Formalizan designación de representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Adopciones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 290-2023-MIMP
Lima, 16 de agosto de 2023
Vistos, el Informe N° D000023-2023-MIMP-DGA de la Dirección General de Adopciones, el Memorándum N° D000529-2023-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y el Informe N° D000740-2023-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 136 del Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones, el cual está conformado, entre otros, por un (1) representante del Poder Judicial, cuya designación es ad honórem y tiene una vigencia de dos (2) años;
Que, la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP, señala que en tanto el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables no apruebe las Directivas específicas sobre materia de adopción en el marco del citado Reglamento, mantienen su vigencia, entre otras normas, el Reglamento del Consejo de Adopciones aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES, en adelante el Reglamento;
Que, los numerales 5.2 y 5.3 del artículo 5 del Reglamento establecen que las entidades e instituciones comunican por escrito la designación de sus representantes que integrarán el Consejo Nacional de Adopciones, disponiéndose su formalización mediante resolución ministerial del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables;
Que, el artículo 6 del Reglamento señala que los representantes ante el Consejo Nacional de Adopciones serán designados por dos (2) años, no pudiendo renovarse su designación para el período inmediato siguiente y precisa que la citada designación es personal e indelegable; disponiéndose en el artículo 7 los requisitos para ser miembro de dicho Consejo;
Que, el numeral 4 del artículo 9 del Reglamento establece que los miembros del Consejo Nacional de Adopciones cesan en el ejercicio del cargo cuando la entidad o institución a la que representa dé por culminada su designación;
Que, con el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 288-2021-MIMP se formaliza la designación, por el periodo de dos (2) años, a la magistrada JESSICA VANESSA MEDINA JIMENEZ como representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Adopciones;
Que, con Oficio N° 002885-2023-SG-CS-PJ, la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República remite la Resolución Administrativa N° 000290-2023-P-PJ, mediante la cual da por concluida la designación de la señora magistrada JESSICA VANESSA MEDINA JIMENEZ y presenta la designación del señor RAFAEL MANUEL RUIZ HIDALGO, integrante del Gabinete de Asesores de la presidencia de la Corte Suprema de Justicia ante el Consejo Nacional de Adopciones;
Que, mediante Informe N° D000023-2023-MIMP-DGA la Dirección General de Adopciones, en su calidad de órgano técnico competente, ha señalado que, el Poder Judicial dio por concluida la designación de la señora magistrada JESSICA VANESSA MEDINA JIMENEZ como representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Adopciones, y que de acuerdo al análisis de los requisitos previstos en el Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES, se concluye que el señor RAFAEL MANUEL RUIZ HIDALGO, cumple con los mismos por lo que se emite opinión favorable para su designación como representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Adopciones;
Que, mediante Informe N° D000740-2023-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por el órgano competente de la entidad, estima procedente la emisión de la presente resolución;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Adopciones y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Decreto Legislativo N° 1297, Decreto Legislativo para la protección de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos; en el Decreto Supremo N° 001-2010-MIMDES, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Consejo de Adopciones; en el Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297; y, en la Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora magistrada JESSICA VANESSA MEDINA JIMENEZ como representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Formalizar la designación, por el periodo de dos (2) años, del señor RAFAEL MANUEL RUIZ HIDALGO como representante del Poder Judicial ante el Consejo Nacional de Adopciones.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución al profesional al que se hace referencia en el artículo precedente, a la Dirección General de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y al Poder Judicial, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NANCY TOLENTINO GAMARRA
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
2206220-1