Aprueban modificación del Catálogo de Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC

RESOLUCIÓN DE GERENCIA

Nº 03078-2023-SUCAMEC-GEPP

Lima, 25 de agosto de 2023

VISTO: El Informe Técnico N° 03461-2023-SUCAMEC-GEPP de fecha 31 de julio de 2023, emitido por la Unidad Funcional Técnica de Explosivos y Materiales Relacionados de Uso Civil de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil y las consideraciones siguientes;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal l) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-IN, modificado por el Decreto Supremo N° 017-2013-IN, se establece que es función de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias;

Que, el artículo 57 de la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, en concordancia con el artículo 260 de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-IN, clasifica según el uso a los productos pirotécnicos de uso civil en: i) de uso recreativo y ii) de uso industrial;

Que, asimismo, el numeral 319.3 del artículo 319 del Reglamento de la Ley N° 30299, señala que “para almacenar productos pirotécnicos o materiales relacionados, se debe tener en cuenta la compatibilidad entre éstos, de modo que ninguna otra sustancia, producto u objeto no compatible pueda ser almacenado con este tipo de productos”. Asimismo, este artículo dispone que las compatibilidades se establecen mediante Directiva aprobada por Resolución de Superintendencia;

Que, en ese sentido a través de la Resolución de Superintendencia N° 1090-2017-SUCAMEC de fecha 24 de octubre 2017, se dispuso aprobar la Directiva N° 19-2017-SUCAMEC sobre la “Compatibilidad de productos pirotécnicos y materiales relacionado”; la misma que en el numeral 6.8 de las Disposiciones Específicas, establece que es deber de esta Superintendencia Nacional publicar el Catálogo de Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC, el cual es aprobado mediante Resolución de Gerencia y es actualizado permanentemente.

Que, en ese marco normativo, con Informe Técnico N° 03461-2023-SUCAMEC-GEPP de fecha 31 de julio de 2023, la Unidad Funcional Técnica de Explosivos, Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados de Uso Civil de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, informa que se requiere incluir al Catálogo de Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC, nuevos productos ingresados al mercado nacional, entre productos pirotécnicos y materiales relacionados; motivo por el cual se procedió a modificar e incorporar los cambios al citado catálogo aprobado mediante Resolución de Gerencia N° 02117-2020-SUCAMEC-GEPP del 30 de diciembre de 2020, modificado por Resolución de Gerencia Nº 3174-2021- SUCAMEC-GEPP del 25 de octubre de 2021 y la Resolución de Gerencia N° 0579-2022-SUCAMEC-GEPP del 09 de febrero de 2022.

Que, por lo expuesto, corresponde se apruebe el Catálogo de Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC, el mismo que contiene tres mil sesenta y seis (3066) productos, que detalla los códigos SUCAMEC, códigos de empresa, la denominación genérica, nombre comercial y clasificación de los Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados;

De conformidad con la Ley N° 30299, Ley de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados de uso civil, el Reglamento de la Ley N°30299, aprobado por Decreto Supremo N°010-2017-IN, de acuerdo con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-IN, modificado por el Decreto Supremo N° 017-2013-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la modificación del Catálogo de Productos Pirotécnicos y Materiales Relacionados controlados por la SUCAMEC, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano. El Anexo aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución se publica en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC (www.gob.pe/sucamec) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución de Gerencia en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO ANTONIO HERNÁNDEZ CARRIZALES

Gerente

Gerencia de Explosivos y Productos

Pirotécnicos de Uso Civil

2210508-1