Autorizan a las Unidades Ejecutoras: 100-832: Región La Libertad - Agricultura y 001-831: Región La Libertad - Sede Central, las transferencias solicitadas por la Contraloría General de la República y el Ministerio Público
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL
Nº 000376-2023-GRLL-GOB
Trujillo, 25 de mayo del 2023
VISTO:
El Oficio Nº 000053-2023-CG-SGE, mediante el cual la Contraloría General de la República se dirige al Sr. Gobernador Regional manifiesta que en el marco de Ley Nº 31358, se han priorizado inversiones que detalla para el despliegue de los servicios de control gubernamental en dichas inversiones; y el Oficio Nº 1133-2023-ANC-MP-J, mediante el cual el Jefe Nacional de la Autoridad Nacional de Control solicita hacer efectiva la transferencia financiera a favor del Pliego 022 Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, así como la Ley Nº 31640; y,
CONSIDERANDO:
Que, en concordancia con los artículos 189 y 191 de la Constitución Política del Perú, los artículos 8 y 9 de la Ley N. º 27783, Ley de Bases de la Descentralización, precisan que la autonomía es el derecho y capacidad efectiva de los Gobiernos en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, autonomía sujeta a los parámetros de la Constitución Política.
Que, mediante Oficio Nº 00053-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República comunica al Gobernador Regional de La Libertad, la solicitud de Transferencia Financiera para el control gubernamental en gastos de inversión en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y de lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se debe efectuar la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 1% del saldo de inversión por ejecutar, el cual forma parte del Costo de Control Concurrente determinado; el saldo restante conforme a lo señalado en el referido dispositivo, deberá ser transferido al Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de acuerdo al siguiente detalle:
ITEM |
CUI |
NOMBRE DE LA INVERSIÓN |
CCC (2%) |
TRANFERIR A CGR (1%) |
1 |
2436666 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO EN EL AMBITO DE 8 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE SANTIAGO DE CHUCO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
41,790.00 |
20,895.00 |
2 |
2436728 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA PARA RIEGO MEDIANTE RESERVORIOS EN EL AMBITO DE 4 DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE JULCAN - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
71,282.00 |
35,641.00 |
3 |
2429746 |
AMPLIACION DEL SISTEMA DE RIEGO QUE PASA POR 6 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE CURGOS - PROVINCIA DE SANCHEZ CARRION - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
96,583.00 |
48,291.50 |
4 |
2550320 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL INICIAL DE LA IE 1712 SANTA ROSA EN EL DISTRITO DE TRUJILLO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
102,431.00 |
51,215.50 |
5 |
2550255 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE EDUCACION INICIAL EN LA I.E. Nº 2197 MI MUNDO MAGICO, DISTRITO DE EL PORVENIR - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
107,038.00 |
53,519.00 |
6 |
2550258 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE EDUCACION INICIAL EN LA I.E. Nº 2204, DISTRITO DE EL PORVENIR - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
111,278.00 |
55,639.00 |
7 |
2550257 |
MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE EDUCACION INICIAL EN LA I.E. Nº 2169, DISTRITO DE EL PORVENIR - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
115,183.00 |
57,591.50 |
8 |
2362514 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACION SECUNDARIA EN LA I.E. SAN NICOLAS, DISTRITO DE TRUJILLO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
115,846.00 |
57,923.00 |
9 |
2163439 |
MEJORAMIENTO TRAMOS CRITICOS DE LOS CANALES DE RIEGO ZAPOTAL, LA COSQUET, MORO, CABO VERDE, SEMAN, Y MATRIZ II MARGEN DERECHA DEL RIO JEQUETEPEQUE PROVINCIAS DE PASCASMAYO Y CHEPEN - LA LIBERTAD |
135,537.00 |
67,768.50 |
10 |
2550239 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL INICIAL DE LA I.E. Nº 1784, DISTRITO DE LA ESPERANZA - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
147,953.00 |
73,976.50 |
11 |
2192992 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LOS SECTORES EL TAMBO Y EL MOLINO, DE LA LOCALIDAD DE GUADALUPE, DISTRITO DE GUADALUPE, PROVINCIA DE PACASMAYO - LA LIBERTAD |
149,417.00 |
74,708.50 |
12 |
2197730 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LOS CANALES SAUCE BAJO, CERRO SERRANO, CHAPARRAL VÁLVULAS Y PACANGUILLA BAJO, EN LOS DISTRITOS DE CHEPÉN Y PACANGA - LA LIBERTAD |
149,731.00 |
74,865.50 |
13 |
2185412 |
MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE EDUCACION PRIMARIA Y SECUNDARIA EN LA I.E. VIRU DISTRITO Y PROVINCIA DE VIRU, REGION LA LIBERTAD |
182,145.00 |
91,072.50 |
14 |
2550296 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE NIVEL INICIAL DE I.E. 2337 DISTRITO DE LA ESPERANZA - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
182,934.00 |
91,467.00 |
15 |
2176578 |
MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO PARA LOGROS DE APRENDIZAJE EN LAS ÁREAS CURRICULARES DE MATEMÁTICA, COMUNICACIÓN, CIENCIA Y AMBIENTE Y PERSONAL SOCIAL, DE LOS NIÑOS Y NIÑAS DEL II CICLO DE EDUCACIÓN INICIAL DE LAS IIEE DE LOS DISTRITOS DE PATAZ, PÍAS Y CONDORMARCA DE LAS PROVINCIAS DE PATAZ Y BOLÍVAR -LA LIBERTAD |
189,798.00 |
94,899.00 |
TOTAL |
1,898,946.00 |
949,473.00 |
Que, mediante Memorando Múltiple Nº 00030-2023- GRLL- GGR, la Gerencia General Regional, hace de conocimiento que, con el Oficio Nº 000053-2023-CG-SGE el Secretario General de la Contraloría General de la República se dirige al Sr. Gobernador Regional para manifestarle lo siguiente: que en el marco de los alcances de la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se han priorizado las inversiones señaladas en anexo adjunto, que se encuentran a cargo de la Entidad que usted dirige y cuyo costo de inversión se encuentra en el rango de cinco (5) a diez (10) millones de soles; para el despliegue de los servicios de control gubernamental en dichas inversiones, esta Entidad Fiscalizadora Superior, ha determinado el costo de control concurrente (CCC), considerando el 2% del saldo de inversión por ejecutar con corte al 26 de enero de 2023
Que, mediante Oficio Nº 1133-2023-ANC-MP-J, el Jefe Nacional de la Autoridad Nacional de Control solicita hacer efectivo, con carácter de muy urgente, la transferencia financiera a favor del Pliego 022 Ministerio Publico a cargo de la Unidad Ejecutora de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico (UE. ANC-MP), hasta por el monto de S/ 949,473.00, en cumplimiento de lo dispuesto en la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, así como la Décima Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Año Fiscal 2023
Que, cumplimiento a lo dispuesto en la, Ley Nº 31358, Ley que Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, las Unidades Ejecutoras, que tienen inversiones Involucradas en el Oficio Nº 000053-2023-CG-SGE, han incluido en las inversiones y/o proyectos, el componente de control concurrente en la genérica de gasto 2.4, de acuerdo al siguiente detalle.
Consulta Amigable Consulta de Ejecución del Gasto Fecha de la Consulta: 08-mayo-2023 Año de Ejecución: 2023 Incluye: Sólo Proyectos |
|
Pliego 451: GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
737,644,729 |
Genérica 6-24: DONACIONES Y TRANSFERENCIAS |
1,454,312 |
Proyecto |
PIM |
2163439: MEJORAMIENTO TRAMOS CRITICOS DE LOS CANALES DE RIEGO ZAPOTAL, LA COSQUET, MORO, CABO VERDE, SEMAN, Y MATRIZ II MARGEN DERECHA DEL RIO JEQUETEPEQUE PROVINCIAS DE PASCASMAYO Y CHEPEN - LA LIBERTAD |
135,537 |
2176578: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO PARA LOGROS DE APRENDIZAJE EN LAS AREAS CURRICULARES DE MATEMATICA, COMUNICACION, CIENCIA Y AMBIENTE Y PERSONAL SOCIAL, DE LOS NIÑOS Y NIÑAS DEL II CICLO DE EDUCACION INICIAL DE LAS IIEE DE LOS DISTRITOS DE PATAZ, PIAS Y CONDORMARCA DE LAS PROVINCIAS DE PATAZ Y BOLIVAR -LA LIBERTAD |
189,798 |
2197730: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO DE LOS CANALES SAUCE BAJO, CERRO SERRANO, CHAPARRAL VALVULAS Y PACANGUILLA BAJO, EN LOS DISTRITOS DE CHEPEN Y PACANGA - LA LIBERTAD |
149,731 |
2362514: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACION SECUNDARIA EN LA I.E. SAN NICOLAS, DISTRITO DE TRUJILLO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
115,846 |
2429746: AMPLIACION DEL SISTEMA DE RIEGO QUE PASA POR 6 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE CURGOS - PROVINCIA DE SANCHEZ CARRION - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
96,583 |
2550239: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL INICIAL DE LA I.E. Nº 1784, DISTRITO DE LA ESPERANZA - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
147,953 |
2550255: MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE EDUCACION INICIAL EN LA I.E. Nº 2197 MI MUNDO MAGICO, DISTRITO DE EL PORVENIR - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
107,038 |
2550257: MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE EDUCACION INICIAL EN LA I.E. Nº 2169, DISTRITO DE EL PORVENIR - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
115,183 |
2550258: MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SERVICIO DE EDUCACION INICIAL EN LA I.E. Nº 2204, DISTRITO DE EL PORVENIR - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
111,278 |
2550296: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DE NIVEL INICIAL DE I.E. 2337 DISTRITO DE LA ESPERANZA - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
182,934 |
2550320: MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO DEL NIVEL INICIAL DE LA IE 1712 SANTA ROSA EN EL DISTRITO DE TRUJILLO - PROVINCIA DE TRUJILLO - DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD |
102,431 |
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece lo siguiente:
“Artículo 4. Transferencias
4.1 Para el cumplimiento de la presente ley, autorizase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuesta/es en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza.
4.2 Las transferencias a que se refiere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario oficial El Peruano y la resolución de alcaldía, que se publica en su página web”;
Que, el Informe Nº 122-2023-GRLL-GGR-GRP la Gerencia Regional de Presupuesto, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, recomienda que se apruebe mediante acto resolutivo la transferencia de recursos a favor del Pliego 019- Contraloría General de la República, de las Unidades Ejecutoras de Inversiones de acuerdo al siguiente detalle.
Unidad Ejecutora |
PIM |
Transferencia al Pliego 019: Contraloría General |
001-831: REGION LA LIBERTAD-SEDE CENTRAL |
1,357,729.00 |
678,864.00 |
100-832: REGION LA LIBERTAD-AGRICULTURA |
96,583.00 |
48,292.00 |
TOTAL |
1,454,312.00 |
727,156.00 |
Que, el Informe Nº 00122-2023-GRLL-GGR-GRP la Gerencia Regional de Presupuesto, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023, recomienda que se apruebe mediante acto resolutivo la transferencia de recursos a favor del 022 Ministerio Publico, de las Unidades Ejecutoras de Inversiones de acuerdo al siguiente detalle.
Que, la presente Resolución Ejecutiva Regional se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por lo cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representante o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (...), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS.
En uso de las atribuciones conferidas al Despacho de la Gobernación Regional, por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus normas modificatorias, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y con la visación de la Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Presupuesto, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica y Gerencia General Regional.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR a las Unidades Ejecutoras: 100-832: REGION LA LIBERTAD-AGRICULTURA y 001-831: REGION LA LIBERTAD-SEDE CENTRAL, la transferencia solicitada por la Contraloría General de la República a efectos de realizar el Control Gubernamental pertinente para los once (11) Proyectos de Inversión señalados en los cuadros descritos en el quinto considerando de la presente Resolución, por el monto de SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/ 727,156.00), de la fuente de Financiamiento Recursos Determinados – Rubro 15 FONCOR, Genérica de Gasto 2.4, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a las Unidades Ejecutoras: 100-832: REGION LA LIBERTAD-AGRICULTURA y 001-831: REGION LA LIBERTAD-SEDE CENTRAL, la transferencia solicitada por el Ministerio Público – Autoridad Nacional del Control, a efectos de realizar el Control Gubernamental pertinente para los once (11) Proyectos de Inversión señalados en el cuadros descritos en el quinto considerando de la presente Resolución, por el monto de SETECIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/ 727,156.00), de la fuente de Financiamiento Recursos Determinados – Rubro 15 FONCOR, Genérica de Gasto 2.4, en el marco de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional del Gobierno Regional de La Libertad
Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución a la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, MINISTERIO PÚBLICO – AUTORIDAD NACIONAL DE CONTROL, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Presupuesto, Gerencia Regional de Administración, Gerencia Regional de Agricultura Gerencia Regional de Infraestructura y demás órganos del Gobierno Regional de La Liberad, para su conocimiento y aplicación estricta.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CESAR ACUÑA PERALTA
Gobernador Regional
2203605-1