Designan funcionario responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de los Informes de Servicios de Control Posterior, Seguimiento y Publicación de la Contraloría General de la República del Perú, de conformidad con lo establecido en la Directiva N°009-2023-CG/SESNC “Implementación de las Recomendaciones de los Informes de Servicios de Control Posterior, Seguimiento y Publicación”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 263-2023-CG
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 069-2023-SANIPES/PE
San Isidro, 11 de agosto de 2023
VISTOS:
El Memorando N°494-2023-SANIPES/GG, de la Gerencia General; y, el Informe Nº290-2023-SANIPES/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N°30063, modificada por Decreto Legislativo N° 1402, se crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera-SANIPES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia;
Que, el Artículo 7° de la Ley Nº27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, señala que el control interno comprende las acciones de cautela previa, simultánea y de verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad de que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta y eficientemente. Su ejercicio es previo, simultáneo y posterior;
Que, el artículo 14 de la antes señalada ley, dispone que el ejercicio de control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución;
Que, a través de la Resolución de contraloría N°263-2023-CG de fecha 12 de julio de 2023 y con fecha de publicación en el diario oficial el peruano 14 de julio de 2023, se aprueba la Directiva N°009-2023-CG/SESNC, “Implementación de las Recomendaciones de los Informes de Servicios de Control Posterior, Seguimiento y Publicación” (en adelante Directiva), que tiene por finalidad regular el proceso de implementación y seguimiento a las recomendaciones de los informes resultantes de los servicios de control posterior, que incluyen a las acciones administrativas y/o legales, así como el seguimiento de los procedimientos administrativos y procesos legales derivados de su implementación y de la publicación de las recomendaciones orientadas a la mejora de la gestión en el Portal de Trasparencia Estándar o portal web de la entidad, con el propósito de contribuir a la trasparencia, al fortalecimiento y mejora en la gestión de las entidades, y a la lucha contra la corrupción;
Que, el inciso a) del numeral 6.2.2.1 del literal 6.2.2 del punto 6 de las Disposiciones Generales de la Directiva, respecto a la Implementación de las Recomendaciones, establece las obligaciones de la entidad, en favor al Titular de la Entidad, teniendo entre otras la de designar mediante documentos a la máxima autoridad administrativa de la entidad como funcionario responsable del monitoreo, en el citado documento bastara con señalar el cargo de dicha autoridad según lo establecido en los documentos de gestión organizacional de cada entidad
Que, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº069-2020-SANIPES/PE, de fecha 21 de octubre de 2020, se designó, a la Abogada Clara Asunción Vejarano Ingar como funcionaria responsable del monitoreo del proceso de implementación y seguimiento de las recomendaciones de los informes de auditoría, de conformidad con lo establecido en la Directiva N°006-2016-CG/GPROD;
Que, se ha visto por conveniente derogar la Resolución mencionada en el párrafo anterior y designar a la Gerencia General en su condición de máxima autoridad administrativa del SANIPES, como funcionario responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de los informes de Servicio de Control Posterior, Seguimiento y Publicación de la Contraloría General de la Republica del Perú, de conformidad con lo establecido en la Directiva Nº009-2023-CG/SESNC, “Implementación de las Recomendaciones de los Informes de Servicios de Control Posterior, Seguimiento y Publicación”;
Que, en ese contexto, es de tener en consideración que el Artículo 12 del Texto Único Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera – SANIPES (En adelante ROF de SANIPES), aprobado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N°53-2021-SANIPES/PE, señala que la Gerencia General es el máximo órgano administrativo del SANIPES;
Que, el artículo 10 y el inciso y) del Artículo 11 del ROF de SANIPES, señala que la Presidencia Ejecutiva es el órgano responsable de la conducción y gestión de la entidad, Ejerce la titularidad de la entidad y es la máxima autoridad Ejecutiva, y emite resoluciones en el ámbito de su competencia;
Con el visado de la Gerencia General y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES modificada por Decreto Legislativo Nº 1402; Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 053-2021-SANIPES/PE que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), Directiva N°009-2023-CG/SESNC aprobada por la Resolución de contraloría N°263-2023-CG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR, al Gerente General, en su condición de máxima autoridad administrativa del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera -SANIPES, como funcionario responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de los Informes de Servicios de Control Posterior, Seguimiento y Publicación de la Contraloría General de la República del Perú, de conformidad con lo establecido en la Directiva N°009-2023-CG/SESNC “Implementación de las Recomendaciones de los Informes de Servicios de Control Posterior, Seguimiento y Publicación”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N°263-2023-CG
Artículo 2.- DISPONER que el funcionario responsable del monitoreo del proceso de implementación de las recomendaciones de los Informes de Servicios de Control Posterior, Seguimiento y Publicación, designado en el Artículo 1° de la presente Resolución, realice las siguientes acciones:
a) Elaborar y suscribir el Plan de Acciones; y remitir el mismo al OCI o a la Contraloría, según corresponda a través del aplicativo informático o de la mesa de partes física de la entidad o de la contraloría a nivel nacional, en los plazos y forma establecidos en la presentes Directiva.
b) Coordinar de manera permanente con los funcionarios públicos responsables de implementar las recomendaciones del informe de control, a fin de cumplir con las acciones y plazo establecidos en el Plan de Acciones.
c) Evaluar la información registrada o remitida por los funcionarios públicos responsables de implementar las recomendaciones del informe de control, para su consolidación y remisión al OCI o al Órgano o unidad orgánica de la Contraloría a cargo del seguimiento.
d) Solicitar la Titular de la entidad dejar sin efecto su designación como funcionario responsable de monitoreo, cuan se le haya identificado presunta responsabilidad administrativo, civil o penal en un informe de control notificado a la entidad. La solicitud se realiza en un plazo máximo de dos (2) hábiles de hacer tomado conocimiento de dicha situación.
Artículo 3.- DEROGAR la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°069-2020-SANIPES/PE de fecha 21 de octubre de 2020.
Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución al funcionario designado en el Articulo 1° de la presente Resolución y al Órgano de Control Institucional del Ministerio de la Producción.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución, en el diario oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes.gob.pe).
Regístrese y comuníquese.
VICTOR ORLANDO HARO CORALES
Presidente Ejecutivo
2204799-1