Decreto Supremo que aprueba el nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas y autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de las universidades públicas
DECRETO SUPREMO
N° 183-2023-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 96 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, señala que las remuneraciones de los docentes de la universidad pública se establecen por categoría y su financiamiento proviene de las transferencias corrientes del Tesoro Público;
Que, el numeral 1 de la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, exceptúa a las universidades públicas, durante el Año Fiscal 2023, de lo establecido en el artículo 6 de la referida norma, a efectos de incrementar, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de este último, la remuneración de los docentes ordinarios de las universidades públicas; asimismo, señala que el referido incremento se efectúa en dos oportunidades, en los meses de abril y agosto del Año Fiscal 2023;
Que, el numeral 2 de la citada Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, establece que, para efectos de financiar el incremento de la remuneración de los docentes ordinarios de las universidades públicas, se autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las universidades públicas; las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último;
Que, mediante Decreto Supremo N° 066-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba el nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas y autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 en favor de las universidades públicas, se aprueba el nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas, pertenecientes a las categorías principal, asociado y auxiliar;
Que, mediante el Oficio N° 00369-2023-MINEDU/DM, el Ministerio de Educación solicita la aprobación de un Decreto Supremo que aprueba el incremento de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas y autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de las universidades públicas, para financiar el costo diferencial del citado incremento, conforme a lo previsto en la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; adjuntando, para tales efectos, los Informes N° 01061-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y N° 01109-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado Ministerio. Asimismo, mediante el Oficio N° 00704-2023-MINEDU/SPE-OPEP la citada Oficina remite el Informe N° 01246-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP con información complementaria;
Que, en consecuencia, resulta necesario establecer el nuevo monto de la remuneración de los docentes ordinarios de las universidades públicas, así como autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por el monto de S/ 39 215 380,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor de cincuenta y dos (52) universidades públicas, para financiar la citada medida;
De conformidad con lo dispuesto en la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación del nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas
1.1 El docente ordinario de las universidades públicas, en el marco de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, percibe su remuneración, conforme al siguiente detalle:
Docente de Universidades Públicas |
Categoría |
Régimen de dedicación |
Remuneración mensual S/ |
Docente ordinario |
Principal |
a dedicación exclusiva |
8 069,82 |
a tiempo completo |
|||
Asociado |
a dedicación exclusiva |
5 170,50 |
|
a tiempo completo |
|||
Auxiliar |
a dedicación exclusiva |
4 683,00 |
|
a tiempo completo |
1.2 La remuneración de los docentes ordinarios, pertenecientes a las categorías principal, asociado y auxiliar con régimen de dedicación a tiempo parcial, se calcula de manera proporcional a las horas laboradas y teniendo como base el monto de la remuneración del docente ordinario de similar categoría con régimen de dedicación a tiempo completo.
Artículo 2.- Vigencia del nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas
La remuneración de los docentes universitarios ordinarios establecida en el artículo 1 del presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del mes de agosto de 2023.
Artículo 3.- Registro en el Aplicativo Informático
La Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas procede, de oficio, a la actualización del monto de la remuneración de los docentes universitarios establecido en el artículo 1 del presente Decreto Supremo en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público.
Artículo 4.- Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de las universidades públicas
4.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 39 215 380,00 (TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y 00/100 SOLES), a favor de cincuenta y dos (52) universidades públicas, para financiar el costo diferencial del incremento remunerativo a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, para el período de agosto a diciembre del presente año, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 010 : M. de Educación
UNIDAD EJECUTORA 017 : Dirección de Educación de Lima
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0147 : Fortalecimiento de la Educación Superior Tecnológica
PRODUCTO 3000833 : Docentes con Competencias Pertinentes y Actualizadas
ACTIVIDAD 5006091 : Selección, Contratación Oportuna y Pago de Docentes, Asistentes y Auxiliares
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 212 599,00
UNIDAD EJECUTORA 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular
PROYECTO 2381345 : Creación Servicio Educativo Especializado para Alumnos de Segundo Grado de Secundaria de Educación Básica Regular con Alto Desempeño Académico de la Región Ancash
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 8 000 000,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos
PROYECTO 2382929 : Mejoramiento del Servicio Educativo Especializado del Nivel Secundario del Colegio de Alto Rendimiento del Departamento de Moquegua
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 4 000 000,00
UNIDAD EJECUTORA 120 : Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos
PROYECTO 2488226 : Adquisición de Equipo para la Continuidad del Servicio Educativo en el marco del Covid-19; En II.EE. Primaria, II.EE. Secundaria a Nivel Nacional
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 000,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular
PROYECTO 2304163 : Mejoramiento de las Oportunidades de Aprendizaje con TIC en 603 IIEE del Nivel Secundaria con Jornada Escolar Completa correspondiente al Segundo Tramo de su Implementación en el Ámbito Nacional
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 50 887,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular
PROYECTO 2340203 : Mejoramiento de las Oportunidades de Aprendizaje con TIC En 400 II.EE. del Nivel Secundaria con Jornada Escolar Completa, correspondiente al Tercer Tramo de su Implementación en el Ámbito Nacional
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 3 414 304,00
UNIDAD EJECUTORA 024 : Sede Central
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0150 : Incremento en el Acceso de la Población a los Servicios Educativos Públicos de la Educación Básica
PRODUCTO 3000867 : Servicios Educativos Pertinentes y con Condiciones para su Funcionamiento
ACTIVIDAD 5006239 : Generación de Condiciones para la Implementación del Servicio Educativo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 3 161,00
UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5004279 : Monitoreo, Supervisión y Evaluación de Productos y Actividades en Gestión de Riesgo de Desastres
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 57 686,00
PRODUCTO 3000734 : Capacidad Instalada para la Preparación y Respuesta Frente a Emergencias y Desastres
ACTIVIDAD 5005612 : Desarrollo de los Centros y Espacios de Monitoreo de Emergencias y Desastres
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 5 269,00
PRODUCTO 3000738 : Personas Con Formación y Conocimiento en Gestión del Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático
ACTIVIDAD 5005580 : Formación y Capacitación en Materia de Gestión de Riesgo de Desastres y Adaptación al Cambio Climático
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 26 894,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del Programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 192 216,00
PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas
ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 853 078,00
PRODUCTO 3000386 : Docentes Preparados Implementan el Currículo
ACTIVIDAD 5005631 : Gestión del Currículo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 629 433,00
PRODUCTO 3000387 : Estudiantes de Educación Básica Regular cuentan con Materiales Educativos necesarios para el logro de los Estándares de Aprendizajes
ACTIVIDAD 5005641 : Gestión de Materiales y Recursos Educativos para Instituciones Educativas de Educación Intercultural Bilingüe, Conforme al Currículo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 111 794,00
PRODUCTO 3000388 : Evaluación de los aprendizajes y de la calidad educativa
ACTIVIDAD 5000244 : Evaluación censal de estudiantes
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 596 642,00
2.4 Donaciones y Transferencias 15 000 000,00
PRODUCTO 3000743 : Docentes y directores de ii.ee. publicas con buen desempeño
ACTIVIDAD 5003128 : Evaluación del desempeño docente
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 359 092,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la educación básica y técnico productiva
PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 43 262,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0107 : Mejora de la formación en carreras docentes en institutos de educación superior no universitaria
PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 21 881,00
PRODUCTO 3000802 : Docentes formadores y personal directivo fortalecidos y evaluados para gestionar el currículo
ACTIVIDAD 5005912 : Gestión del currículo y de estrategias metodológicas de enseñanza/aprendizaje
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 1 445,00
PRODUCTO 3000804 : Instituciones de educación superior pedagógica y carreras licenciadas y acreditadas
ACTIVIDAD 5005916 : Licenciamiento, supervisión y acreditación de las instituciones de educación superior pedagógica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 41 910,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0147 : Fortalecimiento de la educación superior tecnológica
PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 196 806,00
PRODUCTO 3000833 : Docentes con competencias pertinentes y actualizadas
ACTIVIDAD 5006091 : Selección, contratación oportuna y pago de docentes, asistentes y auxiliares
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 97,00
PRODUCTO 3000834 : Gestión directiva orientada al cumplimiento de resultados
ACTIVIDAD 5006094 : Selección, contratación oportuna y pago de directores, jerárquicos y administrativos
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 831,00
PRODUCTO 3000835 : Oferta educativa pertinente acorde al sector productivo
ACTIVIDAD 5006097 : Actualización del catálogo nacional de la oferta formativa articulado con el sector productivo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 10 279,00
PRODUCTO 3000837 : Instituciones de educación superior tecnológica cumplen con condiciones básicas de calidad
ACTIVIDAD 5006103 : Planificación y optimización de la oferta de educación superior tecnológica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 36 226,00
ACTIVIDAD 5006104 : Licenciamiento de la educación superior tecnológica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 108 200,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0150 : Incremento en el acceso de la población a los servicios educativos públicos de la educación básica
PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes
ACTIVIDAD 5000276 : Gestión del programa
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 8 708,00
PRODUCTO 3000868 : Modelos de servicios educativos validados
ACTIVIDAD 5006242 : Implementación de piloto de modelo de servicio educativo
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 50 193,00
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos
PRODUCTO 3999999 : Sin producto
ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la educación laboral y técnica
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 2 176 487,00
===========
TOTAL EGRESOS 39 215 380,00
===========
A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO : Universidades Públicas
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0066 : Formación Universitaria de Pregrado
PRODUCTO 3000784 : Docentes con Adecuadas Competencias
ACTIVIDAD 5005857 : Ejercicio de la Docencia Universitaria
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 39 215 380,00
===========
TOTAL EGRESOS 39 215 380,00
===========
4.2 Los pliegos habilitados en el numeral 4.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, así como la respectiva genérica de gasto, se detallan en el Anexo “Transferencia para financiar el costo diferencial del incremento de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 5.- Procedimiento para la aprobación institucional
5.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 4.1 del artículo 4, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo
N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
5.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
5.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 6.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 4.1 del artículo 4 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 7.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
ÚNICA. Derogación del artículo 1 del Decreto Supremo N° 066-2023-EF
Derogar el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 066-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba el nuevo monto de la remuneración mensual de los docentes ordinarios de las universidades públicas y autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 en favor de las universidades públicas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de agosto del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
MAGNET CARMEN MÁRQUEZ RAMÍREZ
Ministra de Educación
2207975-1