Derogan las medidas establecidas para el transporte terrestre durante el estado de emergencia nacional y sanitaria a consecuencia de la COVID-19, contenidas en la R.M. N° 0327-2020-MTC/01, la R.M. N° 0366-2020-MTC/01 y la R.M. N° 249-2022-MTC/01

resolución ministerial

N° 1136-2023-MTC/01

Lima, 23 de agosto de 2023

VISTOS: El Informe N° 0402-2023-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y el Informe N° 0904-2023-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio es competente de manera exclusiva en las materias de servicios de transporte de alcance nacional e internacional, entre otras; asimismo, tiene como función rectora dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas de su competencia;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0327-2020-MTC/01, se aprueba el “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención de la COVID-19, en los Servicios Complementarios al Transporte y Tránsito Terrestre que realizan los Centros de Inspección Técnica Vehicular, Talleres de Conversión, Entidades Certificadoras, Centros de Revisión Periódica de Cilindros y Entidades Verificadoras”, que establece los lineamientos de salud pública que deben ser observados en la prestación y utilización de los servicios complementarios al transporte y tránsito terrestre, que realizan las Entidades Complementarias, como medidas para enfrentar y prevenir los riesgos de contagio de la COVID-19;

Que, por Resolución Ministerial N° 0366-2020-MTC/01, modificada por el artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 180-2021-MTC-01, se aprueba el “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención de la COVID-19, en los Servicios Complementarios para la Emisión de las Licencias de Conducir que realizan las Entidades Habilitadas para expedir Certificados de Salud, Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación”, que establece las reglas y procedimientos de salud pública que deben ser observados en la prestación y utilización de los servicios complementarios referidos a la emisión de las licencias de conducir que realizan las Entidades Complementarias, como medidas para enfrentar y prevenir los riesgos de contagio de la COVID - 19;

Que, asimismo, por Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01, se aprueba los “Lineamientos Sectoriales para la Prevención de la COVID-19 en los servicios de transporte terrestre”, contendidos en el Anexo I: “Lineamiento Sectorial para la Prevención de la COVID-19 en el Servicio de Transporte Terrestre Regular de Personas en los Ámbitos Nacional y Regional”; Anexo II: “Lineamiento Sectorial para la Prevención de la COVID-19 en el Servicio de Transporte Terrestre Regular de Personas de Ámbito Provincial”; Anexo III: “Lineamiento Sectorial para la Prevención de la COVID-19 en el Servicio de Transporte Turístico Terrestre”; Anexo IV: “Lineamiento Sectorial para la Prevención de la COVID-19 en el Servicio de Transporte Terrestre Especial de Personas”; Anexo V: “Lineamiento Sectorial para la Prevención de la COVID-19 en el Servicio de Transporte Terrestre de Estudiantes”; y Anexo VI: “Lineamiento Sectorial para la Prevención de la COVID-19 en el Servicio de Transporte Público Especial de Personas en la Modalidad de Taxi y en Vehículos Menores”;

Que, mediante Informe N° 0402-2023-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y el Informe N° 0904-2023-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, se sustenta y propone la derogación de las medidas establecidas para el transporte terrestre durante el estado de emergencia nacional y sanitaria a consecuencia de la COVID-19, contenidas en la Resolución Ministerial N° 0327-2020-MTC/01, la Resolución Ministerial N° 0366-2020-MTC/01 y la Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01;

Que, en ese sentido, considerando la finalización de la declaración de la emergencia sanitaria a consecuencia de la COVID-19, de conformidad con el Decreto Supremo N° 003-2023-SA, corresponde derogar la Resolución Ministerial N° 0327-2020-MTC/01; la Resolución Ministerial N° 0366-2020-MTC/01; y, la Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respectivamente;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 0327-2020-MTC/01, que aprueba el “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, en los Servicios Complementarios al Transporte y Tránsito Terrestre que realizan los Centros de Inspección Técnica Vehicular, Talleres de Conversión, Entidades Certificadoras, Centros de Revisión Periódica de Cilindros y Entidades Verificadoras”, la Resolución Ministerial N° 0366-2020-MTC/01, que aprueba el “Protocolo Sanitario Sectorial para la prevención del COVID-19, en los Servicios Complementarios para la Emisión de las Licencias de Conducir que realizan las Entidades Habilitadas para expedir Certificados de Salud, Escuelas de Conductores y Centros de Evaluación” y la Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01, que aprueba los “Lineamientos Sectoriales para la Prevención de la COVID-19 en los servicios de transporte terrestre”.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO

Ministra de Transportes y Comunicaciones

2209230-1