Autorizan viaje de Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000743-2023-JN/ONPE
Lima, 25 de agosto de 2023
VISTOS: La Carta SFD/DECO-240/23 suscrita por el Director General de Elecciones de Canadá y por el Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos; el Oficio Nº 000632-2023-JN/ONPE y el Memorando Nº 000350-2023-JN/ONPE de esta Jefatura; los Informes n. os 001444-2023-SGPR-GPP/ONPE, 001790-2023-SGPR-GPP/ONPE y 001861-2023-SGPR-GPP/ONPE, de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; los Informes n. os 000225-2023-GPP/ONPE, 000278-2023-GPP/ONPE y 000292-2023-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe Nº 000988-2023-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Mediante la Carta SFD/DECO-240/23 de vistos, suscrita por los señores Stéphane Perrault, Director General de Elecciones de Canadá y Gerardo de Icaza, Director del Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos se cursa una invitación al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a la XVI Reunión Interamericana de Autoridades Electorales (RAE), a realizarse en la ciudad de Ottawa, Canadá los días 25 y 26 de Setiembre de 2023;
En la citada invitación, se precisa que los organizadores del evento cubrirán los costos correspondientes a hospedaje, transporte interno en el país anfitrión, desayuno y almuerzo, mientras que cada institución participante es responsable de cubrir los costos del pasaje aéreo y de la cena de sus delegados. Asimismo, con el objetivo de participar de todas las actividades planeadas en el marco del citado evento, los organizadores sugieren que las delegaciones programen su vuelo de llegada para el 24 de Setiembre de 2023 y su salida el 27 de Setiembre de 2023;
Con el Oficio de vistos, se comunicó a los organizadores la aceptación a la invitación antes referida y, con el Memorando de vistos se dispuso que el Gerente General, quede encargado del despacho de la Jefatura de la ONPE, en tanto dure la ausencia de su titular, por las razones antes señaladas;
Asimismo, con los Informes de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, referenciando los informes de la Sub Gerencia de Presupuesto, informan la disponibilidad presupuestal para la adquisición del pasaje aéreo (ida y vuelta) y viáticos para la comisión de servicios citada;
Cabe señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27619 que, regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y los Artículos 2 y 4 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
En ese sentido, de acuerdo a lo informado por los organizadores, la XVI Reunión Interamericana de Autoridades Electorales (RAE) constituye un espacio de intercambio de información, conocimientos y experiencias de las autoridades electorales convocadas, en la que se ofrecerán paneles y talleres para fortalecer sus capacidades y habilidades, cuya temática incide en aspectos vinculados a las funciones electorales;
Lo señalado anteriormente evidencia que el citado evento reviste interés institucional toda vez que se encuentra vinculada a las funciones y responsabilidades que cumple la ONPE y permitirá el intercambio de conocimientos y experiencias útiles y beneficiosas para nuestra institución y a nuestro país;
De otro lado, el artículo 57 del Reglamento Interno de Trabajo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (RIT de ONPE), aprobado por Resolución Jefatural N° 172-2014-J/ONPE y su modificatoria, establece que: “Mediante el encargo se designa a un trabajador el desempeño de funciones de responsabilidad directiva dentro de la Institución. (…)”. Adicionalmente, dispone que: “El encargo es temporal, excepcional, fundamentado, no podrá exceder el período presupuestal (…) deberá ser aprobado por Resolución Jefatural cuando se trate de cargos con nivel gerencial (…)”;
En tal sentido, en tanto dure la ausencia del titular, a fin de garantizar la continuidad de las actividades de la entidad, corresponde disponer el encargo del despacho de la Jefatura de la ONPE al Gerente General, de conformidad con el artículo 57 del RIT de ONPE;
De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, los literales c), r) y u) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado por la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias y el artículo 57 del Reglamento Interno de Trabajo de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolución Jefatural Nº 172-2014-J/ONPE, y su modificatoria;
Con el visado de la Secretaría General, la Gerencia General y la Gerencia de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Piero Alessandro Corvetto Salinas, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, desde el 24 al 28 de setiembre de 2023 a la ciudad de Ottawa, Canadá, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos referidos a hospedaje, transporte interno, desayuno y almuerzo, serán cubiertos por los organizadores del evento. Los gastos referidos al pasaje aéreo (ida y vuelta), viáticos y al seguro de viaje del señor Piero Alessandro Corvetto Salinas, Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, serán cubiertos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales, según el siguiente detalle:
Concepto |
Costo |
Pasaje aéreo (ida y vuelta) |
S/ 6,796.55 (seis mil setecientos noventa y seis con 55/100 soles). |
Viáticos |
S/ 1,150.00 (mil ciento cincuenta con 00/100 soles). |
Seguro de viaje |
USD 29.25 (veintinueve con 25/100 dólares americanos). |
Artículo Tercero.- Precisar que el viaje a que se refieren los artículos precedentes, no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos con copia a la Gerencia de Recursos Humanos.
Artículo Quinto.- Encargar al señor Bernardo Juan Pachas Serrano, Gerente General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, con retención de su cargo, las funciones del despacho de la Jefatura de la Oficina Nacional de Procesos Electorales desde el 24 al 28 de setiembre de 2023 o en tanto dure la ausencia del titular, por las razones antes expuestas.
Artículo Sexto.- Poner el contenido de la presente resolución a conocimiento de la Gerencia de Recursos Humanos y del funcionario que asumirá el encargo del despacho citado en el artículo que antecede, para los fines correspondientes.
Artículo Sétimo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, en la web oficial de la ONPE ubicada en la plataforma digital única del Estado peruano www.gob.pe/onpe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS
Jefe
2208926-1