Autorizan viaje del Ministro de Defensa a Argentina y encargan su despacho al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

resolución suprema

N° 124-2023-PCM

Lima, 31 de agosto de 2023

CONSIDERANDO:

Que, mediante Circular Nº 1/II ALCONU, el Ministro de Defensa de la República Argentina hace de conocimiento al señor Jorge Luis CHÁVEZ CRESTA, Ministro de Defensa de la República del Perú, la realización de la “II Conferencia de América Latina y del Caribe sobre Operaciones de Paz de la Organización de las Naciones Unidas” (II ALCONU), a llevarse a cabo en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 11 al 12 de setiembre de 2023;

Que, con Oficio Nº 02247-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa recomienda autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del señor Jorge Luis CHÁVEZ CRESTA, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, a fin de que participe en la “II Conferencia de América Latina y del Caribe sobre Operaciones de Paz de la Organización de las Naciones Unidas”, a llevarse a cabo en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 11 al 12 de setiembre de 2023, autorizando su salida del país el 10 de setiembre y su retorno el 13 de setiembre de 2023, sustentándose en los argumentos señalados en el Informe Técnico Nº 00006-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN-DIAMCI/MAPAC;

Que, los gastos que genere el citado viaje por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Defensa;

Que, asimismo, en tanto dure la ausencia del señor Ministro de Estado, es necesario encargar el Despacho de Defensa;

Que, por lo expuesto y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicio, del señor JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA, Ministro de Defensa, para que participe en referida Conferencia;

Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros, se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicio, del señor Jorge Luis CHÁVEZ CRESTA, Ministro de Estado en el Despacho de Defensa, a la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 11 al 12 de setiembre de 2023, autorizando su salida del país el 10 de setiembre y su retorno el 13 de setiembre de 2023, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2.- Los gastos que genere el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del pliego Ministerio de Defensa, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, contado a partir del término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Pasajes aéreos: Lima – Buenos Aires, (República Argentina) - Lima:

Clase económica

US$ 2,097.79 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 2,097.79

Viáticos:

US$ 370.00 x 1 persona x 3 días US$ 1,110.00

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Total a pagar: US$ 3,207.79

Artículo 3.- Encargar el Despacho de Defensa al señor Antonio Fernando Varela Bohórquez, Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo, a partir del 10 de setiembre de 2023 y mientras dure la ausencia del Titular.

Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA

Ministro de Defensa

2210773-3