destinos turísticos”, Proyecto CUI 2571631 “MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS TURÍSTICOS PÚBLICOS EN EL ÁMBITO DE LAS ISLAS DE GUAÑAPE DISTRITO DE VIRU - PROVINCIA DE VIRU - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, por la suma de S/ 419 257,68 (Cuatrocientos Diecinueve Mil Doscientos Cincuenta y Siete con 68/100 Soles), Acción de Inversión 6000053: Control Concurrente, Categoría del Gasto: 6 Gasto de Capital, en la Específica de Gasto: 24.23.11 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, por la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS MATHEWS SALAZAR
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2211904-1