Otorgan distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura”

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 000320-2023-MC

San Borja, 21 de agosto del 2023

VISTOS: el Proveído Nº 006372-2023-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe Nº 000296-2023-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000383-2023-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N°001203-2023-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, se crea el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, estableciéndose entre sus funciones exclusivas el convocar y conceder reconocimiento al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, asimismo, el literal d) del artículo 7 de la norma citada y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva del Ministerio de Cultura, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 51 del ROF del Ministerio de Cultura, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural es el órgano de línea encargado de diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias, programas y proyectos para una adecuada gestión, registro, inventario, investigación, conservación, presentación, puesta en uso social, promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico inmueble;

Que, el artículo 55 del ROF del Ministerio de Cultura, dispone que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos;

Que, el artículo 77 del ROF del Ministerio de Cultura, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, asimismo, conforme con el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF del Ministerio de Cultura, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;

Que, el artículo 82 del ROF del Ministerio de Cultura, establece que la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es la unidad orgánica encargada de diseñar, promover e implementar políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la actividad creativa en los más diversos campos de las artes escénicas, musicales, plásticas, visuales, artes aplicadas y multidisciplinarias; asimismo, el numeral 82.15 del referido artículo 82 dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde emitir opinión técnica para el otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas, cuya labor y trayectoria en el campo de las artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que “Personalidad Meritoria de la Cultura” es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formalizará mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada directiva;

Que, mediante el Informe N° 000296-2023-DGPC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural, con sustento en el Informe Nº 000264-2023-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial que, a su vez, traslada el Informe Nº 000031-2023-DPI-HCC/MC, recomienda se otorgue el reconocimiento de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor GREGORIO ENRIQUEZ TAIPE, danzante de la danza de las tijeras conocido con el nombre artístico de “Siwar”, por su destacada trayectoria como danzante de la danza de las tijeras del departamento de Huancavelica y por su contribución con la valoración, difusión y transmisión de esta expresión cultural a nivel regional, nacional e internacional;

Que, mediante el Informe N° 000383-2023-DGIA/MC la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, con sustento en el Informe Nº 017960-2023-DIA/MC de la Dirección de Artes, recomienda reconocer como “Personalidad Meritoria de la Cultura” a la persona propuesta, danzante de la danza de las tijeras conocido con el nombre artístico de “Siwar” por su destacada trayectoria como danzante de la danza de las tijeras del departamento de Huancavelica y su contribución a la valoración, difusión y transmisión de dicha expresión cultural;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor GREGORIO ENRIQUEZ TAIPE, danzante de la danza de las tijeras conocido con el nombre artístico de “Siwar”; advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 002-2016/MC, “Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” al señor GREGORIO ENRIQUEZ TAIPE, danzante de la danza de las tijeras conocido con el nombre artístico de “SIWAR”, por su destacada trayectoria como danzante de la danza de las tijeras del departamento de Huancavelica, contribuyendo con la valoración, difusión y transmisión de esta expresión cultural a nivel regional, nacional e internacional.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. La presente resolución y sus anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

2207153-1